22 mar 2016

CHUBUT DEJA IR A UN FUNCIONARIO DE LUJO: ALFREDO PÉREZ GALIMBERTI








Alfredo Pérez Galimberti renunció a la Defensa Pública en la Provincia de Chubut. Para quienes no lo conocen, transcribimos a continuación algunas frases de esta entrevista




-¿Se va porque no lo propusieron como defensor?

-Sí. Ni la administración anterior ni ésta consideró proponerme como defensor. Entonces entiendo que mi ciclo está terminado y me dedico a otra cosa. Era la culminación de la tarea. Fui defensor general tres años y nunca dudé en tomar decisiones ni las postergué ni me consideré en una situación provisional. Cuando debí hacerme cargo lo hice como me hice cargo siempre de todas las responsabilidades que tuve. Me quedaban cosas por hacer. Las hará otro.
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-¿Lo consultó con alguien?

-No, en lo absoluto. Es mi decisión y la tenía tomada desde antes. Nunca hablé con un político para que me propusieran o dejaran de proponerme. No lo hice ni siquiera con el anterior gobernador a quien representé. Jamás le saqué el tema. Es una facultad del gobernador y es libre de tomarla. Es muy importante que haya un control democrático en un poder tan opaco. Debe haber una audiencia pública, tienen que responder preguntas y ser sometidos a escrutinio para saber quiénes son y qué planean hacer. Los mandatos deben ser periódicos. La Constitución no establece que la designación sea ad vitam. Podría ser tranquilamente una designación periódica la del procurador general, el fiscal de Estado, el defensor general. Lo esencial es que tengan un plan político institucional para cumplir la Constitución.
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-¿Qué hay que cambiar?

-Las organizaciones judiciales tienen un atraso tremendo. La estructura del juzgado tiene unos ocho siglos de antigüedad y dio lo que podía dar. Es una gallina sin cabeza, que sigue funcionando cuando el juez está de licencia o vacante. Visto racionalmente es inconcebible. No puede ser que nos manejemos con estructuras judiciales que a los chicos de 10 años les parecen absolutamente incomprensibles y ridículas. Si ellos manejan el mundo con la información que tienen en la mano, ¿cómo puede ser que nosotros trabajemos con escritos que juntan ácaros y polvo?, ¿cómo puede ser que ellos se comuniquen y tomen decisiones en dos minutos y nosotros tomemos años para resolver un caso?





-¿Habla de todos los fueros?

-Todos deben reformar su organización. La Justicia debe estar al servicio del ciudadano, que tiene que poder seguir con su vida adelante cuando tiene un conflicto y tener una respuesta. La justicia debería dar una respuesta rápida, eficiente y concreta. No puede ser que nos manejemos con una teoría de la organización tan vetusta en un servicio público esencial cuando al lado vemos que todas las organizaciones económicas tienen una estructura totalmente diferente. La justicia federal tiene enormes dificultades para modificar la estructura. Hay una deuda enorme de aggiornamiento. Sucede que la justicia federal como está es funcional políticamente, por eso ninguna administración la modificó, pero hoy sólo se la puede describir desde la arqueología judicial. Es un recinto lleno de papeles, donde uno raramente ve a un juez, salvo que sea una causa tremendamente relevante, que es manejada por un ejército de secretarios y escribientes que hacen lo que debería hacer el juez. Firma una cantidad de escritos que él no produce, toma una cantidad de decisiones sobre la base de información que él no recolecta. Hay un pacto en consentir esta delegación. Viví esta experiencia como juez. Podía trabajar con muy pocos casos personalmente. En el resto una cantidad de empleados y secretarios cumplían las funciones del juez. Esta delegación era aceptada por todo el mundo. Éramos dos jueces, cuando uno se iba de licencia yo firmaba lo que hacían empleados como si hubiese estado presente y luego bajaba al otro piso y firmaba lo que habían hecho empleados con personas que yo nunca había visto. ¿Esto hoy a quién se le puede explicar como algo racional, legítimo y ajustado a Derecho? Esinaceptable. Sin embargo cuesta tanto cambiarlo. Las leyes son fáciles de hacer, pero son programas hasta que se concretan en la transformación social. Y esto es lo difícil. Uno puede sacar leyes muy fácilmente, pero cuando cambia una silla de lugar estalla el mundo.

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-¿Cuál es su autocrítica?


-Hubiera comenzado a trabajar antes en políticas públicas. Tenemos un desarrollo atrofiado de gestión de la conflictividad. Si digo que no va a haber más delito o que le declaro la guerra, digo tonterías. Es como decir: “Le declaro la guerra a la enfermedad”. Las conductas socialmente desviadas se pueden prevenir, disuadir y reaccionar cuando se produjeron. Lo que no se puede es pensar que no van a existir. La naturaleza humana es conflictiva. Los conflictos no son de por sí malos: son. Y hay que atenderlos. Si hubiéramos trabajado un poco más tendríamos especialistas en gestión de la conflictividad. Con los fondos buitre los economistas florecen como margaritas en el campo. Uno prende el televisor y los ve por todos lados. Con los conflictos penales uno ve señores que hablan de temas que desconocen. La universidad que forma economistas no forma peritos en análisis político criminal. Hace falta gente con una gran formación. Tenemos muy pocas personas que manejen estos temas con solvencia.


-En Chubut la única discusión parece ser la excarcelación…


-Es una discusión muy primitiva, que no tiene matices. Es aparente porque si le preguntamos a la Policía los delitos con más injerencia en cada ciudad, que los describa rápidamente y en porcentaje, no saben. No tenemos capacidad para planificar, ver el mapa de los conflictos más graves y solucionarlos. Ni hablar de los delitos de cuello blanco, los económicos, y la corrupción. Es muy difícil de enfrentar porque es un mal endémico. Cuanto más gestión, más corrupción. Cuando uno tiene un auto los focos iluminan el camino, pasa alguien delante y lo ve. Pero si se le cae el teléfono dentro del auto es muy difícil encontrarlo. Tiene que parar, abrir la puerta y mirar de costado. Con los delitos por la vinculación entre poder económico y el Estado la única manera es una investigación externa. Es muy difícil investigar durante la misma gestión. Generalmente se hace después, cuando no hay pactos de gobernabilidad ni cobertura. Son casos que duermen el sueño de los justos.
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-¿Por qué sucede?


-Es muy difícil cambiar las cosas. Uno trabaja siempre dentro de una bañadera y a veces logra sacar la cabeza afuera. Cuando ve el mundo, ve qué hay cosas mal y que se pueden modificar. Los enfermos mentales, los chicos y los presos son un mundo de gran complejidad, no es fácil meter mano ni conseguir que el Estado se interese en poner dinero. Construir un operador capacitado para manejar chicos con graves problemas de conducta es caro, es difícil y hay que pagarlo bien. No se hace nunca.


-¿Algún Ejecutivo les hizo caso?


-Algunos funcionarios en diferentes administraciones tuvieron más sensibilidad que otros. Pero no hubo políticas públicas consistentes. Hay golpes de timón muy fuertes que invalidan lo hecho y se comienza de vuelta. No tenemos cárceles provinciales, recién se va a inaugurar una ahora y somos provincia desde 1957. ¿Quién se planteaba cuestiones de seguridad hace 20 años? Nadie. No estaba en la agenda pública. Ahora la inundó. Hay un gravísimo problema: los que tienen plata cada vez tienen más plata y los que tienen menos, menos. Ya no es un ejército de personas esperando un trabajo sino que ya son inviables, no hay lugar para ellos. Tenemos un plato, vienen otros y decimos “No tiene lugar en esta mesa”. Y pretendemos que esa persona no manoteé lo que está en la mesa. Es imposible, la seguridad civil está pegada a la seguridad social. EE.UU. está lleno de pobres. ¿Qué hacen? Los encarcelan. Tienen 800 presos cada cien mil habitantes, nosotros tenemos 92. ¿Y EE.UU. terminó con el delito? No, de ninguna manera, la carrera de encarcelar gente para terminar con el delito no tiene un buen fin, no termina nunca. Más gente se encarcela, más delito hay, se forman más sociedades criminales y hay más aprendizaje del delito en las cárceles, que son espantosas y la gente sale con un fortísimo rasgo sicopático: si uno no deja de sentir, no puede vivir en una cárcel, entonces cuando sale no siente, no tiene conexión sensible con los otros y por eso el delito es cada vez más violento. Nunca vi en estos casi 40 años que el Ejecutivo, Legislativo y Judicial se pongan de acuerdo en política de Estado judicial, de Policía y carcelaria. Reclamar respuestas de la justicia penal todo el tiempo para todas las cuestiones es absurdo, no las puede dar, es imposible.






15 mar 2016

PARA TU BIBLIOTECA VIRTUAL





Prólogo

I
Los libros sobre derechos humanos nos previenen de los peligros de determinadas formas depredadoras de ejercer el poder, o nos enseñan a reclamar justicia frente a los daños que causan estos abusos de poder. En el primer caso, intelectuales y activistas nos advierten del peligro de gobiernos militares, de regímenes racistas y de burocracias inhumanas. En este libro, Alberto Bovino hace algo diferente: nos previene del daño que nos causa la Inquisición. No es la suya, ciertamente, una advertencia con varios siglos de retraso. La Inquisición, piensa Bovino, está enraizada en nuestras prácticas legales, y el proceso penal es el campo en que ésta ha cobrado y mantiene aún mayor vigencia. La Inquisición, señala, está efectivamente entre nosotros.

Pensamos en la Inquisición evocando grilletes, hierros candentes, mazmorras y alaridos de dolor. Pero la esencia de la Inquisición no yace en esta idea del sufrimiento. La Inquisición consiste en perseguir almas descarriadas y el papel de los jueces consiste en descubrirlas para lograr la expiación del pecado. El derecho inquisitorio confunde al delito con el pecado y el proceso penal está teñido por esta falta de diferenciación.

Hay dos maneras en que, por perseguir el pecado, el derecho penal afecta seriamente nuestra dignidad; una es de fondo y la otra de forma. La persecución del pecado es esencialmente perfeccionista: lo perseguible criminalmente no consiste esencialmente en dañar a otro; la función de la coerción estatal debe dirigirse a castigar a aquellos que se apartan de ciertos ideales de excelencia. No castigamos el consumo de drogas, el menosprecio a los símbolos patrios o las exhibiciones obscenas porque ocasionen daños. Perseguimos estas acciones porque constituyen síntomas de espíritus aviesos, de actitudes pecaminosas. La condena no recae sobre el acto, recae sobre la persona desobediente. De esta premisa se sigue que la víctima carece de importancia; el delincuente no actúa contra sus congéneres sino que desobedece a Dios. Este olvido del que sufre el daño priva al derecho de la misión de dignificar a la víctima a través de la condena del transgresor. Si el derecho penal sirve para algo en una sociedad secular, este algo consiste en prevenir daños y, al suceder los daños, en devolverle a las personas el respeto requerido para ser sujetos morales plenos. El chantajeado, el violado y la persona transformada en cosa por la violencia merecen un remedio institucional redignificante. Este remedio es la condena penal lograda mediante la participación del ofendido en el proceso. Llamo a esta versión del derecho, "derecho protector." En cambio, el "derecho perfeccionista" no cumple esta misión.

En América Latina, la intromisión de la Inquisición en el derecho tiene claras consecuencias para el derecho procesal. Enfatizo: la "verdad" para el derecho protector consiste en el valor (y disvalor) que asignamos a los hechos que acaecen en el mundo exterior al sujeto, acontecimientos externos dirigidos que nos causan daños. El proceso de averiguación es testimonial. Prescindente, el juez escucha a los testigos representando el drama del delito. Juzgar es cosa diferente de averiguar lo acontecido. Para la Inquisición la Verdad es otro tema. Se trata de la Verdad absoluta, la valoración de aquello que está en el alma del delincuente y que constituye el desprecio a la voluntad de Dios. Los testigos pueden sugerirnos lo ocurrido; la prueba plena surge sólo con la confesión del reo en cuya mente debe hurgar el juez. Estas diferentes nociones de verdad traen consigo dos clases de jueces. El juez del derecho protector resuelve conflictos entre personas y hacen falta razones imparciales para que las decisiones sean actos de autoridad. Bovino llama "dialógica" a esta relación en la que no son las personas las que cuentan sino el peso de sus argumentos. Esta autonomía de los argumentos depende de la imparcialidad del tribunal cuya sentencia establece una versión de lo ocurrido percibida como “verdadera”. Es esta imparcialidad la que les da el carácter de instrumentos aptos para re-dignificar a las víctimas y para ponerle fin al conflicto bajo la vista de la comunidad.

Algo distinto ocurre con el juicio inquisitorio. La persecución del delito entendido como pecado exige desentrañar la Verdad esencial, la verdad de nuestras emociones y deseos, a diferencia de la verdad sobre los hechos externos, propios del derecho protector. La Verdad inquisitoria es, pues, absoluta en dos sentidos. Al alojarse en el alma del reo, la Verdad sólo puede ser revelada plenamente por la confesión. Nuestra mano puede fracasar al intentar el acto homicida y la víctima puede desbaratar nuestros engaños, nuestros deseos y emociones, en cambio, son independientes de los acontecimientos externos, no dependen esencialmente del azar o de terceros. Y la Verdad es absoluta en un segundo sentido. En el sentido de que la valoración de los actos no depende de un sistema contingente de reglas y principios como lo es el derecho positivo o la ética de una comunidad. La voluntad divina no varía con el tiempo ni entre las sociedades. Así, el juez no ocupa un lugar entre partes con igual peso moral, porque representa la voluntad divina contra el sospechado de desobedecerla. La imparcialidad no es así un valor porque el juez debe tener las manos libres para hurgar en la conciencia de los hombres. A la misión de juzgar se une la de indagar.

Las diferencias entre los procesos del derecho protector y el inquisitivo son relevantes en la formación de la autoridad de la justicia, en la capacidad de los jueces de generar la confianza de que dice la "verdad" de los hechos. En sociedades religiosas, por expresar la voluntad divina, el juez estaba en condiciones de terminar las contiendas. Esta autoridad, entendida como la capacidad de poner fin a los conflictos hizo crisis al secularizarse el poder político. Mientras la "verdad" legal del sistema acusatorio (secular) ofrece un escenario donde los testigos reactualizan el drama del delito, el examen del alma del transgresor es refractario a nuestros ojos, circunstancia que degrada la credibilidad del juez. Al no representar la voz de Dios, la autoridad del juez depende necesariamente de la claridad e imparcialidad de razones que ofrece al decidir. Cuando la funciones de investigar y decidir van juntas, la primera tiñe a la última y, al suceder esto, opaca la credibilidad del tribunal. Hay así, lo explica este libro, problemas serios con la autoridad de los jueces inquisitorios. La imparcialidad que requiere la defensa de nuestros derechos obliga a separar tajantemente el papel de averiguar de aquél de decidir.

II
Este es un libro audaz. En su propósito de defender nuestros derechos frente a un poder punitivo autoritario Bovino desafía principios que, como el de legalidad, consideramos comúnmente sacrosantos. Pero debemos liberarnos del prejuicio y preguntar por la función que cumple el principio de legalidad. Advertiremos que, lamentablemente, algunas cosas no funcionan como creemos. La proliferación de tipos penales en las modernas sociedades occidentales, por ejemplo, privan a las personas de conocer (realmente) el derecho. De esta forma, explica Alberto Bovino, la ley previa aparece despojada de la alegada misión de prevenirnos de hacer ciertas cosas para evitar el castigo. La proliferación de las leyes punitivas priva al individuo más informado y cauteloso de la posibilidad real de saber qué le está prohibido (y qué le está mandado) hacer. Esta circunstancia es grave porque, a esta imposibilidad epistémica, se agrega la amenaza propia de la ley penal: la de justificar la represión estatal. Esta reconstrucción conceptual de la realidad es oportuna y veraz porque, para quienes asignan a la ley la jerarquía de un dogma (un fenómeno frecuente donde acecha la Inquisición) el derecho penal "crea" "víctimas" y "victimarios." De esta manera el principio de legalidad constituye una fachada (socialmente aprobada) para que el Estado persiga a un transgresor. Este mecanismo dificulta el cuestionamiento de la legitimidad del castigo. Así, sin indicarle al individuo qué debe hacer, autoriza al Estado a reprimir. Detrás del principio de legalidad, la pena parece la única reacción posible.

Éste es un libro original cuya lectura es obligatoria para quienes quieran vigilar la práctica de nuestros derechos esenciales. El libro de Alberto Bovino llena un vacío y lo hace con ingenio y destreza.

Jaime Malamud Goti

Buenos Aires, septiembre de 1998