30 mar 2007

LO TREMENDO

ESTO ES LO TREMENDO




Lo tremendo es que hay un dia que uno dice
necesito un sueldo fijo y aguinaldo
y entierra la aventura en el recuerdo.

Y uno tiene razon, lo necesita.

Necesita un retroactivo para deudas, cada tanto,
y un decir trabajo allí, estable, quinto piso
para pedir los creditos del traje.

Y acribilla los gorriones de los sueños.

Es entonces que llega hasta antesalas
con cartas en la mano y vengo
y espere a que lo llamen.

Y uno mire que pasan, pasan, pasan
y ensucia una sonrisa ante la cara
y se muere tres mil seiscientas veces cada hora
de pequeñas vergüenzas
fumadas sobre el lento reloj de un funcionario.

(Es entonces lo tremendo: a uno se le cae
el resto del niño que le queda
y lo esconde avergonzado en el bolsillo).

Lo tremendo es que hay un dia
que entierra los barcos, entierra
la esperanza escondida de treparlos,
guarda el ansia de caminos en un libro.

(Algun dia, al abrirlo,
restara algun antiguo aroma lastimado).

Lo tremendo es que uno necesita
llegar a fin de mes y tengo tanto
y consuela geografias sobre sueños
leyendo en el subte de apurado.

Y ese intacto asombro por los trenes
trastoca su magia por horarios
y el cielo es un llueve o un no llueve
nada mas que por si llevo el impermeable.

Y ocurre que despues, un día
no es capaz de caminar, porque sí,
cincuenta cuadras,
ya no se duerme desnudo en primavera
y se levanta con chinelas y con bata.

(Casi siempre ya creció una huerta
y un ligustro trabajado los domingos).

Después, alguna vez,
cuando un sueño lo parte en astillas hasta el alma
uno dice yo tuve veinte años.

(Pone la firma final sobre su muerte).
y además bosteza y dice hasta mañana.

Lo tremendo es este lento suicidarse
a través del pulso y la esperanza
que iniciamos, sangrando, cualquier tarde
buscando un sueldo fijo y aguinaldo.

Julio Cesar Silvain
(El Grillo de Papel, N 2, Diciembre 1959- enero 1960)

UNA GRAN MUJER

RESILIENCIA



QUIERO CONTARLES LO QUE ME PASO EL OTRO DÍA EN LA ESCUELA 109 DE NUESTRA CIUDAD; A RAÍZ DE UN PLAN PILOTO DEL COLEGIO BILINGÜE REPÚBLICA DE ITALIA LLAMADO: PROYECTO DE INTEGRACION SOCIO-COMUNITARIO; PARA HACERLO MÁS FÁCIL LES CUENTO QUE ESTO CONSISTE EN QUE LOS 5º AÑOS TANTO DEL BILINGÜE COMO EL DE LA 184 TRABAJEN EN EQUIPO TODO EL AÑO PARA NUESTRA INSTITUCION A.RE.NE., REALIZANDO TODO TIPO DE ACTIVIDAD SOLIDARIA; PORQUE PENSAMOS QUE LA LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACION EMPIEZA AHÍ; EN LAS ESCUELAS, QUE EL ÁMBITO EDUCATIVO ES EL PUNTO DE ENTRADA PARA LIBRAR A LA SOCIEDAD DE LA DISCRIMINACION. QUEREMOS MOSTRARLES A NUESTROS CHICOS QUE EXISTE OTRA REALIDAD QUE UNO NO ELIGE. CREEMOS QUE LA EXPERIENCIA VA A SER UN ÉXITO.

HABLAMOS CON LOS DOS 5º AÑOS Y NOS CONTESTARON QUE SÍ. PARTICULARMENTE ESTOY RECONTENTA CON QUE TRABAJEN NUESTROS CHICOS.

SIGUIENDO CON LA HISTORIA, ESTABA EXPLICÁNDOLES A LOS CHICOS DE LA 184 EN QUÉ CONSISTÍA EL TRABAJO DE ELLOS, QUE VAN A ASISTIR AL ACTO CONMEMORATIVO DEL DÍA MUNDIAL DE LA ENFERMEDAD DE PARKINSON, QUE EN REALIDAD ES EL 11 DE ABRIL, PERO COMO VIAJAMOS TODOS A LOS ACTOS CENTRALES EN BS.AS., EN LA CIUDAD SE FESTEJARÁN EL DIA 13 A LAS 11 HS EN EL TERRENO QUE NOS DIO LA PROVINCIA PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL INSTITUTO DE REHABILITACIÓN NEUROLÓGICA; EN ÉL SE COLOCARÁ LA PIEDRA FUNDAMENTAL PARA PRONTO INICIAR CON LAS OBRAS. ESE MISMO DÍA, POR LA NOCHE, VAN A TENER QUE SERVIR, VESTIDOS DE PAISANOS, Y ANIMAR, BAILANDO LA CHACARERA EN LA CENA Y BAILE QUE REALIZAREMOS EN LA SIBILA PARA CELEBRAR Y RECAUDAR FONDOS.

CUANDO HICE UNA PAUSA, UNO DE LOS ALUMNOS UBICADO EN EL FONDO DEL AULA LEVANTÓ LA MANO Y DIJO:

"SRA. DISCULPE PERO NO ENTIENDO NADA ¿QUÉ ES LO QUE FESTEJAN, QUE ESTÁN ENFERMOS?"

NO LES PUEDO EXPLICAR LA CARA DEL PROFESOR Y DE SUS COMPAÑEROS, PENSANDO QUE YO ME IBA A OFENDER. ME LARGUÉ UNA CARCAJADA —QUE SUELE SER POCO SUAVE SEGÚN MI FAMILIA— Y DESPUÉS SE RIERON TODOS, Y EMPECÉ A CONTESTARLE:


PRIMERO QUIERO DECIRTE QUE ME ENCANTÓ TU PREGUNTA, PORQUE ME AYUDA A QUE NOS ENTIENDAN. SEGUNDO, EXPLICARTE QUE LO QUE FESTEJAMOS ES QUE A PESAR DE TENER UNA CRUEL ENFERMEDAD, NO NOS DEJAMOS VENCER Y SEGUIMOS DESARROLLANDO NUESTRAS VIDAS PARA ADELANTE Y CON UN AMBICIOSO PROYECTO QUE VA A SER PARA TODA LA CIUDAD Y NO NOS ENCERRAMOS A LLORAR.

ESE DICHO, EL DE QUE "LO QUE NO TE MATA TE FORTALECE", CHICOS, ES MUY CIERTO, YO NO SABÍA DE LO QUE ERA CAPAZ HASTA QUE ME ENFERMÉ, Y AHORA ESTOY EMBARCADA EN ESTE PROYECTO ESTANDO SEGURA DE LOGRARLO CON LA AYUDA DE TODOS .

ESO QUE NOS PASA A NOSOTROS A PESAR DE TEMBLAR, RENGUEAR, Y TENER OTRAS LIMITACIONES SE LLAMA RESILIENCIA.

¿QUE ES LA RESILIENCIA? EL TERMINO ORIGINARIAMENTE SE UTILIZÓ EN INGENIERIA Y ES LA CAPACIDAD DE UN MATERIAL PARA ADQUIRIR SU FORMA INICIAL DESPUES DE SOMETERSE A UNA PRESIÓN QUE LO DEFORME.

AL HABLAR DE RESILIENCIA HUMANA SE AFIRMA QUE ES LA CAPACIDAD DE UN INDIVIDUO DE VIVIR BIEN Y DESARROLLARSE POSITIVAMENTE, A PESAR DE LAS DIFÍCILES CONDICIONES DE LA VIDA Y MÁS AÚN, SALIR FORTALECIDOS Y TRANSFORMADOS POR ELLAS.

APARECEN DOS ELEMENTOS BÁSICOS DE LA RESILIENCIA:


1) LA CAPACIDAD DE PROTEGER LA PROPIA INTEGRIDAD, A PESAR DE LA PRESIÓN. DICHO EN OTRAS PALABRAS, LA SUPERACIÓN DE LAS CRISIS, EL DOLOR, LA MUERTE, LA POBREZA, COMO SITUACIONES LÍMITES ANTE LAS CUALES SE RESISTE EL SER HUMANO, POR SER UN LUCHADOR INNATO; Y

2) LA CAPACIDAD DE RECONSTRUIR SU PROPIA VIDA A PESAR DE LAS CIRCUNSTANCIAS DIFÍCILES.


GRACIELA BOVINO


Extracto del texto publicado en http://www.arene.org.ar/new/infoutil.php?subaction=showfull&id=1173711507&archive=&start_from=&ucat=2&

Asociación de Rehabilitación Neurológica


TE QUIERO Y TE ADMIRO, QUERIDA HERMANA

18 mar 2007

NO HAY OLVIDO

No Hay Olvido

Por Alberto Bovino y Ariel Dulitzky


En "No Hay Derecho", Nº 3, 1991.

¿Qué extraña razón puede llevar a conmutar la pena de un condenado al que se le han probado 66 homicidios doblemente calificados, 4 tormentos seguidos de muerte, 93 tormentos, 306 privaciones ilegales de libertad... La justicia dictaminó que por esos delitos Jorge Rafael Videla merecía reclusión perpetua, inhabilitación absoluta perpetua y destitución.

La sentencia recaída en el proceso contra los integrantes de las tres primeras juntas militares se hace cargo expresamente de que tales delitos fueron cometidos en tiempos de paz, y del que resultaron el fruto del sistema adoptado por los usurpadores del poder para luchar contra el terrorismo...
...
El pronunciamiento judicial fue muy claro en dos aspectos: ni se trató de una guerra, ni hubo excesos, sino que consistió en un plan monstruoso surgido de la cúpula militar que había usurpado el poder, y que ejerció ese poder avasallando los más elementales derechos humanos. Ante esta situación, nuestro presidente [Menem] decidió que por etapas indultaría y conmutaría las penas de los pocos responsables que permanecían condenados o procesados tras la gestión radical...

Nuestro inefable presidente justificó recientemente su decisión con el argumento de que "los indultos pondrán fin a una historia trágica. Hubo una guerra sucia y hay culpables de los dos lados. Es mejor olvidarlo y será a través de esta medida que asumo con total responsabilidad". En otras oportunidades hizo referencia a su autoridad moral para decidir en el tema debido a su condición de perseguido en la dictadura...
...
El presidente tiene la facultad constitucional de perdonar en su carácter de titular del poder ejecutivo y no en su carácter de víctima. Por ello, el solo podría otorgar un perdón personal a quienes fueron sus victimarios, y no utilizar las prerrogativas de su cargo para demostrarnos su magnanimidad. El plan criminal llevado a cabo por las juntas militares afectó a la sociedad toda, y en tren de personalizar la cuestión, habría que tener en cuenta a las miles de víctimas de las desapariciones, las torturas y las muertes. El presidente declara que asume su total responsabilidad por la medida. Pareciera surgir de ello que en ocasiones actuara irresponsablemente, o que su responsabilidad está supeditada a que la asuma previamente. O bien está reconociendo que por momentos es inimputable, o bien nos está diciendo que él asume responsabilidad cuando tiene ganas de hacerlo y así lo declara.

Ambas opciones son más que precupantes.

NO HAY OLVIDO

17 mar 2007

Contradiciendo a Gustavo

REPRODUCIMOS AQUÍ UN POST ANTIJURADISTA COPIADO DE LA EXCELENTE PAGINA DE GUSTAVO ARBALLO, PARA HACER EL INTENTO DE CONTRADECIR SUS RAZONES A NUESTRAS RAZONES, INSERTANDO NUESTROS COMENTARIOS AL TEXTO ORIGINAL. NUESTRO TEXTO APARECERÁ EN COLOR AMARILLO.


¿Qué proceso penal?

lunes, marzo 05, 2007

Dos diarios, uno de la nación y otro más local, dedican ayer y hoy notas de prensa muy sustanciosas sobre las reformas penales.

"La Nación" enfoca el Juicio por Jurados

Como parece que en esa nota dominical (firmada por
María Celeste Danón) están todos de acuerdo, nosotros vamos a jugar una vez más el rol de abogado del diablo (como ya hicimos en este post).

Hemos dado entonces algunos argumentos impeditivos que para nosotros eran a menudo soslayados. Hay varios de orden práctico, que no reiteraremos aquí, y uno que si bien es contingente a la forma de implementación, aparece más sustancial: conculca el derecho a una decisión fundada, al menos en un modelo "clásico" de juicio por jurados donde lo único que se sabe es la resolución "guilty" o "non guilty" ayuna de todo considerando.



No sabemos de donde surge el derecho a una decisión fundada de nuestro ordenamiento jurídico, cuando se trata de la intervención de jurados clásicos. Está claro que si existiera tal derecho sólo resultaría exigible a la justicia profesional pero las decisiones serían la excepción a esa regla.


Pero lo que me interesa ahora es escudriñar las tres razones principales que los partidarios del Juicio por Jurados invocan a su favor.

1. La primera es una razón de eficacia. Los jurados, a salvo de la corrupción y la arrogancia curialesca de los magistrados, van a traernos mejores sentencias, librándonos del error judicial.

Refutación: no es verdad. Juzgar es difícil, y como todo arte de la vida humana, uno es mejor si lo ha practicado antes o visto hacerlo a otros. Un juez pasa por un cursus honorum que incluye antecedentes y capacitación, y cada vez le exigimos más preparación. No es verso, ni elitismo, ni nada parecido, decir que eso lo pone en mejor situación de apreciar prueba o de argumentar en derecho, o de estar precavido de falacias argumentales o de golpes de escena.



No todos los juradistas mencionamos la eficacia —que no comprendo del todo bien en qué sentido se utiliza aquí—. En cuanto a lo del cursus honorum, creo, Gustavo, que estás hablando de otro país. Por otra parte, este argumento es circular. Las exigencias actuales de valoración de la prueba y de argumentar en derecho son consecuencia directa del desarrollo teórico de los juristas que se han transformado en una dificultad para la participación y control ciudadanos, precisamente, por haber sido desarrolladas en el marco de una justicia profesional. Un jurado anglosajón no necesita saber qué es la teoría estricta de la culpabilidad porque todo el lenguaje forense ha evolucionado teniendo en cuenta su intervención.



Pregunto: ¿cómo resolverá un jurado popular las nulidades, los planteos de constitucionalidad, y otras cuestiones de derecho en las que talle la jurisprudencia, y que muchas veces son inescindibles o previas al pronunciamiento de veredicto sobre hechos?



Me extraña, Gustavo, esto parece un golpe bajo. Todas estas cuestiones se resuelven por los jueces profesionales. Las cuestiones que debe decidir el jurado, incluyan derecho o no, le deben ser explicadas de manera comprensible para cualquier ciudadano. Esto tiene un valor positivo, no negativo. Y lo cierto es que todas estas cuestiones se resuelven.



Generalizando, ¿vemos que existe una vocación popular de aplicar in dubio pro reo o más bien oímos en la calle -que yo tengo derecho a considerar como la muestra informal más representativa del idealizado jurado- el in dubio pro pena en modalidades agravadas y mayoritarias?



Tu extrapolación no es correcta. Los estudios sociológicos indican que las personas que dicen estar de acuerdo con ciertos rigores represivos, cuando deben actuar como jurados en un caso concreto, nom actúan de manera consistente con tales afirmaciones. Además, en la calle debés escuchar seguramente a empleados y funcionarios de la justicia penal.

 

¿Estamos tan seguro de que la deliberación secreta va a eliminar prejuicios, resoluciones al voleo y malos entendidos, o mas bien les va a dar cobijo para que se traduzcan en sentencias judiciales?



¿Nunca te llamó la atención el hecho de que en la cárcel todas las personas se parezcan? Seguramente esa mera coincidencia fortuita se deba a que las deliberaciones de los jueces profesionales eliminan el prejuicio, resoluciones judiciales en serio al voleo (el veredicto no lo es) y malos entendidos.




Recordemos, además, que de la sentencia de un jurado, donde haya habido disidentes, nadie se hace cargo, porque no hay un deslinde de cada quien en las opiniones.


Depende del sistema. Por lo demás, ¿desde cuándo los jueces se hacen cargo de algo? Conocés algún caso de responsabilidad judicial de los mencionados en el final del art. 18 de la Constitución Nacional?



2. La segunda es una razón "democrática". El "juicio de pares" es bueno en sí porque el pueblo retoma en sus manos la jurisdicción delegada a los poderes constituidos.

El criterio no me parece axiológicamente superador. Si hubiera tal bondad intrínseca, directamente podríamos prescindir de la ley que vincula al jurado y dejar que resuelva la pena a verdad sabida y buena fe guardada. Si hubiera tal bondad intrínseca, además, podríamos prescindir de la apelación/casación, u obligar a que ésta también estuviera tratada por jurados populares.

Esto dicho, nos parece que hay demasiada confianza en los efectos "pedagógicos" del JxJ. En nota adjunta, Alberto
Binder ahonda en esto y -luego de decir que "es el mejor modo de que el pueblo gobierne y también aprenda a gobernar"- explica que


cada ciudadano que participa en la administración de justicia tiene la posibilidad de adherirse a la construcción colectiva del imperio de la ley y ratificar que ella no es un producto alambicado de profesionales sino un instrumento esencial de la vida colectiva, producto de ese principio cardinal que nos manda no hacer a los demás lo que no queremos que hagan con nosotros mismos.

En primer lugar, la esencialidad de ese principio se debe a su vaguedad, es como si decimos que la justicia consiste en dar "a cada uno lo suyo".
Segundo: yo creo modestamente que la cultura cívica es cosa más compleja y no se va a lograr mágicamente, de a doce personas por vez, con la instauración del JxJ. ¿En serio les parece, por caso, que el tricentenario sistema de jurados en EE.UU. ha traído una sociedad evolucionada en cuanto a la internalización del disvalor de la norma criminal, el respeto y la concordia?


Diversas investigaciones empíricas que ahora no recuerdo demuestran que la calidad de las decisiones de legos y jueces profesionales suelen dar el mismo porcentaje de decisiones arbitrarias. Lo que sí es una característica de control democráticos de las leyes es el derecho a "anular la ley" del jurado (nullification), esto es, de no aplicarla aun cuando bajo nuestros estándares, los hechos hayan sido probados. Ello sucede cuando las leyes se apartan de los valores sociales y culturales de la comunidad (pasaba con la ley seca, pasó con un caso similar al de los Schoklender, por la alta pena del parricidio, pasó con un caso de eutanasia a ruego del paciente, etcétera).


De todos modos, la muestra de doce personas no puede ser invocada como muestra de su carácter democráticos. Pero la idea no es que sea democrático en este sentido, sino en quitar a los jueces (al Estado) el poder de tomar todas las decisiones para penar a una persona. De todas maneras, el caso de los EE.UU. no es un buen ejemplo del funcionamiento macro del sistema, pues el desarrollo juriprudencial de las reglas de prueba ha llevado al juicio a una especie de camino sin salida que ha provocado una salida del sistema de jurados a través del plea bargaining, nefasta práctica del sistema estadounidense que se ha transformado en una máquina de conseguir condenas con la colaboración del propio imputado, haciéndole pagar el ejercicio de su derecho al juicio con una pena sustancialmente mayor.



3. La tercera es una razón "normativa". La Constitución nos mandó a poner el juicio por jurados en 1853.

Aquí la pregunta relevante es por qué nos mandó hacerlo, y la respuesta a esa pregunta la conocemos. V
eamos lo que dice en LN Andres Harfuch:

"Los constituyentes, en 1852, querían terminar con la justicia española del lenguaje complicado y el expediente ininteligible. Influenciados por el Iluminismo, establecieron la justicia oral y pública con la participación del ciudadano".
Que es lo que consideramos en algún post viejo nuestro, ad effectum refutandi:

En el momento histórico del constituyente de 1853/60, el paisaje del fuero mostraba dos opciones: o el juicio escrito, de molde inquisitivo, con fuerte tendencia al secreto, o el juicio por jurados, con abierto debate y publicidad del proceso. Creo que el constituyente quiso evitar lo primero, a través de la única alternativa que por entonces conocía.
Y la conclusión sería que el propósito del constituyente está medianamente cumplido con alguna de las mejores variantes de nuestro actual juicio por magistrados (que también, después de todo, son jurados plurales ...), que se sustancian en audiencia pública y en proceso de de estructura acusatoria.


Gustavo: esto es un error histórico. En 1808 ya estaba vigente el código napoleónico que luego adoptaría la casi totalidad de los países de Europa continental. Nada tiene que ver el jurado anglosajón con la opción de un juicio acusatorio o inquisitivo. De hecho, el modelo napoléonico es abiertamente inquisitivo, como el CPP Nación, pero tienen audiencia pública y en ese momento —y aún hoy— se los considera acusatorios. Así que este argumento no pueba nada, más allá de que si ésa hubiera sido la intención del constituyente, no existirían las tres cláusulas del jurado de la CN.



"Hoy" y el colapso de la justicia penal bonaerense
Pasamos al segundo bloque, que es el de la tapa que posteamos. La nota está muy bien, lástima el título: no es que el 30 % es absuelto debiendo ser condenado. No está el error en el juicio, sino en el proceso que lo llevó injustamente hasta allí, como bien lo explica Omar Ozafrain, ex profesor de Penal I de este blog y Defensor General del Departamento Judicial La Plata:

“El 30 por ciento de los detenidos es absuelto. Dentro de unos años el Estado le dirá: usted es inocente. Y mientras tanto estuvo detenido…por las dudas”.


Esto no significa que el otro 70 % de los casos se resuelva. De hecho, hay algunos casos que no se denuncian, de los denunciados hay muchos que no se investigan, y de los "investigados" hay muchos que no se elevan a juicio. Y el camino de la elevación a juicio es largo, los procesos duran
en promedio 34 meses y hay juicios orales programados para ¡2013!.
Como se dice en la nota, el sistema sólo trabaja con las flagrancias. El Ministerio Público Fiscal no tiene capacidad para realizar investigaciones complejas, y de hecho se verifica una sistemática delegación de la investigación preliminar en la Policía con deferencia a sus hipótesis incriminativas.

También se reportan allí las numerosas críticas -que nosotros compartimos- al proyecto de reforma enviado por el Ejecutivo provincial. Se sigue suponiendo que hay
un trade/off entre celeridad y garantías, y el proyecto de volver al juez unipersonal (con más la eliminación de la casación) opta por lo primero.
La verdad es que ese paradigma yerra: tener más bocas de salida que sigan arrojando resultados defectuosos no va a hacer otra cosa que multiplicar los problemas de la justicia. Creemos que el aspecto mejorable no está tanto en las etapas de juzgamiento y de apelación, sino -como hemos subrayado- en la etapa de la "instrucción" que resulta claramente ineficaz tanto en términos de "esclarecimiento" fiable como de debido proceso, dándonos probablemente el peor de ambos mundos.



No estoy seguro de entender esto muy bien. Pero si se trata de implementar el modelo clásico de jurados, desaparecería la actual etapa de instrucción tal como la conocemos.

Saludos,

ABovino

NOS EQUIVOCAMOS, DEBEMOS PEDIR DISCULPAS A LA LEGISLATURA

NUESTRO ERROR CONSISTE EN HABER CREÍDO QUE A LA LEGISLATURA Y AL GOBIERNO DE LA CIUDAD LE IMPORTABAN LA SALUD DE FUMADORES PASIVOS O ACTIVOS

Publicado en La Nación del 1º de marzo de 2007_


Ley antitabaco: hay más control social que del gobierno
Aún se fuma en algunos edificios públicos

Si bien las autoridades sostienen que hay un alto acatamiento de la ley antitabaco en la ciudad, todavía se sigue fumando en organismos públicos y sedes universitarias de la Capital, al cumplirse hoy un año de su entrada en vigor en esos escenarios. Es que, aunque efectivamente el aire esté menos viciado de humo, aún hay quienes encienden un cigarrillo en oficinas públicas, aulas y pasillos de universidades.

En una recorrida que LA NACION realizó por distintos edificios públicos se constató esa infracción. Por ejemplo, en la Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires se advirtió a alumnos fumando en los pasillos a la espera de rendir un examen. También al personal de seguridad de esa institución en reiterados intentos de alertarlos sobre la prohibición, muchas veces infructuosamente.

ESTA AFIRMACIÓN ES INCORRECTA. DADO QUE LAS FACULTADES DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES DEPENDEN DEL ESTADO NACIONAL, UANA LEY LOCAL NO PUEDE REGULAR LO QUE SUCEDE EN SUS PASILLOS Y AULAS.

Asimismo, en el mismísimo gobierno porteño y en la Legislatura de la Ciudad empleados suelen fumar, según constató LA
NACION en algunos pasillos y baños.

La intención de esta ley, según sus impulsores, es que si alguien fuma en un lugar prohibido no sea sancionado -ya que el espíritu de la norma no apunta a castigar al fumador-, sino que hace responsable del espacio público al titular de cada organismo. Sin embargo, no se ha sabido
de ningún funcionario castigado.

¿Y QUIÉN HABRÁ CHARLADO CON EL "ESPÍRITU DE LA NORMA"?

La diputada nacional Paula Bertol, de Pro, aseguró que la ley se cumple gracias a la gente. "En el primer año de aplicación de la norma podemos decir que el
cumplimiento es altamente exitoso. No podemos decir lo mismo de los controles: la gente controla mejor que el gobierno de la ciudad. Son los ciudadanos los que mediante el monitoreo social hacen cumplir la ley. El Estado está ausente", explicó la diputada.

Según un relevamiento que su equipo de trabajo realizó durante los últimos dos días en 20 organismos públicos de la ciudad, hay un alto acatamiento de la
normativa. El 84% de los encuestados allí aseguró que sus compañeros de oficina cumplen con la ley antitabaco. Pero el 79% sostuvo que no recibió inspecciones por parte del gobierno para constatar si allí se fumaba.

Consultadas, las autoridades porteñas indicaron que el director de cada organismo público es el responsable de hacer cumplir la ley. Y que el gobierno sólo
ejecuta controles en entidades privadas de acceso al público.

FALSO TAMBIÉN. CUALQUIERA QUE SALGA DE NOCHE A ALGÚN BAR PRE-DANCE O A UNA DISCO, VERÁ QUE ESTÁ LLENO DE FUMADORES ACTIVOS VICIOSOS Y ENFERMOS MENTALES. Y TAMBIÉN VERÁ QUE YA HAN PROVOCADO TANTO DAÑO EN LA SALUD DE LOS FUMADORES PASIVOS QUE NINGUNO DE ESTOS SE QUEJA, O RECLAMA POR SUS DERECHOS, LO QUE ES UNA VERDADERA TRAGEDIA.

Siete multas por fumar


Precisamente, también hoy se cumplen cinco meses de la extensión de la prohibición de fumar a los espacios privados de acceso al público en toda la Capital,
con buena aceptación de la gente.

ME GUSTARÍA SABER CON QUÉ MÉTODOS ESTADÍSTICOS FERON UTILIZADOS EN ESTE ESTUDIO.

Según el Ministerio de Gobierno porteño, desde el 1° de octubre último hasta la semana pasada se realizaron 14.134 controles en bares, restaurantes y espacios públicos -están afectados unos 600 inspectores-. Se labraron 583 actas de infracción, la gran mayoría por falta de señalización sobre la prohibición de fumar o por no contar con un libro de quejas. Eso sí: sólo hubo siete infracciones en bares donde se encontró a personas fumando y éstas se negaron a apagar el cigarrillo.

¿ALGUIEN PUEDE TRAGARSE EL CUENTO DE 600 INSPECTORES QUE REALIZARON MÁS DE 14.000 OPERTIVOS Y SÓLO ENCONTRARON FUMANDO A SIETE PERSONAS? LA CIFRE ES ABSURDA. LO MÁS IMPORTANTE ES QUE LA LEY DEMUESTRA SU ÁNIMO REAUDADOR-

El presidente de la Cámara de Cafés y Bares de la Capital, Manuel Novo, aseguró que "en el ámbito estatal se sigue fumando, pero en el privado la ley tuvo mejor aceptación. De todas maneras, en los restaurantes que no pueden sacar las mesas a la calle persiste una baja en las ventas del 20% aproximadamente.

Nosotros recibimos muchos controles por parte del gobierno, pero está mal que la responsabilidad siga recayendo en los propietarios de los bares". Y agregó: "El

3 mar 2007

¿POR QUÉ ESTO ESTÁ PROHIBIDO EN ARGENTINA?




LA PROHIBICIÓN DE LA PUBLICIDAD COMPARATIVA ES ABSURDA Y ES UNA VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN. LA CONVENCIÓN AMERICANA NO DISTINGUE ENTRE LOS TIPOS DE EXPRESIÓN QUE PROTEGE —POLÍTICA, COMERCIAL, O LA QUE SEA—, Y NO SÓLO PROTEGE EL DERECHO A DAR Y RECIBIR INFORMACIÓN SINO TAMBIÉN EL DERECHO A DAR Y RECIBIR OPINIONES Y JUICIOS DE VALOR.