11 dic 2012

PEDIDO DE DIFUSIÓN DE VIVIANA KRSTCEVIC






Estimado/as amig@s,


Mañana a las 8pm (Hora de Colombia, Perú y DC) lanzamos en vivo el tercer reportaje de Canal Capital en el que se difundirá el video de Maria Da Penha. Aquí va el link para seguir el reportaje: http://www.canalcapital.gov.co/


Nuevamente, nuestro objetivo es que el programa sirva para rebotar y difundir la campaña, los videos y la declaración. Para eso, llegada la “hora cero” que mencionan en el programa de Canal Capital después de lanzado el video, los animamos a que “todos” empezamos a circular fuerte el video por twitter/ fb/ otras redes.


En cuanto a los tweets, estos son los mensajes:


•    HOY8pm @cejil y @CanalCapital lanzan video con Maria Da Penha brasileña víctima de violencia doméstica #DefensaSIDH


•    En los próximos minutos sigue el reportaje con Maria da Penha en @CanalCapital @Cejil http://bit.ly/2QJLGs #DefensaSIDH


•    En este momento sigue el reportaje con Maria da Penha en @CanalCapital @Cejil http://bit.ly/2QJLGs #DefensaSIDH


•    Maria Da Penha reflexiona sobre la importancia del SIDH en casos de violencia contra la mujer. Difunde! http://bit.ly/VvqIek #DefensaSIDH


•    Maria Da Penha:“Las víctimas ven en la CIDH su última oportunidad para proteger sus derechos” http://bit.ly/VvqIek #DefensaSIDH


•    Tú también puedes participar en la Campaña #DefensaSIDH. Participa y firma la siguiente petición http://bit.ly/YQxXUP



Les recuerdo que estamos usando el hashtag #DefensaSIDH para ayudar a encontrar/ identificar la info.


Muchísimas gracias por el apoyo!!

Abrazos,


Viviana

8 dic 2012

SALUDOS DE CUMPLEAÑOS EN TWITTER






Ahora dicen que no era una nube tóxica, que era el Dr. que habría empezado a festejar su cumpleaños. Salud maestro!!! 




my lawyer! Tanti auguri! 




Fuentes bien informadas nos alertan que el es el cumpleaños del sensei y cumplo en retransmitirlo 




En tu cumple no te podría haber tocado mejor día  




Feliz cumpleaños ! Buen año te desea tu alumna y cuasi enemiga judicial 



: dicen que hoy cumple el gran . A tu salud! 




Y de regalo de cumple para : una nube tóxica invade los pagos de Catucci.  





Feliz cumpleaños + abrazo para , que, si no existiera, tendríamos que haberlo inventado (como Gardel). 




Debo escribir sobre fallos de la CSN pero antes dedico breve receso para saludar cumpleaños del gran profesor, editor y productor  
  




": un muy feliz cumple al gran !!!" +1 Feliz cumple Bovain! Que florezcan mil Gin Tonics! 





Feliz cumple al groso de , un día tenes que venir a La Rioja y festejar con unos cuantos vinos¡ 


 




"A mi se me hace cuento que nació / lo juzgo tan eterno como el güisqui y el vino" ¡Feliz cumpleaños, profesor!








1 dic 2012

TELECOM Y LA PMQTPARIÓ



COMO CONSEGUIR UNA LÍNEA DE TELECOM
Y NO MORIR EN EL INTENTO








El 15 de mayo me mudé a mi actual departamento. Dos o tres días después solicité a la gran empresa Telecom la instalación de una línea telefónica fija. Por supuesto, nada ocurrió. Lo único positivo, dentro de todo, es que a este momento (6 meses y medio más tarde) aún no habían pedido ningún dinero. Pero veamos los trámites que tuve que hacer.
 
1. El primer pedido, en mayo de 2012. Me informaron que un operador se comunicaría con "nosotros a la brevedad". Yo feliz, me gusta la palabra "brevedad". Nunca llamó nadie.


2. El segundo pedido, en julio de 2012, tampoco arrojó resultados. Ni siquiera una mísera llamada que me dijera que les succionaba un testículo instalar mi telefono fijo.


3. El tercer pedido fue realizado en septiembre de 2012 y, como de costumbre, nos prometieron que un operador se comunicaría con "nosotros a la brevedad".










No se qué raro concepto tiene esta gente del término "brevedad", pues al día de ayer no se habían comunicado. Entonces reclamé por ello y me contestaron que se comunicarían conmigo a la "brevedad".







Por supuesto, del operador ni señas, en ninguna de las cuatro oportunidades. Pasados más de seis meses, daba por perdida la posibilidad de que Telecom me concediera, con graciosa majestad, la posibilidad de contar con un servicio público de telefonía fija. Fue entonces que recibí por correo esta nota de los muchachos de Telecom:







Después de 6 meses y medio de no saber nada de ellos, más que las cuatro mentiras sobre la brevedad, sin ninguna explicación ni disculpa. Me envián una nota amenazando con el hecho de que "la falta de pago en término" representaría el desistimiento de mis cuatro pedidos de contar con una línea fija. Como si el que estuviera en falta fuera yo.


Me comuniqué entonces con una operadora de Telecom, y le pregunté por qué debía confiar yo en ellos, después de sus reiterados incumplimientos, para saber que una vez desembolsado mi dinero instalarían el teléfono.


Me dijo que quince días después de recibido el pago, lo instalarían, y que las demoras anteriores se debieron a problemas técnicos. Por supuesto que la operadora no tenía idea de qué estaba hablando. Le dije que yo pagaba si ellos me enviaban una nota que dijera que si no cumplían con el plazo me devolverían mi dinero. Por supuesto que eso "no se puede hacer" según dice el "manual de respuestas que no contestan ni solucionan nada" de toda empresa telefónica.


Así que ahora estoy en la distyuntiva acerca de si me cagará Telecom o lo hará Movistar... Volvé ENTEL, cómo te extraño...




¿Será que podre presentar un amparo a la "brevedad"?

22 nov 2012

PRIMER DÍA: JUICIO POR LISANDRO BARRAU




PRIMERA AUDIENCIA



Jueves 22 de noviembre, 9:45 de la mañana, en la mesa de entradas del Tribunal Oral Nº 15, nos presentamos a la audiencia. Nos piden las credenciales y avisamos que nos vamos a tomar un cafe. Volvimos a las 10:15 y aún no pasaba nada. Pero allí nos encontramos con Manuel y Felicitas Barrau, hermanos de Lisandro.

Finalmente, cerca de las 11:15 comenzó la audiencia. Se dio lectura a los dos requerimientos de elevación a juicio —fiscal y querella—. Acto seguido, el tribunal preguntó a las partes si había alguna cuestión preliminar.

La defensa planteó como cuestión preliminar la nulidad absoluta del secuestro del arma, del peritaje que se hizo con ella, y de todos los actos procesales que de allí derivaron.

A continuación hizo "reserva" respecto de dos cuestiones:

1) La reformatio in peius, según su opinión, solo permitía juzgar a Tarditti por homicidio culposo, pues debía tenerse en cuenta la "sentencia originaria". Agregó luego una serie de consideraciones referidas a la valoración de la prueba que, según ellos, determinaba que se trataba de un hecho culposo.

2) Plantearon que por la prohibición de persecución penal múltiple (ne bis in idem), Tarditti no podía ser juzgado nuevamente.

Finalmente, consintieron en la incorporación por lectura de toda la prueba producida en el juicio que la Casación había declarado nulo.

En ese momento el fiscal pidió un cuarto intermedio de una hora. Adherimos y nos concedieron media hora. En el tribunal nos facilitaron el expediente pues no lo habíamos llevado completo. Corroborado los datos que necesitábamos, se reinició la audiencia.

La querella solicitó lo siguiente:

1) Que se rechace la nulidad planteada pues ya había sido planteada y resuelta en sentido negativo en la etapa de preparación del debate del primer juicio. Dado que la sentencia de Casación solo había anulado la sentencia del tribunal de juicio Nº 28, y los actos del debate, lo resuelto en la preparación del debate eran actos válidos. Por ende, no se podía pretender que se discuta nuevamente la cuestión ante un tribunal de juicio.

2) Frente a la reserva referida a la reformatio in peius aclaramos que la sentencia de Catucci y Bisordi condenando a Tarditti sin reenvío había sido revocada por la Corte Suprema, quien remitió a Casación nuevamente para que resuelvan el recurso dado el hecho de que había sido revocada la primera sentencia de la Sala I. Por lo tanto, solo podían tenerse en cuenta la sentencia condenatoria del Tribunal Oral Nº 28, y la segunda sentencia de la Sala I que anuló aquella y reenvió a un nuevo juicio.

3) En cuanto a la reserva por el tema de doble persecución, señalamos que la sentencia de la Sala I, no hizo lugar al pedido de la defensa —que revocaran la sentencia del TOC sin reenvío— por los mismos fundamentos.

4) Finalmente, solicitamos que se cite a declarar a los agentes David Lavazza y Alejandro Pita D´Oca, y a nuestra perito de parte la Lic. Silvia Bufalini. También solicitamos que se incorpore los registro impresos y fílmicos de la reconstrucción del hecho solicitada por la defensa en el primer debate, y realizada durante ese debate.

Realizamos este último pedido pues el presidente del tribunal propuso un cuarto intermedio hasta el 6 de diciembre, fecha en la cual directamente podríamos alegar e ingresar toda la prueba por lectura. De allí nuestro pedido, y de allí la decisión de la defensa de soliciatr que también se cite a su propio perito. Se trata de una persona de mucho prestigio: Roberto Locles (ver sobre la calidad del perito aquí y aquí)

El tribunal rechazó el pedido de la defensa de incorporar la prueba producida durante el primer juicio, ordenó citar a los dos testigos y los dos peritos ofrecidos, y aceptó la incorporación de la reconstrucción del hecho. Y cuarto intermedio hasta el 6 de diciembre.


21 nov 2012

COMIENZA EL SEGUNDO JUICIO POR EL ASESINATO DE LISANDRO BARRAU


CUANDO LA CASACIÓN
PROTEGE A LOS VIOLENTOS

 



El juez de instrucción procesó al asesino de Lisandro Barrau por homicidio doloso calificado. El fiscal de instrucción, el fiscal de cámara, los tres jueces del tribunal de juicio y el fiscal de juicio coincidieron de manera unánime en la calificación. Todo iba demasiado bien para ser cierto. Hasta que el caso llegó a la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal, entonces integrada por Bisordi y Catucci. Y ocurrió lo inevitable: el ex casador y la aún casadora (¿hasta cuándo?) actuaron justificando la violencia estatal y la muerte sin sentido de un joven querido por todos. La familia de Lisandro aún espera justicia.





• 13 de junio de 2004

LISANDRO BARRAU es ejecutado de un disparo en la espalda por el agente policial Matías Esteban TARDITI mientras circula en motocicleta por Bonpland y Guatemala.

TARDITI fue detenido a las 5:10 hs. del día señalado, y se lo trasladó, en resguardo de su seguridad personal, al interior de la Comisaria 31ª de la Policía Federal Argentina, donde se secuestró su arma reglamentaria y se practicaron lo cotejos periciales iniciales.


14 de junio de 2004

Se le recibe declaración indagatoria al imputado TARDITI


• 15 de junio de 2004:


Se dicta auto de procesamiento:
“En efecto, el damnificado se encontraba desarmado, y al acercarse a los policías, ni él ni su acompañante esgrimía elemento alguno similar a un arma, por lo que no se alcanza a comprender en que medida pudo el agente Tarditi ver amenazada su integridad física o la de sus compañeros para llegar al extremo de echar mano a su pistola reglamentaria, y con la misma abalanzarse y tomar de sus ropas a quien conducía el rodado en movimiento, lo que lógico es presumir que podría llegar a causar el mortal resultado”.

TARDITI fue procesado en orden a la figura de homicidio calificado —art. 80, inc. 9, del Código Penal—, posición consentida por el Ministerio Público Fiscal.



• 23 de junio del año 2004

Señalaron los Sres. Jueces que

“... ya no puede soslayarse que el accionar del imputado, al haber tomado de su ropa a Barrau Pignatta... mientras éste se hallaba conduciendo una motocicleta, momento durante el cual empuñaba su arma reglamentaria cargada; las características de esta última —pistola semiautomática de simple y doble acción—, sumado a la condición de policía de Tarditti, quien por ello posee conocimientos sobre su manejo, conforman un cúmulo de circunstancias que ameritan sostener que el nombrado tomó a su cargo el resultado ocasionado como posible y aceptó el riesgo que implicaba llevar a cabo su acción”.


• 8 de noviembre del año 2005

Tuvo inició la celebración del juicio oral, público y contradictorio seguido contra el imputado, en el marco de la causa Nº 1.822, del registro del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 28.


• 6 de diciembre de 2005
Se dicta sentencia por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 28, condenando a Matías Esteban TARDITI como autor penalmente responsable del delito de homicidio agravado a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas —art. 80, inc. 9, Código Penal—.


• 25 de agosto de 2006

Decisión de la Sala I, Bisordi y Catucci alteran la plataforma fáctica para proteger ilégítimamente al agente TARDITI, revocan la sentencia del tribunal de juicio, reconstruyen hechos sobre la base de puras discrepancias ideológicas y de información que vieron en televisión (ver más info aquí).

Los querellantes interponemos recurso extraordinario federal


• 3 de octubre de 2007


Dictamen del Procurador General acogiendo la posición de los querellantes


• 16 de septiembre de 2008


Sentencia de la CSJN reenviando al tribunal de casación para que se dicte nuevo fallo cpnforme a derecho



• 9 de septiembre de 2010

Decisión de la Sala I (con otra integración) querevoca la sentencia condenatoria y reenvíaa nuevo juicio


• 22 de noviembre de 2012

Comenzará el segundo juicio contra Tarditti por el homicidio agravado de Lisandro Barrau.


A ocho años y medio de su muerte...


¡Basta de impunidad!

20 nov 2012

CAPACIDADES DE INTERROGAR DIFERENTES

SANTA PACIENCIA


-->


Cuando estaba por salir, hoy a la mañana, no encontraba los gemelos. Di vueltas por toda la casa revolviendo todo y dejando un desorden más desordenado del que ya había. Cuando estaba por salir, los vi en el bolsillo de mi portafolio. Bajé, la calle estaba desierta. Pensé que no conseguiría taxi ni por milagro, pero el primer auto que apareció fue un taxi libre. Le hice señas, se detuvo, me subí y marchamos a Comodoro 3,14.

El primer testigo que declaraba hoy era Lucas Damián Evaristo Varas, el agente que conducía el patrullero en el que iba el Subcomisario Rolando César Garay, uno de los diecisiete imputados. Parte de la imputación formulada contra Garay consiste en el manejo que hizo de la posición en la que se ubicaron los patrulleros, que estuvieron entre el grupo de manifestantes y el de la Unión Ferroviaria.  Por decirlo de algún modo, digamos que era un testigo importante.

Pensé que escucharía al menos dos declaraciones, pero no conté con quién era la interrogadora... Hoy estuvo especialmente... ¿cómo decirlo?... insufrible. No solo interrogaba mal, provocando objeciones de las partes, sino que lo hacía con una lentitud exasperante, y sin respetar la cronología de los hechos, con lo cual ni el testigo comprendía sus preguntas, ni los demás entendíamos las respuestas.

Cuando por tercera o cuarta vez puso en boca del testigo cosas que éste no había dicho, un par de defensores se opusieron. Si bien a mí no me quedó claro si el presidente hizo lugar o no a las objeciones, le ordenó a la fiscal que la reformulara. Como de costumbre, la fiscal se autovictimizó, alegando que había tenido mucho cuidado en el modo de realizar las preguntas, porque la información era necesaria y para evitar que los defensores formulen objeciones. Lo que parece que no termina de comprender es que la importancia de la información es completamente irrelevante si no se sabe interrogar a un testigo respetando las reglas del derecho vigente.

Y a una funcionaria que hace al menos siete años que sólo trabaja con un pequeño grupo de artículos del Código Procesal Penal de la Nación, y que debe tener quien sabe cuántos juicios encima, le es absolutamente exigible tener competencia como interrogadora de testigos.

La mejor prueba de la verdad de estas apreciaciones la dio el mismo presidente del tribunal al señalarle dos cuestiones diferentes:

1) Que debido a su manera de interrogar, yendo y viniendo, a él le costaba mucho comprender los hechos sobre los que declaraba el testigo; y

2) que debido al tiempo que se tomaba para interrogar a cada testigo, que por favor informara al tribunal que día interrogaría ella y qué día lo haría el fiscal Gamallo, para reducir el número de testigos cuando le tocara a ella.

Cuando me tuve que retirar, ella aún no había acabado con su interrogatorio. Impotencia, mucha impotencia.