15 jun 2016

DISCRIMINACIÓN CONTRA GORDAS Y GORDOS




Mujer sentada - Fernando Botero - 1996





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Si te dan una hoja en blanco y un lápiz, y te piden que dibujes a alguien haragán, indolente, a quien no le gusta el deporte, y que lo único que hace todo el día es estar en su casa mirando televisión, ¿cómo lo dibujarías? Apostaría a que dibujás un hombre —porque no está mal que la mujer permanezca en la casa— excedido de peso. Seguramente será un hombre adulto pero no viejo. Una especie de Homero Simpson pero humano.

1. No es fácil ser gordo. Yo sé que muchos no se imaginan todos los problemas que te genera el sobrepeso. Mido 1,78 y peso 115 kilos. No es que no esté gordo, pero ni estoy tan gordo, ni soy muy grandote. Sin embargo, desde hace unos años me he dado cuenta de que así como el mundo está construido para los diestros, esos diestros que lo construyeron eran flacos.

2. Veamos el departamento donde vivo, por ejemplo. A pesar de que mi actual casa tiene un buen tamaño, el baño principal parece la mesa de entradas de un juzgado de instrucción: hay que caminar como un egipcio. Cada vez que entro medio dormido, voy rebotando contra el marco de la puerta, el lavatorio y otros objetos o superficies demasiado cercanos entre sí. El arquitecto y el dueño original del departamento deben haber sido veganos, con seguridad. Todos los días invoco a sus madres.

3. No sé por qué, pero desde que superé los 90 kilos, mi sobrepeso ha aumentado de a cinco en cinco. No puedo pesar, por ejemplo, 97 o 112 kilos. No, mi sobrepeso es metódico, y aumenta de a cinco kilos, así, de golpe (o la balanza de la farmacia redondea). De esta manera alcancé los 120 kilos, que es el máximo que he llegado a pesar. Desde los 90 kilos a esta parte, siempre aumenté. Luego de llegar a los 120, me enfrenté a un dilema. O debía comenzar a comprar hasta los pañuelos en negocios especiales para gente “grande” (de tamaño, no de edad), o bajaba de peso. Y así fue como he bajado mis primeros cinco kilos.

4. Yo no lo noto, a pesar de que cada vez que subía cinco kilos sí lo notaba. Cuando aumento de peso, la ropa no me entra, me cuesta atarme los cordones y me choco todo lo que me rodea hasta que me acostumbro a mi nuevo tamaño. Cuando bajé estos cinco kilos, sin embargo, la ropa no me quedó grande. Para mí es un misterio como el de la física cuántica eso de la ropa y yo.

5. Cada vez que tengo cinco kilos nuevos, además, hay una experiencia que se asemeja a una tortura: caminar entre las mesas de un restaurante lleno. La ubicación de las mesas y las sillas prácticamente no te deja lugar para avanzar, y tenés que adoptar todos los trucos posibles para volverte finito. Caminar como un egipcio ya me sale naturalmente, por eso de entrar a los tribunales. Sin embargo, cuando te encontrás entre una columna y una silla con alguien que no se puede mover, por ejemplo, viene lo más dificil. Avanzar en puntas de pie, conteniendo la respiración y metiendo la panza; además de ridículo, es difícil, y nunca te hacés tan finito como creés. Es por ello que corrés el riego de quedar atorado entre alguna silla y alguna columna haciendo un terrible papelón. Después de avanzar así cinco o seis metros, terminás jadeando como si hubieras terminado de correr cien metros llanos. No es vida.


En puntas de pie
(posición de avance entre mesas)


2

La relación entre las personas excedidas de peso y la falta de voluntad es un prejuicio que opera automáticamente, de manera inconsciente. Ése es uno de los estigmas que pesan sobre nosotros, las gordas y gordos de este planeta. Ese prejuicio, seguramente, ayuda a aumentar la aceptación social que tiene esta forma de discriminación. Desde el sobrepeso a la obesidad, los gordos debemos convivir con una serie de circunstancias que expresan diversas maneras de discriminación debida a nuestros kilos de más.

Actividades tan comunes como comprar ropa, ir al cine o viajar pueden llegar a ser quehaceres complicados para las personas con sobrepeso que viven en Argentina (ver).

Si somos gordos o gordas, debemos ser “simpáticos” o “graciosos” para tener aceptación social. Difícilmente se nos considere como personas capaces de ocupar el lugar de líderes, o como los más idóneos para ocupar los mejores puestos de trabajo. Si sos actor o actriz, solo te tocará un protagónico si se trata de la historia de un gordo o gorda, es decir, tu peso debe ser parte de la historia para poder protagonizarla.

El trámite de comprar ropa puede ser algo muy frustrante. La experiencia de ver si nos queda bien un pantalón en un probador, en sí misma, puede ser todo un desafío. La última vez que debí sufrirla, casi rompí dos espejos solo por tratar de moverme dentro del diminuto probador... En algunos negocios, un mínimo sobrepeso hace que no puedas usar sus talles más grandes. En otros, el talle “S” para adultos parece un talle para niños. Este problema seguramente es mucho peor para las mujeres, pues el actual modelo de belleza femenino es el de mujeres extremadamente delgadas...

Gabriela y Marcelo pusieron en Bahía Blanca un local de ropa de talles especiales para personas con sobrepeso y obesidad. Todo el lugar está pensado para el tamaño y peso de los clientes. Los probadores son amplios y tienen un sillón que puede soportar kilos de más. Gabriela cuenta parte de la experiencia:

Cuesta mucho que la gente se anime, les da vergüenza, han sufrido mucho maltrato y discriminación en los comercios de Bahía Blanca. Generalmente, la atención es pésima con quienes están excedidos de peso y los que no tanto… Porque muchas veces no hay talles para adolescentes un poco rellenitas, que no son gordas e igual son discriminadas (ver).

Por tener mayores probabilidades a padecer ciertas enfermedades también somos señalados: el costo de nuestra salud es más caro. Un chef sudafricano de 129 kilos debió abandonar Nueva Zelandia luego de que le rechazaran la visa “por motivos de salud” debido a su obesidad (ver). Jamás hemos visto, sin embargo, que alguien se queje por el costo de la salud acarreado por los accidentes en el deporte no profesional.

El problema en el ámbito laboral, por su parte, es muy grave y, a pesar de ello, es un tema del que no se habla:

Aunque todos reconocen los problemas que enfrenta un obeso para encontrar trabajo, nadie en el mundo laboral lo acepta. Ningún empleador dice abiertamente que su empresa no contrata a personas con esta característica, pero basta dar una vuelta por las tiendas departamentales, restaurantes, bancos, oficinas y hoteles, para constatar que ahí no tienen cabida (ver).

En los últimos años, según datos del INADI, las denuncias por hechos de discriminación basados en el sobrepeso han aumentado. También se afirma que el sobrepeso es la segunda causa de discriminación más común en nuestro país —¿dudoso?—.


3

Si nos subimos a un ascensor, seguramente leeremos un cartel que diga:

Capacidad máxima 4 personas – 300 kilos

Un simple cartel nos excluye de la categoría “personas”. ¿Para ser una persona debería pesar solo 75 kilos? Ya sé que la advertencia se refiere al peso promedio de cuatro personas, y para obtener el promedio no se calcula con el peso de cuatro hombres adultos gordos, ¿pero por qué no?

No se trata de una estadística demográfica, sino de un límite de kilos, relacionado con la seguridad. Seguramente, el precio del ascensor dependerá de la cantidad de personas que pueda transportar. En el Código de Edificación de la CABA se establece respecto de los ascensores:

8.10.2.11 Requisitos para la cabina de ascensores
La cabina de ascensor que transporta personas, como asimismo cuando se prevea llevar camilla, cumplirá los siguientes requisitos:
...
(3) Capacidad de transporte:
La mínima capacidad de transporte (carga) se determinará, en todos los casos, a razón de 75 Kg por persona.

De esta manera, se deja de lado la seguridad de las personas excedidas de peso, pues el ascensor no será igual de seguro para ellas. Si el ascensor pretende transportar 4 personas, debería expresar, entonces, una cantidad de kilos superior a la del promedio. Ello pues las probabilidades de que el ascensor sea utilizado por cuatro personas que excedan el total de 300 kilos es muy alta, es decir, se dará en muchas oportunidades.

Así, a menos que se cuente con una alarma que indique el exceso del peso que el ascensor soporta, se podrían generar situaciones de inseguridad por la presencia de personas gordas. En algunos casos, el hecho de exceder el peso máximo será evidente y uno se dará cuenta sin cálculo alguno, pero en otros se requeriría interrogar a todos los pasajeros y calcular, o bajar al gordo...

¿Por que no indicar el máximo de kilos y, también algo así como “equivalente a 4 personas de 75 kilos/3 personas de 100 kilos”? No tiene sentido traducir la advertencia a un límite fijo en personas, si el límite lo determina el peso que el ascensor puede cargar. Si lo que se busca es la seguridad de los usuarios, la indicación sería mucho más precisa y clara.

Tengamos en cuenta que estamos en un país en el cual la mitad de sus habitantes estamos excedidos de peso, y casi el 40% somos obesos. En Argentina, el 37,8% de las mujeres y el 37,4% de los hombres somos obesos (ver). Se trata de estadísticas del año 2010 que, además, expresan una tendencia marcadamente en alza.

Y ya saben. Si invitan a comer afuera a un gordo como yo, traten de que resulte posible caminar entre las mesas del restaurante, o corren el riesgo de que su invitado quede atorado por ahí...




La segunda parte, aquí.






13 jun 2016

POR PUTOS, POR LESBIANAS, POR TRANS, POR DISTINTO... Por Lucas Fallet La Rocca









Por Lucas Fallet La Rocca

En Irán a los homosexuales los ajustician a latigazos y después los cuelgan. En Siria los tiran de los edificios. En Arabia Saudita, Sudán y Yemen los condenan a muerte. En África, más de treinta países criminalizan la unión de parejas del mismo sexo. En Rusia, en 2013, se sancionó una ley que prohíbe hablar sobre “relaciones sexuales no tradicionales”. Ese mismo año, pero en Honduras, más de 186 homosexuales fueron asesinados y los crímenes no fueron castigados.

A Harvey Milk lo mataron en EE.UU. por puto. Más cerquita: ¿se acuerdan de Daniel Zamudio, el pibe chileno que fue golpeado hasta la muerte por grupos neonazis? La Cuba revolucionaria persiguió a los homosexuales por casi treinta años y fue causa directa del suicidio, en el exilio, del poeta Reinaldo Arenas. En Brasil, en 2013, más de 300 personas fueron asesinadas por ser gays o lesbianas o trans. Los evangelistas fundamentalistas de Brasil que hoy gobiernan odian a los gays y lesbianas, al igual que prácticamente todas las Iglesias fundamentalistas cristianas del mundo. En Argentina, el que antes era Bergoglio y ahora es el Papa, propuso una guerra de Dios en contra del matrimonio igualitario. Usó la palabra “guerra”, lo cual podría ser una paradoja pero no lo es. El actual Presidente argentino dijo en una oportunidad que los homosexuales eran enfermos.

Tanto el Corán como el Antiguo o el Nuevo Testamento, como cualquier otro texto ‘’sagrado’’ que se te ocurra, han sido utilizados a lo largo de la historia, por extremistas religiosos y por gobiernos de derecha y de izquierda, para perseguir, enjuiciar, adoctrinar, curar y, si no pueden, para torturar y matar a los putos.

Me pregunto: ¿cuántos de quienes leen esto no desearían nunca que les salga un hijo maricón o una hija torta? ¿Deberían sorprendernos matanzas como la de hoy en un mundo en donde los niños y las niñas consumen violencia e intolerancia de todo tipo, a toda hora y a todo nivel? La religión, la política y el poder, todas caras de una misma moneda. Las Iglesias como máquinas de acumulación y ejercicio del poder real. ¿Cuáles son los intereses de personajes como Donald Trump y los republicanos racistas norteamericanos, así como los intereses de la Asociación Nacional del Rifle, para oponerse sistemáticamente a que se dejen de vender armas como si fuesen caramelos, en Estados Unidos, la cuna de la libertad?


Guerras contras las drogas. Guerras por el petróleo. Guerras contra los putos. Guerras contra el terrorismo. Guerra contra los pobres. Guerra contra los distintos. Guerras entre todos y contra todas. Guerras que sólo dan de comer a los gerentes del incontrolable tráfico de armas en el mundo, que lucran con cada una de las balas que matan seres humanos. Nos vamos a terminar fagocitando. No hay ninguna ficción capaz de superar el mundo que vivimos.


11 jun 2016

POR QUÉ LA ASOCIACIÓN DE MAGISTRADOS SE OPONE AL TRASPASO (2)






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En la entrada anterior habíamos visto la pretensión de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) de que el carácter nacional de los jueces no pudiera ser modificado ni siquiera por ley del Congreso. Veamos qué otros argumentos presentan en el comunicado nº 45/2016 que dictaron contra el proyecto de ley referido al traspaso de las competencias de la justicia nacional a las de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En el proyecto no solo se dispone el traspaso de competencias sino, también, de los jueces, fiscales y defensores públicos nacionales, junto con los empleados de la justicia y el ministerio público nacionales. Frente a esa posibilidad, la Asociación dio su “insoslayable” opinión:

Resulta insoslayable e indisputable que tanto el Ministerio Público Fiscal como el Ministerio Público de la Defensa Nacional tienen status constitucional autónomo del Poder Judicial, asignándoles el art. 120 de la Constitución Nacional, además de la referida autonomía, autarquía financiera. Por ello, si se sometiera a sus magistrados, funcionarios y empleados a la situación de dependencia —aunque mas no sea administrativa— del Poder Judicial de la CABA o cualquier otro órgano extraño, se los estaría menoscabando en el status —y las consiguientes garantías— que la Constitución Nacional les asigna.

En primer término, la independencia, acompañada por la autonomía funcional y la autarquía financiera no son “garantías” sino atributos de un órgano del Estado nacional. ¿O los fiscales son “entes autárquicos”? Lo que tienen los fiscales y los defensores públicos son “inmunidades funcionales e intangibilidad de remuneraciones” (art. 120, Constitución Nacional).

Por ello, en el caso de realizar el traspaso de competencias acompañado por el traspaso de los fiscales y los defensores, son esas garantías las que deben respetarse. En este sentido, no es posible pensar que los constituyentes incluyeron las “facultades propias de legislación y jurisdicción” de la Ciudad Autónoma y, al mismo tiempo, exigieron que la estructura completa de la justicia nacional permaneciera en funciones cuando todas sus funciones hayan sido transferidas a la justicia porteña. Interpretar de esa manera el alcance del artículo 120 de la Constitución sería descabellado.

Es cierto que el traspaso de las competencias a la justicia local se ha vuelto más complicado con el paso del tiempo, entre otras razones, por el aumento del número de jueces, fiscales y defensores públicos nacionales. Sin embargo, esa circunstancia no justifica el desconocimiento del mandato constitucional y, por ello, la imposibilidad de los habitantes porteños de acceder a la administración de justicia que la propia Constitución Nacional les garantiza.


2

Otra de las razones declaradas de la crítica de la Asociación de Magistrados se vincula con el régimen de protección funcional de los jueces. Se mencionan tres ejemplos: a) menores remuneraciones; b) sistema de actualización de haberes de los retirados; y c) procedimiento de destitución.

... actualmente el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires registra un régimen de derechos y garantías funcionales de precaria factura en comparación con el que asiste a los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación. A modo de ejemplo, alcanza con señalar que por cargos de igual jerarquía la remuneración de los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la C.A.B.A. se encuentra desfasada en menos de la que resulta propia de la jurisdicción nacional; que la actualización de la movilidad de los haberes de pasividad de magistrados y funcionarios retirados de la ciudad pende de una decisión ministerial mientras que en orden nacional su rango es legal; que recientemente se ha modificado la ley local que rige la apertura del procedimiento de remoción de los jueces de la C.A.B.A. morigerando los requisitos necesarios para postular una acusación —antes se requería el voto concurrente de, al menos, un representante de cada uno de los estamentos que integran el Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A. y ello fue derogado—, etc.

El problema de las remuneraciones se soluciona si la ley de traspaso establece que se debe mantener la misma remuneración. En cuanto al procedimiento de destitución de los jueces, se cuestiona su modificación legal.

En este sentido, tal modificación, a menos que resulte contraria a las exigencias constitucionales o convencionales, no puede representar un impedimento para el traspaso. El hecho de que el procedimiento local regulado legalmente no le parezca apropiado a la AMFJN, si cumple con las exigencias constitucionales, no es ni puede ser obstáculo alguno.

Es competencia del legislador establecer y modificar dicho procedimiento, y en caso de que a cualquier juez le aplicaran dicho procedimiento, podría impugnar su validez constitucional.


3

Finalmente, llegamos a la propuesta del comunicado de la Asociación de Magistrados. Luego de señalar el “colapso funcional que registran los tribunales nacionales”, se dice:

Así, de cara al justiciable, parece más adecuada una política de modernización de la justicia nacional, refuerzo de dotaciones, creación de nuevos tribunales y modificación de algunos procedimientos vetustos en función de las demandas actuales, antes que un simple traspaso de fueros o estrados —que mudarían con sus problemas funcionales por añadidura— a una jurisdicción diferente. En otras palabras, en las condiciones actuales, un posible traspaso, aun cuando se trate de un procedimiento paulatino y voluntario, sólo encuentra impulso y asidero en la agenda del poder político, pues no se trata de una demanda de la ciudadanía y/o los operadores del servicio de justicia.

Luego de la abierta oposición al traspaso de competencias y jueces a la justicia porteña, proponen la gran solución para modernizar la justicia y salir del colapso funcional. Quieren más tribunales nacionales (más de lo mismo), “refuerzo de dotaciones” (más empleados a quienes delegar sus tareas) y “modificación de algunos procedimientos vetustos” (¿cuáles serían los que no son vetustos?).

Como siempre, los propios jueces no tienen la culpa de nada. Ni siquiera se menciona la organización judicial monárquica que tenemos. Está claro, en este punto, que los jueces se oponen a los intentos de modernización de esa organización judicial que pretendan establecer un sistema apropiado para un Estado de derecho republicano (ver el excelente trabajo de García Yomha y Martínez).

El colapso que mencionan en el mismo comunicado resultaría ajeno a sus decisiones y, milagrosamente, se arreglaría con más de lo mismo. Se mencionan “algunos procedimientos vetustos”. ¿Cuáles no lo son? Cualquier intento de oralizar el proceso encuentra como primer gran obstáculo la cultura inquisitiva de nuestros jueces. ¿Cuáles son los aportes que ha hecho la justicia nacional para modernizar la organización judicial y los procesos escritos? ¿De qué manera la justicia nacional ha contribuido a abandonar la cultura del expediente?


4

En 1994, una asamblea constituyente nacional estableció la autonomía de esta ciudad. También estableció el derecho de sus habitantes a contar con una justicia local. Ese mandato aún no se ha terminado de cumplir, y hacerlo seguramente representará muchos problemas, pues se trata de una tarea necesariamente compleja.

Algunas estructuras de la actual administración de justicia que depende de la Nación terminarán sobrando o quedarán grandes. Piénsese en la Corte Suprema y sus 4.000 empleados. Aun cuando hoy se pudiera justificar esa cantidad de personal, si todos los tribunales nacionales desaparecieran no sucedería lo mismo.

Se podría discutir muchísimo sobre cómo resolver las cuestiones que generará el traspaso de competencias de la justicia nacional a la ciudad. Para ello, por supuesto, pueden y deben analizarse las diversas alternativas posibles. La Asociación de Magistrados, sin embargo, no plantea ninguna. Solo advierte que ni siquiera se podría dictar una ley que toque el carácter “nacional” de los jueces, rechaza abiertamente la propuesta y pide más recursos para sí mismos, invocando necesidades de los usuarios del servicio de justicia.

Como señala correctamente Gustavo Arballo en una entrada sobre la gestión judicial y los problemas de la justicia, en el comunicado, como de costumbre, solo se habla de cantidad de trabajo o recursos. No se menciona ni siquiera al pasar la dificultad para atender situaciones de cierta complejidad y, muchísimo menos, las exigencias de mejorar la calidad de su trabajo.


El comunicado de la Asociación de Magistrados no pretende enfrentar las dificultades que el traspaso de la competencia de la justicia nacional significará. Invocando las necesidades de los usuarios del servicio de justicia, se limitan a proteger sus propios derechos y privilegios, transformándose en un obstáculo para cumplir con la promesa constitucional. Como si con esto no fuera suficiente, reclaman más de lo mismo, despreciando lo dispuesto desde 1994 en la Constitución Nacional.