Ayer, el Consejo de la Magistratura, por siete votos contra cuatro,
dio por terminada la subrogancia del soldado heroico, el juez Luis María Cabral, quien había sido invitado a
subrogar por invitación de Madueño,
y ungido subrogante permanente por idea de Liliana Catucci, en un procedimiento claramente irregular. Cabral
fue presidente de la Asociación Argentina de Magistrados, y es miembro del
Tribunal Oral Nº 9.
En el Consejo, la oposición se quejó del oficialismo, porque se
interpretó que se deseaba “correr” al soldado heroico de su subrogancia por
invitación en grado de permanencia, institución inexistente por la cual se
ascendió de juez de primera instancia (tribunal de juicio) a casador federal.
Cabral, que alegó en interés propio durante el
plenario convocado con carácter extraordinario, opinó lo siguiente:
Además de opinar, Cabral
votó en contra en la decisión
que dio por terminada su subrogancia ya no tan permanente. Cabría recordarle
que no es miembro del Consejo para defender su ilegal designación como casador
federal... Se debería haber abstenido de votar y de opinar, nos parece (además
de abstenerse de ocupar ilegalmente un cargo).
Nos gustaría saber, en primer término, qué opinaría Cabral si tan a dedo como fue designado
casador, se lo designara juez correccional subrogante. Seguramente resonarían
los bombos de la independencia judicial y del derecho pétreo a seguir unido a
su sillón mediante el tornillo que parecen utilizar los
jueces una vez que son designados.
No puede, entonces, utilizar su lugar de miembro del Consejo de la
Magistratura para conservar una designación ilegal —independientemente del hecho
de que haya sido homologada por algún tribunal de cualquier jerarquía—.
Muchísimo menos invocar la inamovilidad
de los jueces para conservar su puesto de casador subrogante.
El consejero y diputado Gustavo Valdés (radical) difundió un
comunicado impugnando el cese de la ilegal subrogancia del soldado heroico.
También cuestionó la des-subrogancia de Cabral la Asociación Argentina de
Magistrados. Vergonzoso. Asumimos que cuando Cabral
fue designado casador federal por invitación personal de un casador designado legalmente,
tanto el diputado como la Asociación habrán defendido la vigencia del Estado de
derecho y cuestionado tal designación.
Sea cual fuera la intención que ha dado origen a esta medida, lo
cierto es que tiene fundamento legal. Si consideramos que la ley es contraria a
nuestra Constitución Nacional, litiguemos, pero mientras tanto, la ley es
derecho vigente. Por último, impugnar la ley para defender la conjuecidad
permanente de Cabral resultaría escandaloso.
Esta nota
sobre la salida de Cabral no puede
ser considerada aisladamente. Para comprender mejor nuestras razones, pueden
leer