18 nov 2009

CON USTEDES... TOMÁS MARINO, EL QUE ARMÓ TODO ESTE BOLONQUI

LA OPINIÓN DE UN ESTUDIANTE









Si alguna vez me sorprendí sobre el gusto que AB le tomó al término “abogado que da clase” (a propósito de un review que hice sobre un libro de J.R.Capella), con este debate mi sorpresa es aun mayor y muy grata.


A ver. Hay razones para aceptar tanto algunas ideas como las que propone Bruzzone, como hay otras tantas para aceptar la postura —fuerte y fundada— de Böhmer. Creo que, el punto de equilibrio lo marca Guariglia y a él me remito.


Mi aporte sólo podría tener algún sentido si me paro desde el otro lado del mostrador: el del estudiante. Desde ahí acuñé el término “abogado que da clase” y desde ahí vuelvo a marcar posición. Y va en algunos puntos clave:


Primero: Todo debate siempre encierra uno de fondo: coincido con todos los que han postulado que el modo en que se enseña el derecho en Argentina es radicalmente errado (en mi blog debo haber dedicado el 70% de su contenido a criticar la enseñanza del derecho). Por eso todo debate sobre cuál debería ser el staff docente, qué tipo de dedicación debería de tener y si la actividad docente debería o no ser excluyente de otras —como la judicatura o la abogacía— es un debate que viene a posteriori de ese otro debate relativo a qué, cómo, dónde, por qué enseñar derecho (sumado a otros tantos adverbios). Allí hay puntos mucho más ásperos, relacionados con la política, la filosofía, la pedagogía jurídica y la construcción de un discurso jurídico universitario totalmente renovado. Creo que en eso estamos todos, en más o en menos, de acuerdo.


Segundo: En argentina no se estudia derecho sino que se estudia abogacía. Es raro que nadie se haya detenido en eso. Eso ya es un punto en contra de Böhmer que tiene una marcada tendencia a la utilización de un modelo universitario propio de otros países (y seguramente mejor, por qué negarlo).


Pero en Argentina el nombre de nuestra carrera —tema no menor— es abogacía, por lo tanto parece casi ridículo que no haya abogados dando clase. Más aun, casi tan torpe como que en la facultad de ingeniería no haya ingenieros o en la de arquitectura no haya arquitectos.


Al tener la carrera el nombre de una de las tantas profesiones que el derecho motiva y habilita a realizar (los que sueñan con ser fiscales, jueces, secretarios, cosedores de expedientes, notarios, consultores, etc., se quedan con las ganas de su propia carrera), lo cierto es que el staff docente tiene que estar repleto de AQDC. Si así no lo fuere, sería un ridículo. Volvemos a lo primero: el nombre de la carrera y la filosofía que subyace a su enseñanza nos define el debate de antemano. Para mí, de manera nefasta, pero es así.


Al no estudiar para ser licenciados en derecho, un staff docente de meros académicos podría volverse ciertamente estéril, expertos en pesca que nunca han pescado (pienso en el complejo Rock Hudson). O arquitectos que jamás movieron un mouse ni vieron en tierra firme algún proyecto que haya surgido de su cabeza, y los ejemplos siguen. La “abogacía” es, per se, una faceta práctica del derecho, y debe ser enseñada por gente que esté inmersa en esa práctica. La licenciatura podría ser otra cosa, insisto. Teorizamos y luego vemos qué hacemos con ese aparato conceptual o discursivo. Pero en la “abogacía”, salir de esa necesidad de “lo práctico” (el litigio, el conflicto, los intereses, el tribunal, etc.) parece algo bastante difícil.


Si a mi me preguntan como estudiante que quiere ser abogado (aclaro: no quiero serlo, sino que preferiría la licenciatura) verdad es que prefiero alguien que me enseñe el derecho y que además lo haya utilizado como herramienta para tutelar o defender los intereses de una parte. Pero insisto, esto por el hecho de tener que sujetarme al nombre de la carrera, que es “abogacía” y no “leyes” o “derecho” o lo que sea. Si me anoto en un curso de pesca, no soportaría que quien me dicte clase me teorice sobre los beneficios de una determinada caña por sobre otra, sin que jamás se haya mojado los pies para sacar algún bicharraco del agua.


Claro que muchas materias o cursos no necesitan estar ligados exclusivamente con la práctica de la abogacía (pienso en un curso de análisis económico del derecho, o de filosofía del derecho, o de política económica, etc.). Pero la mayoría de las materias troncales de la carrera están organizadas en base al aprendizaje de los conceptos jurídicos con más la eventual aplicación en la praxis del litigio de partes. Es triste, pero es así.


Claro que uno preguntará qué hacen los jueces o los escribanos dando clase si la carrera es de abogacía. De nuevo, la praxis del derecho y esa visión litigiosa que ofrecen nuestras facultades, hace que resulte incluso interesante que todos los operadores den su aporte, sea un juez, un fiscal, un escribano, un defensor, e incluso —por qué no— personas dedicadas exclusiva y excluyentemente a la academia.


Tercero: el alumno recepta y aprovecha la labor del docente. Quiero decir, sea que se trate de un AQDC o de un JQDC y por qué de otros profesionales que den clase, ese bagaje laboral que acarrea puede ser de mucha utilidad. Descartando la mala fe (alguno que con la academia quiera hacer lobby, pregonar ideas propias, bajar línea, hacer chapa etc.), lo cierto es que sirve y mucho en la forma que da clase y en la forma en que muestra el derecho.


Las mejores clases de Civil 1 en materia de instrumentos públicos no las tuve de un abogado, ni de un juez, sino de un escribano que da clase. Y ese escribano de abogacía probablemente no tenga ni idea (no sepa cómo llevar un caso, ni cómo juzgarlo). Y agradezco que así haya sido. De la misma manera, cursé excelentes clases de Derecho Procesal Penal con fiscales, camaristas, abogados y meros tribunalicios. Y la lista sigue: de cada uno uno obtiene visiones particulares y eso al alumno le llega, de una u otra manera (tanto lo bueno, como lo malo, insisto). Y probablemente si tuviera algún docente exclusivamente dedicado a eso (ser docente) lo aprovecharía también de la mejor manera. Pero, insisto, en nuestra carrera de “abogacía” eso se muestra como algo complicado, salvo cursos excepcionales.


Más aun, me atrevo a decir que un staff de profesores exclusivamente dedicados a la docencia puede ser incluso contraproducente. Pero esto tiene que ver con cómo concibo yo al derecho, y que tiene que ver más con una práctica social, un fenómeno cultural, que como un discurso teórico puro. El derecho exclusivamente visto desde la academia puede llegar a separarse de la realidad en puntos muchas veces contraproducentes. ¿El titular de quiebras que jamás llevó un caso falencial en su vida? ¿Un profesor de derecho procesal que no litiga? ¿Un profesor de obligaciones que no asesoró nunca a nadie, ni litigó o resolvió un caso de daños y perjuicios? En realidad las preguntas retóricas pueden ser miles. No sé, da algo de miedo la visión del derecho exclusivamente desde la visión de una persona dedicada a la academia. Aceptable para algunas materias, pero para la gran mayoría no me termina de cerrar.


Sumario sobre lo ya charlado: Bordeando algunos de los temitas que ya se tocaron, y sin ánimos de dar mayores fundamentos, ciertamente creo que la mora judicial y el hecho de que los jueces den clase no son fenómenos que guarden una relación causal relevante como para adjudicarle al uno la nota de causa y al otro la nota de efecto. Trabajo para un magistrado muchísimas horas por día y se hace sus huecos para dar clase, prepararlas, estudiarlas y corregir/tomar exámenes. Nada de eso afecta —doy fe— su desempeño en sus horas de trabajo como magistrado. Él no sale de su trabajo para dar clase, sino que usa su tiempo libre —derecho que debe de reconocérsele— y allí decide tener otro trabajo: ir a un aula y hablar de derecho. ¿De dónde saca el tiempo para ser buen juez y para ser buen docente? Lamentablemente de su tiempo libre: trabaja muchas horas en su casa el fin de semana (y no debería) y estudia muchas horas en sus ratos de ocio. Supongo que así es Argentina (y no debería, insisto). Puede que existan algunos que no logran el equilibrio correcto o sí ven afectada una de sus actividades (la docente o la judicial) por una mala asignación horaria, pero bueno, el reproche deberá hacerse en el caso particular y no generalizar.


Con respecto a lo que publicó Sebastián, y volviendo a lo que en su momento entendí por “abogado que da clase” (el eufemismo del profe-pedorro), creo que basta encontrar alguna de las siguientes características:


i. Sus clases no están preparadas, o de estarlo son la repetición asistemática de lo que ya dice la bibliografía.


ii. Cuando sus clases no aportan absolutamente nada a lo que ya está en el libro y puede estudiarse en su clase.


iii. Cuando no transmite pasión, por mínima que sea.


iv. Cuando las preguntas de los alumnos o eventuales debates lo molestan. Cuando cualquier cosa que lo descoloque del esquema de clase que el ya tiene, le fastidia e indirectamente se le nota en su forma de ser. La duda del alumno es un ataque.


v. Cuando en lugar de pensar en las clases como el fin último del curso y el examen como la evaluación de las clases, piensa en las clases como una preparación maratónica y apresurada de un parcial.


vi. Cuando llega continuamente tarde, falta o se muestra irrespetuoso por los alumnos que invierten dinero para dejar un rato a la semana libre y trasladarse hasta la facultad a escucharlo.


vii. Etcétera.

6 comentarios:

Martin Böhmer dijo...

No puedo crer mi falta de claridad.
Evidentemente digo mal las cosas.
Voy a intentar aqui aclararlo.
Unx buenx profe de ABOGACIA NO es alguien que no conoce la práctica del derecho, sino quien, además de conocerla, la puede transmitir, criticar, comparar con otras, pensar alternativas para su mejora, articularlas y enseñarlas a otros.
El/la profe fulltime en que piensa Tomas es básicamente un IMBECIL. Alguien que despues de decidir dedicarse a la enseñanza de la abogacía con todo el sacrificio que ello implica se dedica a pregonar estupideces irrelevantes para sus alumnxs. Algunx tuvo profes full time tan IMBECILES?
Pero cuántos AQDC y JQDC pueden contar que al entrar al aula se olvidaron de lo que hacen todos los días y dan clase de la forma que Tomas aborrece?
Mi punto es que no se olvidan, sino que no saben cómo conocer la práctica de la abogacía, no la pueden transmitir, criticar, comparar con otras, pensar alternativas para su mejora, articularlas y enseñarlas a otrxs.
Para ello tienen que haber tenido algun paso por algunas de las profesiones de la abogacía? Tal vez.
Sería bueno que tengan alguna responsabilidad clínica? Tal vez. Estaría bien que inviten a AQDC y JQDC a discutir la práctica diaria? Tal vez, pero eso sólo se puede hacer profesionalmente.
Tomar a mi profesión como un hobby no es algo que deba ser alabado, sino un insulto de oligarcas que descienden a trabajar pro bono en una actividad que algunos de nostros estamos intentando construir seriamente.
El amor a lo que se hace se comprueba en el compromiso con lo que se hace. No siempre la profesión del profesor pudo ser un modo de vida. Se peleó por eso, se construyeron instituciones, se perdió muchas veces y se sigue peleando y perdiendo oportunidades económicas que impactan en el bienestar de nuestras familias. El boicot a esa construcción puede deberse a la ingenuidad o a la mala fe. Y la abogacía carece de ingenuos.
Ultimo: la referencia a que estudié unos meses en Yale no la entiendo.
Yo no tengo como meta la academia nortreamericana, sino construir la academia en la Argentina. Lo que digo está profundamente pensado para nuestro país. Necesitamos profes full time porque tenemos que articular de nuevo el derecho, porque necesitamos crear los materiales que lo expliquen, critiquen, comparen, muestren alternativas. Esa tarea es full time en la ARGENTINA HOY, no en Yale hace veinte años. La enseñanza de AQDC y JQDC era fue diseñada para Europa continental en el siglo XIX, yo pregono una forma de enseñar el derecho argentino en la Argentina hoy, asi que las chicanas de AQDC y JQDC deberían quedar para los escritos judiciales tolerados por empleados judiciales.
Me encanta el debate y estoy dispuesto a seguirlo, como se ve, pero en base a la lectura de las cosas que decimos, de la manera que las decimos.
Abrazo, Tomas
Martin

Anónimo dijo...

Martín, ¿no me conseguís un peusto de profesor full-time?

AQDC

Tomás Marino dijo...

Ab: tenés razón.

Donde dije que en nuestras facultades se estudia abogacía debió decir "Se supone que se estudia abogacía". Y donde dije que los profesores enseñan a abogar, debió decir "se supone que los profesores deberían enseñar a abogar".

En realidad las críticas que hacés a la forma de enseñar, las comparto plenamente.

*

Martín: también me debo haber expresado mal. No creo que tenga en mente a un profesor full time como un imbécil. La última parte de mi reflexión es, en verdad, lo que remarca AB en su video: lo que originalmente entendí como "abogado que da clase".

El término AQDC lo utilicé en su momento para diferenciarlo de los docentes. Ergo, el docente es la negación de la lista de cosas no deseables que puse en el texto, las cuales son propias de "los abogados que dan clase".

En este debate el término AQDC tiene un sentido no peyorativo sino más neutral e informativo: alguien de la profesión que —además— concurre a una universidad y dicta cursos relacionados con "lo jurídico".

La imagen que me hago del profesor full time es, por el contrario, muy buena. Es más, creo que muchos de los defectos que yo noto en los profesores no existirían de ser la docencia una profesión cuya dedicación —al menos en la universidad— merezca algo rayano a la exclusividad. Sólo sí considero esas pequeñas incompatibilidades que marqué: (i) el hecho de que acá se enseña abogacía, con una faz práctica que puede llegar a serle una limitación al mero académico (aunque tus argumentos en torno a eso son muy válidos, por cierto) y (ii) la necesidad de un debate previo en torno a la contrucción de un modelo de discurso jurídico (y de su forma de transmisión) que todavía sigue postergado.

En lo demás coincido. La docencia jurídica es pasión para muchos, un sueldito más para otros, y mera chapa para algunos otros tantos. Hay de todo.

Cualquier reforma que transforme a la labor docente (reproducción de un discurso que, insisto, además tiene que ser reestructurado) en busca de un nivel superior en cuanto a pasión, calidad, métodos y visiones, es siempre un cambio en el cual todos, en más o en menos vamos a estar de acuerdo.

Unknown dijo...

Lamentablemente para mi (eso es seguro) los profesores full time conozco tienen las 7 características que describe Tomas Marino para catalogar a quien el llama AQDC.
Y no es la UBA la que nos forma como jueces, es la cultura de esta sociedad en la cual vivimos que no importa que formación tengamos sin embargo siempre nos colocamos dictando sentencias sobre todo.
La facultades de derecho nos forman para ser empleados sobrecalificados y mal pagos de estudios jurídicos,o voluntarios forzosos (esclavos) del poder judicial.
El transcurrir el inicio de los primeros años de ejercicio de la profesión en condiciones de tanta vulneración de derechos, no habla bien de nosotros (ni como profesionales, ni como personas)y la marca que deja en la vida de la mayoría impacta directamente en la calidad de la academia, del ejercicio profesional, del ministerio publico y de la judicatura.
Un AQDC, JQDC, o cualquier otra modalidad que da clase, antes que profesional es persona, y en algún momento toma venganza, salvo que tenga un excelente terapeuta que le permitiera elaborarlo y superarlo.

Fabian dijo...

Me encantó la discusión, me pone muy contento que salga egresado de "MI" facultad (desde esa vez que entré en 1989 me pertenece, por más que ahora nos encontremos alejados por cosas de la vida de las personas y, también, de las instituciones) alguien como Tomás.
Alguien que está, sin duda alguna, a la altura de Böhmer, Bruzzone, Guariglia, Goransky o Bovino.

Nautica dijo...

Muy buenoo!!!!!!!!