EL EXPEDIENTE Y LA JUSTICIA KAFKIANA
Lo que ocurre, en este sentido, es que nosotros tenemos una enorme cultura de justicia burocrática que nos domina. Se confunde el acta con el acto. Se anulan actas y no actos; el matrimonio no es el papel; es un acto que uno realiza... La confusión se debe a que es muy burocrático el procedimiento que se sigue en la administración de justicia.
También el derecho europeo continental es muy burocrático porque proviene de una cultura de muchos años, que es la cultura de la justicia escrita. Pero claro, hace años que aprendieron que se puede hacer algo distinto; acá todavía no lo aprendimos, a pesar de que se ha introducido el juicio oral, no lo hemos aprendido. Existe la idea de que la justicia es acumulación de papeles. Alguien dijo una vez que cuando llegue el juicio final no va a haber ningún problema porque todo va a ser cuestión de montarse sobre los expedientes que van a llegar a San Pedro sin necesidad de que te llame.
El problema se advierte en un ejemplo que escuchamos sobre el funcionamiento de los tribunales. Les voy a dar una idea de cómo se comunican dos jueces de la misma competencia, o, mejor dos fiscales, el fiscal 23 y el 24, por ejemplo. Vamos a suponer que el fiscal 23 necesita algo que le puede proporcionar el fiscal 24; por ejemplo, un expediente administrativo donde conste la compra de un revolver, y supongamos que lo necesita, por alguna razón vinculada con alguno de sus casos. Cada uno tiene un caso —lo digo porque caso se confunde con legajo de papeles, y si desaparece ese legajo de papeles, no tienen más un caso—.
¿Cómo hace el pedido? Están ubicados uno al lado del otro; los separa una puerta que normalmente utilizan, por ejemplo, cuando uno le pregunta al otro qué va a hacer esa noche. Pero claro, cuando tienen que pedir una cosa vinculada con el expediente, el fiscal 23 le escribe una carta al fiscal 24 y se la da a un empleado suyo que lo anota en un libro. Ese empleado también hace un recibo en otro libro que se llama libro de recibo. Con ese libro de recibo y la carta, el empleado sale de su oficina, da la vuelta y entra por la otra puerta a la fiscalía 24, allí un empleado firma en su libro de recibo, el primer empleado vuelve y deja el libro otra vez en la fiscalía 23. ¿Que tiene que hacer el empleado de la 24? Tiene que anotar en un libro de entradas que ingresó esa carta, y agregar una serie de indicaciones. Luego pone la carta en un cesto de papeles para que alguien la lea. Primero la lee un pinche, que proyecta, por escrito, algún tipo de decisión sobre esa carta; por ejemplo escribe: “no te voy a mandar lo que me pedís porque lo necesito yo”, o bien “te voy a mandar lo que pedís”. Esto se escribe de la forma que normalmente se usa para escribir las decisiones judiciales. Le lleva el escrito a su fiscal. El fiscal la estudia y, si le parece bien, la firma. Vamos a suponer que no la modifica, o incluso que la dicta él mismo. Esta decisión, en caso afirmativo, dirá: “escríbase una carta a mi colega diciendo que acá tiene a su disposición lo que me pidió”. No terminamos, todavía tienen que proyectar esa nueva carta, porque hasta ahora sólo tenemos una decisión que dice: “líbrese oficio haciéndole saber a mi colega que es posible acceder a lo solicitado”. Ahora alguien tiene que proyectar ese oficio, esto demora tres cuatro días, escribir una carta no es tarea fácil. Una vez que está lista se la presenta de nuevo al fiscal y podemos suponer que el fiscal 24 cambia algo, pero, al final, la firma. Con la carta firmada, el empleado lo anota en el libro de entradas y le da de baja a la otra anotación diciendo que ya contestaron y hacen un recibo en su libro de recibos para que lo firmen del otro lado de la puerta diciendo que recibieron la respuesta a la carta. Después todo eso sigue y sigue hasta que mandan a alguien a buscar eso que piden y todo este ir y venir dura meses y meses; esto es lo que hacen todos los días en todos los tribunales y fiscalías. ¿Por qué no se lo pide por teléfono? ¿Por qué no golpea la puerta? En el caso de que se necesite una constancia; ¿por qué no limitarse a decir que el expediente lo tiene tal persona? Porque hay una desconfianza extrema y todos piensan que les van a robar el expediente. No hay forma de no seguir esos pasos. Ese funcionamiento burocrático nos confunde y nos hace perder de vista “el caso”, creyendo que ésa es la realidad y no lo que pide la ley, que es que se persiga penalmente.
También el derecho europeo continental es muy burocrático porque proviene de una cultura de muchos años, que es la cultura de la justicia escrita. Pero claro, hace años que aprendieron que se puede hacer algo distinto; acá todavía no lo aprendimos, a pesar de que se ha introducido el juicio oral, no lo hemos aprendido. Existe la idea de que la justicia es acumulación de papeles. Alguien dijo una vez que cuando llegue el juicio final no va a haber ningún problema porque todo va a ser cuestión de montarse sobre los expedientes que van a llegar a San Pedro sin necesidad de que te llame.
El problema se advierte en un ejemplo que escuchamos sobre el funcionamiento de los tribunales. Les voy a dar una idea de cómo se comunican dos jueces de la misma competencia, o, mejor dos fiscales, el fiscal 23 y el 24, por ejemplo. Vamos a suponer que el fiscal 23 necesita algo que le puede proporcionar el fiscal 24; por ejemplo, un expediente administrativo donde conste la compra de un revolver, y supongamos que lo necesita, por alguna razón vinculada con alguno de sus casos. Cada uno tiene un caso —lo digo porque caso se confunde con legajo de papeles, y si desaparece ese legajo de papeles, no tienen más un caso—.
¿Cómo hace el pedido? Están ubicados uno al lado del otro; los separa una puerta que normalmente utilizan, por ejemplo, cuando uno le pregunta al otro qué va a hacer esa noche. Pero claro, cuando tienen que pedir una cosa vinculada con el expediente, el fiscal 23 le escribe una carta al fiscal 24 y se la da a un empleado suyo que lo anota en un libro. Ese empleado también hace un recibo en otro libro que se llama libro de recibo. Con ese libro de recibo y la carta, el empleado sale de su oficina, da la vuelta y entra por la otra puerta a la fiscalía 24, allí un empleado firma en su libro de recibo, el primer empleado vuelve y deja el libro otra vez en la fiscalía 23. ¿Que tiene que hacer el empleado de la 24? Tiene que anotar en un libro de entradas que ingresó esa carta, y agregar una serie de indicaciones. Luego pone la carta en un cesto de papeles para que alguien la lea. Primero la lee un pinche, que proyecta, por escrito, algún tipo de decisión sobre esa carta; por ejemplo escribe: “no te voy a mandar lo que me pedís porque lo necesito yo”, o bien “te voy a mandar lo que pedís”. Esto se escribe de la forma que normalmente se usa para escribir las decisiones judiciales. Le lleva el escrito a su fiscal. El fiscal la estudia y, si le parece bien, la firma. Vamos a suponer que no la modifica, o incluso que la dicta él mismo. Esta decisión, en caso afirmativo, dirá: “escríbase una carta a mi colega diciendo que acá tiene a su disposición lo que me pidió”. No terminamos, todavía tienen que proyectar esa nueva carta, porque hasta ahora sólo tenemos una decisión que dice: “líbrese oficio haciéndole saber a mi colega que es posible acceder a lo solicitado”. Ahora alguien tiene que proyectar ese oficio, esto demora tres cuatro días, escribir una carta no es tarea fácil. Una vez que está lista se la presenta de nuevo al fiscal y podemos suponer que el fiscal 24 cambia algo, pero, al final, la firma. Con la carta firmada, el empleado lo anota en el libro de entradas y le da de baja a la otra anotación diciendo que ya contestaron y hacen un recibo en su libro de recibos para que lo firmen del otro lado de la puerta diciendo que recibieron la respuesta a la carta. Después todo eso sigue y sigue hasta que mandan a alguien a buscar eso que piden y todo este ir y venir dura meses y meses; esto es lo que hacen todos los días en todos los tribunales y fiscalías. ¿Por qué no se lo pide por teléfono? ¿Por qué no golpea la puerta? En el caso de que se necesite una constancia; ¿por qué no limitarse a decir que el expediente lo tiene tal persona? Porque hay una desconfianza extrema y todos piensan que les van a robar el expediente. No hay forma de no seguir esos pasos. Ese funcionamiento burocrático nos confunde y nos hace perder de vista “el caso”, creyendo que ésa es la realidad y no lo que pide la ley, que es que se persiga penalmente.
23 comentarios:
A Zaffaroni lo escuche quejarse sobre este tema y criticando que, por ejemplo, todavia tengan que coserse los expedientes. Un voto por él.
Si no es, "vengo por la presente a solicitar se tenga a bien realizar toda aquella medida que fuera menester a los fines de que el autor intelectual de dicho texto sea habido", es decir... necesito alguna pista Alberto!!!
Un abrazo, Germán.
P.D. efectivamente, olvidense del google.
Germán.
mmm... a Binder lo he escuchado decir, hasta el hartazgo, cosas parecidas en el curso de garantías del postgrado.
Sea quien sea, muy real. Aunque omite destacar el absurdo del Fiscal que se ordena a sí mismo escribir la carta.
Saludos
Nunca acierto en estas cosas...
1-el autor de este blog?
2-Mario Juliano?
Igual estoy pensando que deberías entregar algún premio consuelo por la perseverancia...participé en todos y ni cerca estuve.
Abrazo
un ordenanza?
Querido Alberto,
Coincido con JuanR, esto es "Binder dixit" puro, se lo he escuchado decir en clase en relación con el quebrantamiento de las formas procesales.
Además, un pajarito me contó que habría terminado un nuevo libro... tiene que ser él!
Fuerte abrazo desde Trelew, Chubut,
Rodrigo.
Parece que hay alguien que te escucha Alberto, la CSJN acaba de sacar la resolución 60/09. Creo que hay festejos en los bosques porque ya hay un par de árboles que zafan por un rato más, y ordenanzas que van a tener un trabajo un poco más interesante que hacer que andar con un librito repartiendo resoluciones de la Corte.
Sí, ya se no me digás...
...pero algo es algo y por algún lado hay que empezar
Germán: hombre de poca fe... te dije que el google no servía. Sólo está en mi computadora y en la de la autora de la obra —lo que no significa que lo haya dicho ella—.
Juan R. y Rodrigo: Cierto, pero esta vez no lo dijo él.
Seba: No y no.
L! Interesante lo de la resolución, ¿de dónde la saco? Tengo una negación para entrar en la página de la Corte (no para entrar, en verdad es para encontrar). Esto va contra mis intereses porque soy productor de madera... Me pasa por bocón.
Tibio... Si para el lunes no han acertado el libro me lo regalo a mí mismo.
Siga participando.
Saludos,
AB
Mmm, esta dificil. habia pensado en un Alvarado Velloso moderado, o quizas en Chiara Diaz. Pistas?
Frío, frío...
Deebe ser judicial o del MP, por las cosas que sabe...
AB
JAAJ Si que me quema la cabeza, ultima vez que tiro... Donna???
Ahí va otro intento: Mary Beloff.
Qué intriga che!
Abrazo, Rodrigo.
Me juego todo...
Stella Maris Martínez?
Lucila Larrandart?
Julio Maier?
Seba:
¿Por qué no tirás una lista más larga?
Hay un solo tiro por jugador.
Frío, frío...
AB
Scioli no es. A él la gente le pide que todo sea por escrito.
Ahí va mi tiro:
Mónica Cuñarro
Ahí fue mi tiro.
Saludos,
Vasquito
Carmen Argibay?
MJ
Ahora si, Angela Ledesma??
No!!!!!!!!!!!
¡¡¡¡¡¡Manga de inimputables!!!!!!
Fue el padre del postprocesalismo...
Ver http://nileccionesniensayos.blogspot.com/2007/07/la-gran-estafa-1-de-cmo-utilizar-ideas.html
Feliz Domingo para todos y todas
AB
Fue dicho por mi maestro, el grande de Julius B. J. Maier, en una entrevista que le hizo Myrna Goransky para un libro que está por salir en un par de meses sobre MP que está muy bueno.
Y Seba, ni lo intentes, votaste por:
1) AB
2) Juliano
3) Un ordenanza
4) Stella Maris
5) Lucila
6) JUlio
Además, no afirmabas, preguntabas, y votar significa decidirse por uno con seguridad.
Abrazo, y hoy cuando me levante me voy a buscar mi libro.
AB
Querido Alberto,
tenés razón...
Tampoco intentaría obtener el libro violando los términos del concurso.
Me juega a favor que desconocía que tenía un tiro cada participante.
Sin embargo, aunque no es excusa, me fallaron mis frenos inhibitorios y me excedí en las opciones.
La próxima será.
Clarísimo, traslados, más traslados, asientos, papeleo infame, el caso es el expediente, puramente el expediente en estado físico. Se pierden todos los principios de economía procesal e inmediatez procesal. El efecto es la justicia de la injusticia, la sensación del ciudadano es sentir que su derecho se diluye en el tiempo y este desgaste muchas veces impulsa al ciudadano a huir de la vía judicial y dejarse vencer en sus derechos; perdiendo la administración de justicia toda eficacia.
La Resolucion 60/90 CSJN para verla online http://www.scribd.com/doc/36225167/CSJN-Resolucion-n%C2%B0-60-2009
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