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En uno de mis primeros años de estudiante mientras cursaba la materia Teoría General del Derecho el profesor a cargo del curso nos propuso un ejercicio que consistía en que contestemos cuál sería nuestra actitud frente a un caso hipotético. Todos contestamos por escrito colocando nuestro nombre en la hoja.
Una vez cumplido, el profesor fue tomando cada una de las respuestas, y mientras esbozaba una leve sonrisa fue pasando ante sus ojos las más de 40 respuestas, a las que solo daba un golpe de vista, hasta que de repente se detuvo, y con un rostro algo transformado por el asombro dijo: “¿Quién es Flammá?”
Con el tiempo pude saber que se trataba de una versión modificada de un ejercicio sobre el uso de la analogía como forma de argumentación elaborado por la filósofa JUDITH JARVIS THOMSON.
Los invitamos a hacerlo, dando una respuesta fundada de cuál sería su decisión, a descubrir su analogía y porqué no también mi respuesta.
El caso:
“Usted se despierta una mañana y se encuentra en la cama con un violinista inconsciente. Un famoso violinista inconsciente. Se le ha descubierto una enfermedad renal mortal, y la Sociedad de Amantes de la Música ha consultado todos los registros médicos y ha descubierto que sólo usted tiene el grupo sanguíneo adecuado para ayudarle. Por consiguiente le han secuestrado, y por la noche han conectado el sistema circulatorio del violinista al suyo, para que los riñones de usted puedan purificar la sangre del violinista además de la suya propia. Y el director del hospital le dice ahora a usted: “Mire, sentimos mucho que la Sociedad de Amantes de la Música le haya hecho esto, nosotros nunca lo hubiéramos permitido de haberlo sabido. Pero, en fin, lo han hecho, y el violinista está ahora conectado a usted. Desconectarlo significaría matarlo. De todos modos, no se preocupe, sólo es por nueve meses. Para entonces se habrá recuperado de su enfermedad, y podrá ser desconectado de usted sin ningún peligro” (Thomson1971: 11).
¿Usted se desconectaría?
¿Por qué?
Saludos.
Maxi
35 comentarios:
Maxi: respondiendo a las preguntas de tu ejercicio, me desconectaría sin dudarlo porque en ningún momento preste mi consentimiento para que conecten mi aparato circulatorio al de otra persona.
Por otro lado, y ahora analizando el caso es evidente la autora (a quien no conocía) traza un paralelo con el embarazo; y la persona que es sometida a la transfusión por la fuerza es una persona que ha sido violada y ha quedado embarazada.
Resulta sumamente interesante la postura del director de Htal. que trasluce el discurso de mucha gente, que si bien no tiene posturas radicales contra el aborto; pone la vida del feto como valor supremo y solo se "lamenta" de la vejación sufrida por la victima.
Saludos
No me desconectaría, esa persona es la única compatible conmigo, es decir que si estuviera en lugar del violinista, sólo él podría salvarme la vida. Ahi está la analogía.
Luego podríamos buscarle figuras jurídicas para enredarlo un poco como un buen abogado....está el tema del secuestro, atento contra la libertad, cuestiones de insconstitucionalidad, analizar la responsabilidad de la entidad de música hacerla solidaria con la de los médicos, etc, etc, etc. PERO LO DICHO AL PRINCIPIO ES SENTIDO COMÚN Y EL SENTIDO COMUN SE IMPONE AL DERECHO EN ESTE CASO.
Acabo de leer lo de Nicolás, pero la consigna no era: buscar analogía con figuras jurídicas penales ( como el aborto....Nicolás piensa en ello por lo de los 9 meses y la conexión....La analogía esta en el hecho narrado sin buscar afuera....si el violinista muere al otro no le queda esperanza de que alguien lo salve mañana, matando al otro, se mata a sí mismo, acorta su esperanza de vida.......LA ANALOGÍA ESTO EN ESOS HECHOS......
Yo me desconecto, que se muera el violinista y que siga su destino.
Le hago una tremenda demanda al Hospital, al Club de Fans que van a terminar saliendo a vender discos en la calle así sean truchos para pagarme; por ensañamiento terapéutico, por ser autores y partícipes del delito del secuestro, me pongo a ver algún programa de espectáculos de America 2 y documento ahí las nuevas enfermedades psiquiátricas que sufre tanta vedetonga y les cobro hasta los daños virtuales, panic atack y cuanta porquería se me cruce por la vida.
Maxi Flama, desde ya se trata de hacer una analogía con un embarazo no buscado en este caso el que proviene de una violación.
Ahora bien, se trata, ya que no se dan tampoco en esta analogía con la supuesta violación todos sus caracteres; ya que el violinista (por lo menos hasta que me desconecté)era persona, devenido ahora en un asiento administrativo en los libros de defunción, que seguramente se convertirá de ídolo al nivel de mito rápidamente.
Pero, en el caso del embarazo no deseado, si bien es vida humana, es una persona por nacer sin los atributos de la personalidad, o sea su condición jurídica no se diferencia mucho al acaecimiento del contrato aleatorio de seguro; puede nacer con vida y será persona, o no.
Esa seria mi respuesta, ah estoy a favor del aborto, ser padre o madre no se limita al hecho de parir, ni con el hecho que para proteger a la persona por nacer, se lo dé en adopción, cuando sea un bebé, como si fuera una cosa.-
Y por qué no esperar y luego demandar?
Haciendo la analogía con el embarazo no deseado resultado de hecho violento, en el que el sujeto pasivo (yo/la embarazada) no ha prestado su consentimiento podemos decir con fuerza argumental que el "conectado" (embrion/violinista) hace uso de un derecho que NO posee, por lo tanto es el sujeto pasivo quien tiene la LIbertad de decidir si desea permancer "conectado" o no, esta libertad es personalisima de quien ha sido victima de la violencia y en ningun caso es una "obligación juridica", al menos asi debiera ser en el marco de un ordenamiento jurico que respeta a las personas y su ambito de libertad, en tanto necesario para enteneder a las personas como tales.
Mi decisión personal, seria no desconectarme, pero entiendo y considero fundamental que esta opcion exista.
El proceso contra quien ha ejercido la violencia( fecundado/conectado), excede mi decision de conectar o desconetar, por tanto se encuentra por fuera de la analogía, ya que no se duda de la necesidad de justicia frente a la violencia, el dilema que intenta resolverse o pensarse con la anlaogia, es el resultado y su destino.
Interesante...leere seguido
Agustín Eugenio Acuña... ¿porque no me preguntaron si voluntariamente no me sometía a tal tratamiento, para salvar la vida del violinista?
Lo mismo pasa en otras agresiones, o con la exclusión de imputabilidad del art. 34 inc. 6; no es que no sea una acción reprochable mi accionar, eso sí se me excluye del reproche penal por no haber provocado, o consentido en este caso la acción de los Fan's
Me desconectaría, aunque es altamente probable que los que me secuestraron previeran esta posibilidad y, con el mismo desprecio por mi autonomía personal, por mis necesidades vitales, afectivas, etc., hubieran tomado recaudos para impedirlo y para imposibilitarme requerir ayuda a la Asociación de Mis Amigos, que creen que la vida y la libertad de cualquier persona vale tanto como la de otro, o al Estado, que tendría que acudir en mi auxilio, en similar inteligencia, y ser quien le proporcione al violinista las posibilidades de asistencia existentes, requiriendo en todo caso mi colaboración, si es que después de esto quiero prestarla. LOBO ESTEPARIO -en alguna de las transfusiones, olvidé mi contraseña-.
Lobo, un aspecto interesante el que introducis sobre la participación del Estado, que mas adelante podemos incluir para enriquecer el debate, ya sobre el tema de fondo.
Pero para mantener la analogía y no desviarnos del caso básico, una aclaración:
El estado no puede proporcionarle al violinista en este momento ningún tipo de asistencia, solo vos.
Abrazo.
Raúl Soria,
Creo que la analogía si se da en el caso. Conforme nuestro derecho, las personas por nacer también son personas. La ley civil argentina (art. 70 C.C.) establece que la existencia de las personas comienza desde la concepción en el seno materno y antes de su nacimiento pueden adquirir algunos derechos, como si ya hubiesen nacido. Estos derechos, según surge del 63 de ese Código son los que pudiesen haber recibido por donación o herencia.
Siguiendo estos principios, el nacimiento sin vida es una condición resolutoria de dichos derechos. Es decir se pierden como si no hubiera existido (art. 74), pero de hecho existían y son eficaces y quedan irrevocablemente adquiridos si nace con vida, aunque esta vida solo dure un instante después de estar separados de su madre.
Este reconocimiento del carácter de persona también se lo da el derecho internacional.
De hecho la autora, reconocida defensora del aborto, no le niega carácter de persona al feto. Por eso aclara el ejemplo que el violinista está inconsciente, es una persona en estado de inconsciencia como lo sería el feto.
Luego podemos estar de acuerdo o no con el aborto, pero me parece necesario tener en claro el carácter de sujeto de derecho que nuestro derecho le confiere a la persona por nacer.
Abrazo.
Raúl Soria:
Dijiste que hay analogía con "un embarazo no buscado, en este caso el que proviene de una violación."
Por ende, de la misma manera que "..no me preguntaron si voluntariamente no me sometía a tal tratamiento, para salvar la vida del violinista?" tampoco los violadores preguntan a sus víctimas.
Espero haber contestado tu duda.
Max en parte puedo llegar a compartir tu opinión
Ahora bien... si seguimos los lineamientos que me expresas, la figura del aborto no tendría sentido de existir, ya que seria homicidio simple o agravado depende de quien lo practique...
¿no te parece?
El código se refiere al reconocimiento de ALGUNOS derechos, por ejemplo los sucesorios, bajo la condición claro esta, del nacimiento con vida.
La persona con el nacimiento y solo con el nacimiento adquiere los atributos de la personalidad,para convertirse en persona y no antes; Ahora bien, el código civil crea la figura de la persona por nacer como bien decís artículo 63 al 69, creo a solo efecto patrimonial.
La problemática es ¿que derechos pueden adquirir? como figura el art. 70 que citás... creo yo solo los patrimoniales; ya que para adquirir otros derechos se necesita que sea persona, sino no existiría la clausula de irrevocabilidad.
Este es por lo menos mi punto de vista, y sino modifiquemos ya el código penal porque no existiría el aborto, sino el homicidio.
Max, quería agregar algo más... yo no niego que no haya vida humana, una vez concebido, al contrario sostengo que hay vida humana, hay un feto con vida; ahora para que ese feto con vida sea persona, debe nacer con vida, esa es mi postura y por eso te decía que no se daban todos los requisitos de la analogía; ya que en este caso el violinista sí es persona.
Y en el caso de un aborto, hay vida humana (no lo discuto) en un complejo vital orgánico llamado feto, pero creo que no todavía una persona.
Estimado Raúl,
No, no me parece. No veo ninguna incongruencia legal o legislativa que haga necesario ningún cambio.
El aborto está tipificado en los art. 85 a 88 que pertenecen al LIBRO SEGUNDO DE LOS DELITOS, TITULO I DELITOS CONTRA LAS PERSONAS Capítulo I Delitos contra la vida.
Con lo cual el correlato con la ley civil, en este caso me parece por lo menos a mí, absoluto.
La palabra “homicidio” no aparece en ninguna parte del capítulo. Allí se habla de matar a una persona y eso es lo que la ley afirma que pasa cuando se hace un aborto.
No creo necesaria ninguna modificación del Código Penal en cuanto a su necesidad de mantener un correlato lógico con el Civil.
En cuanto a si con el nacimiento con vida adquiere la calidad de persona, no es así Raúl. La muerte es una condición resolutoria es decir que pone fin. Si da fin es porque ya existía.
Cuales te parecen serían los “otros derechos” tendría que adquirir para que según tu concepción tenga los atributos de una persona?
Es un incapaz de hecho, como cualquier niño nacido de por ejemplo 4 años. Es decir requerirá de representación.
Claro, no tiene un nombre o una nacionalidad, pero tampoco lo necesita aún. Pero es sujeto de derecho, titular de derechos.
Es decir, si yo hoy por la noche tengo relaciones sexuales con mi mujer, producto de lo cual queda embarazada y mañana a la mañana me patino en la bañera mortalmente, ese “complejo vital orgánico llamado feto” como vos lo llamas, legalmente es mi heredero.
Por otro lado el inciso 1) del Artículo 4 de la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS establece que toda persona tiene derecho a que se respete su vida, e indica que este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción.
De lo cual podemos inferir que para la Convención Americana también la persona humana comienza como sujeto de derechos desde la concepción.
Por su parte la Declaración de los Derechos del Niño aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas considera que el niño, por su falta de madurez física y mental, necesita protección y cuidado especiales, incluso la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento.
Es decir, hay “niño” antes del nacimiento.
Siguiendo esa lógica, declara como Principio 4, que el niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social, tener derecho a crecer y desarrollarse en buena salud y con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal.
Imaginate la situación inversa, una mujer embaraza que desea dar a luz a su hijo, concurre a un servicio médico porque supone que éste tiene una patología que requiere de una intervención. Tendría derecho ese feto a que lo asistan? O los médicos podrían negarse aduciendo que a ella sí pero al feto no lo pueden atender porque no es persona?
Raúl te repito, podemos discutir si estamos de acuerdo con el aborto o no y porque, pero antes de eso creo que debemos tener un acuerdo en otras categorías que están involucradas.
Si ser persona es una categoría legal, creo que conforme nuestra legislación lo es.
Creo que no podemos estar de acuerdo con el aborto, sobre la base de que allí no hay una persona. Creo que como lo reflejan varias de las opiniones que se han volcado aquí, la disyuntiva se centra en determinar si algún derecho prevalece sobre el otro, bajo determinadas circunstancias.
Bueno es mi opinión conforme estos elementos.
Saludos.
Max
No, hay persona Max, hay una persona por nacer, hay un complejo vital humano... no hay persona.
Puede llegar a adquirir los atributos de la personalidad, solo sí nace con vida.
Ahora bien, si ese complejo vital orgánico merece ser atendido, merece asistencia como vida humana; te contesto sí.
Pero, hasta que no se produzca el alumbramiento no es persona, si bien como bien decís sus derechos tienen plena vigencia y pueden inclusive ser parte de un litigio; todos esos derechos caducan si no se cumple la condición resolutoria, que nazca y que nazca con vida, como dice el código, así sea por un momento.
Que en vista, al derecho humanitario quieras dar asistencia al violinista y pretendas hacer analogía con un aborto eso es otra cosa; como te dije para mi, y solo para mi, no se cumplen todos los elementos para dar esa analogía por válida, ya que entiendo que en uno sí hay un persona constituida, el violinista; y en el otro hay una persona en espectatíva, que puede llegar a serlo o no.
Ojo, eso no quita que esa vida humana no deba llegar a ser respetada, preservada o asistida.
Vuelvo a decir, bajo esa tesitura, no cabría diferencia entre el homicidio y el aborto...sino dime ¿cuál seria?
A ver... en ambos se matan o interrumpen complejos vitales humanos; tanto al matar a la persona, como al interrumpir el proceso del embarazo en el caso del feto.
Pero ese feto recién adquiere los atributos de persona, cuando nace y cuando nace con vida.
Antes, hasta el código civil hace la diferencia, es persona por nacer; no persona, de lo contrario interrumpir el embarazo no sería aborto sino homicidio.
Claro que podemos discutir el tema del aborto, lo podemos discutir y largo de hecho creo que es una deuda que merece ser tratada en la legislación Argentina.
Por otro lado si bien estoy a favor del aborto, puedo llegar a sostener que es de las peores cagadas que le puede suceder a una mujer, puedo sostener que las heridas psicológicas rara vez se curan.
Aunque también puedo sostener, que la prohibición legal siquiera genera la menor disuasión a no cometerlo, al contrario es la base para otro tipos de delitos.
Por mi parte, en varios años como ex funcionario del poder judicial, jamás nos tocó procesar a un médico o una persona acusada de haber cometido aborto y creo que ello no fue porque no se hayan producido sino porque ya se produjo una anomia al respecto, infranqueable.
Que se debe buscar una solución, sí claro.
Que el aborto es una de las peores cagadas, si claro que si.
Que hacer al aborto punible no es la solución, o no da los resultados mínimos esperados, también.
Señor Juez
Ante Ud. me presento y digo:
Que ante tanto inimputable que anda dando vueltas por este honorable blog;
Que frente a los vaivenes del mercado, se me garantice la transmisión de todos los derechos de las obras del violinista, que me haré cargo de todos los gastos médicos.
SÍRVASE V.S. PROVEER DE CONFORMIDAD,
¡QUE LA CHUPEN!
FORMULO OPOSICION
Señor Juez
/// presento y digo:
I.- Que atento al pedido impretado por Sr. Bovino Alberto, no habiendo acreditado en autos, el carácter mediante el cuál solicita a Usted se le garanticen la transmisión de todos los derechos del músico sucumbido, hasta tanto el requirente no acredite el carácter invocado para que se haga efectiva dicha la transmisión; me opongo a que la misma se haga efectiva.
II.- Solicito a Usted, que además fije caución real suficiente para salvaguardar la integridad patrimonial de los deudos del causante, oponiendome en este acto a que la misma sea fijada en botellas de wisky o cualquier otra bebida alcohólica.
Sírvase V.S. proveerlo así que sino le mando al Club de Fan's
JODETE!!
AMPLIO OPOSICION
Señor Juez
/// presento y digo:
I.- Que atento a mi oposición formulada, sobre la transferencia de todos los derechos del causante al Sr. Bovino Alberto, por ellos ser garantía comunitaria de los deudos y las parte litigantes como yo.
II.- Vengo a ampliar y fundamentar mi oposición a que dicha transferencia se haga efectiva, al hecho que el Sr. Bovino Alberto a la fecha, todavía no ha acreditado el pago de dividendos adeudados al Dr. Mariano H. Silvestroni, por ser parte societaria de una editorial "Editores Del Puerto SRL", causa que tramita paralelamente ante este Juzgado.
III. Siendo los derechos intelectuales del violinista, de donde nos vamos a cobrar la platita, no habiendo acreditado el Sr. Bovino, que haya cancelado su deuda con el antes mencionado; solicito que en caso de hacer lugar V.S. al pedido impretado por el Dr. Bovino, opere la separación de patrimonios.
Servite de proveerlo así que sino sabes que te pasa
ES LEY
SIGAN DISCUTIENDO QUE ESTABA BUENO!!!!!!
Si el Sr. ANONIMO se identifica... armo un tole tole... que jajja
Yo sólo hago la siguiente pregunta a los que responden que se desconectarían: me dejarían a mi dejar de alimentar a la gente que vive de asistencia del Estado que se sostiene con impuestos pagados con trabajo (impuestos que equivalen a trabajo propio que es tomado por el Estado)?
Yo sólo aceptaría la desconexión si también aceptara lo otro.
Yo hice una analogía más interesante que aquella con el aborto, que está harto quemado. Yo me desconectaría, y si muere, será un accidente y no mi culpa: simplemente, evicción. Pero también me desconectaría del Estado-niñera, que recauda impuestos para mantener hospitales, escuelas públicas y subsidios para indigentes.
PIC... me gustó me gustó... a ver please redondea un poco más el tema... me gustó el nuevo enfoque.
la última parte que te desconectarias del Estado niñera... no la entendí?
El argumento de la autora que se citó al principio se basa en que uno es dueño de su cuerpo, y por ello no tiene por qué ser privada de él para mantener a otra persona: uno puede desconectarse de la máquina y si el violinista muere no será culpa de quien lo hizo. Cuando el Estado nos cobra impuestos, nos roba tiempo de nuestra vida (en los cuales consisten esos impuestos, porque si en definitiva nos coban el 21% del impuesto x, nos están forzando a trabajar un 21% más), nos priva por tanto de nuestro cuerpo, y todo ello para mantener a muchos "violinistas" que viven gracias al Estado. Yo no quiero mantener, por ejemplo, a los que cobran planes sociales. Creo que es tan legítima la evasión impositiva como la decisión de la mujer que amaneció conectada al violinista.
Siiiiiiiiiiiii.... totalmente de acuerdo.
De todas formas ahora entiendo porque usas un pseudónimo trata que no te cache la AFIP por evasión.
La evasión impositiva planteada como una legítima defensa frente a un robo de tiempo (y de trabajo ilegítimamente forzado) que hace un estado-niñera a través de la imposición de tributos para costear planes sociales o gente que vive gracias al estado, me parece una idea ciertamente forzada.
La defensa de un estado asistencial que mantiene a discapacitados, indigentes, personas improductivas, y disvalidos en general es incompatible con la defensa del aborto: la moral socialista enseña que uno debe sacrificarse por los disminuidos, y luego compara a un violinista minusválido con un embrión, al que justifica abortar. Pero el feto es precisamente alguien indefenso! Con qué base moral puede la izquierda socialista justificar el auto-sacrificio en pos de los desventajados y no hacerlo por un embrión, que si es expulsado antes de 8 meses morirá?
A mucha gente le parecería forzada la analogía de JT Thomson: vos no decís por qué te parece forzada la mía.
Un liberal consistente debe aceptar tanto el aborto como oponerse al cobro de impuestos, que es lo que yo hago.
Hey, el ejemplo de JT Thomson no es el de una legítima defensa.
Acción comunicativa: No hay derecho, blog jurídico.
Entrada con problema hipotético: Problema jurídico.
Objetivo: Nuscar lo jurídico en el problema - obligación de usar analogía -
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Para mí, como está planteado, es un problema moral. Que cada uno decida qué hacer con el violinista, mientras se toma una buena dosis de annax ologón 500. Es un remedio que sirve pare prevenir el uso lógico de una anlogía, olvidando que siempre es creativo.
Mis saludos.
Un anónimo curioso
Yo creo que ya hice mi analogía: hay que retirar los planes trabajar.
Estimado Anónimo Curioso:
Aun si se pudiera definir este blog como un blog jurídico; depende del concepto de derecho que tengas.
Además, todo lo jurídico refleja o cristaliza aspectos políticos, morales y axiológicos de todo tipo.
Saludos y comentá más seguido,
AB
Yo quiero saber cuál fue la respuesta del Dr. Flammá!
NO me desconectaria, está mal que no me hubiesen pedido el consentimiento. Pero tenemos el derecho de decidir si alguien vive o muere? Que haríamos si nosotros fueramos el violinista?. Acaso nos resignariamos a morir? y nuestra familia que haria al saber que hay alguien que me puede ayudar? se resignarian ellos?. Ademas que ganaría con hacer que lo desconecten. Mejor esperar los 9 meses y sentir que tuvimos la oportunidad de ser madres, aunque sea de forma indirecta o acaso es mejor sentirnos Homicidas?. Recordemos que una vida estaria en nuestras manos.
Carolina, esa es la gran disyuntiva, bien lo planteas.
Como habrás visto hay distintas opiniones y ese es el fin de este post, de este Blog.
La analogía funciona en este caso asimilándolo a la decisión de realizar o no un aborto, en la medida que consideremos que con el ovulo fecundado en el seno materno, ya hay vida humana. Cuestión que como también habrás visto no todos comparten.
Gracias por participar y te esperamos mas seguido.
Aprovecho para contestar a Negrucha. Mi respuesta fue que no me desconectaría.
Saludos.
Max.
No me desconectaría por simple y sencilla solidaridad. A pesar de que me han llevado allí contra mi voluntad y sin consultarme, aceptaría pasar nueve meses para salvar la vida de una persona sin dudarlo. Eso sí, lo comprometería a tocar el violín en mi casamiento y en todos mis cumpleaños como mínimo.
Saludos
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