Entre el 15 y el 18 de febrero de 2016, la Relatoría de la Comisión
Interamericana sobre los derechos de las personas privadas de libertad visitó
Costa Rica. Allí recibió información sobre el abuso del encarcelamiento
preventivo. El 11 de marzo la Comisión Interamericana emitió un duro comunicado
con esa información
A continuación reproducimos algunos párrafos del comunicado de la
Comisión
Con base en la información
recabada por la Relatoría de la CIDH en su visita de trabajo, la Comisión
destaca a continuación varios aspectos relacionados con los derechos de las
personas privadas de libertad en Costa Rica.
...
Respecto al uso de la prisión
preventiva, la CIDH recuerda que debe tener carácter estrictamente excepcional,
y que su aplicación se debe adecuar a los principios de legalidad, presunción
de inocencia, razonabilidad, necesidad y proporcionalidad.
Según cifras oficiales, a enero
de 2016 había 2.530 personas en prisión preventiva en Costa Rica, es decir 18%
del total de la población detenida en centros penitenciarios. Al respecto, la
Relatoría fue informada que la prisión preventiva no se utiliza de manera
excepcional y que prevalece sobre la aplicación de medidas alternativas a la
misma; lo anterior debido a que la privación de libertad sería considerada como
la “medida idónea para resolver los problemas de criminalidad”. En este
sentido, el Vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia indicó que “se abusa
de la prisión preventiva, y esta figura se ha ido convirtiendo en una regla y
no en la excepción”. Por su parte, la Ministra de Justicia se refirió al “uso
irracional” de la prisión preventiva; y una persona privada de libertad en la
cárcel de San Sebastian manifestó que “No nos investigan para detenernos. Nos
detienen para investigarnos”.
...
Por
otra parte, la Relatoría fue informada por representantes de los tres Poderes
del Estado, así como de la sociedad civil acerca de la aplicación de políticas
criminales de “mano dura” implementadas a fin de buscar soluciones a los
problemas de seguridad ciudadana que habrían aumentado durante los últimos años
en Costa Rica, y que habría resultado en un “endurecimiento” de las leyes en la
materia...
Asimismo,
la Comisión Interamericana expresa su preocupación por la información recibida
de distintas fuentes, en el sentido que medios de comunicación y opinión
pública de Costa Rica ejercerían presión para enfrentar los problemas de
seguridad ciudadana a través de la aplicación de penas privativas de libertad.
En particular, representantes de la sociedad civil costarricense refirieron que
las autoridades judiciales que habrían impulsado la aplicación de medidas
alternativas, se están enfrentando procesos disciplinarios, lo que afecta gravemente
su independencia y la consecuente determinación de medidas alternativas a la
privación de la libertad. Al respecto, la CIDH recuerda que el uso racional de
las medidas cautelares no privativas de la libertad, de acuerdo con criterios
de legalidad, necesidad y proporcionalidad, no riñe con los derechos de las
víctimas, ni constituye una forma de impunidad...
...
La Comisión Interamericana
señala que tanto los órganos del Sistema Interamericano, como otros organismos
internacionales de derechos humanos, han recomendado consistentemente a los
Estados recurrir con mayor frecuencia a las medidas cautelares no privativas de
la libertad como parte de una estrategia conducente a reducir el número de
personas en prisión preventiva y, consecuentemente, los niveles de
hacinamiento. La CIDH ha señalado, que debido a su propia naturaleza, estas
medidas resultan eficaces como parte de una estrategia integral para hacer
frente al hacinamiento.
Lo interesante del duro comunicado de la Comisión consiste en el
hecho de que está dirigido a Costa Rica, país que, comparado con el resto de
los países del sistema interamericano, tiene tasas de detenidos sin condena bastante
reducidas, una legislación procesal actualizada y un poder judicial
relativamente respetuoso de los derechos humanos en el ámbito de la justicia
penal.
Además, parte de las autoridades han manifestado su compromiso con
una política orientada a reducir el uso y abuso del encarcelamiento preventivo,
y favorecer medidas cautelares alternativas. Así, por ejemplo, la Ministra de
Justicia, Cecilia Sánchez Romero
(aquí se pueden leer sus opiniones sobre el problema del encarcelamiento preventivo).
Este comunicado de la Comisión Interamericana debe ser leído por
nuestros países como una seria advertencia dirigida a legisladores, jueces y
fiscales. Ello pues tanto en nuestro país como en otros países americanos, la
situación del encarcelamiento preventivo es mucho más grave que en Costa Rica. Los
estándares establecidos en el sistema de protección internacional de la OEA por
la Comisión y, especialmente, por la Corte Interamericana, sólo pueden
funcionar si son respetados y aplicados por las autoridades locales. Además, es
deber de los abogados defensores en los casos penales exigir el respeto
constante de dichos estándares.
Los estándares mencionados han sido recopilados recientemente en el Informe
sobre el uso de la prisión preventiva en las Américas. El uso de este Informe
no puede ser ignorado por los partidarios de manos “duras”, “justas”, o como
quieran llamarles. Por lo demás, permitirá poner en evidencia a quienes aún
suelen citar de mala fe el caso Firmenich
para justificar en todos los casos la privación de libertad supuestamente
cautelar.
El Informe sobre el uso de la prisión preventiva en las Américas se
puede descargar aquí.
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