Éste es el blog personal de Alberto Bovino.
Las notas no son escritas en calidad de miembro de ninguna institución, estudio jurídico o universidad, y expresan nuestras opiniones personales.
Las entradas son de exclusiva responsabilidad de quienes la firman.
1 abr 2010
EL NUEVO STAFF DE "NO HAY DERECHO"
¿AHORA SOMOS TRES?
No, lo que somos es inimputables...
En realidad somos 6, pero parece que Cuatri4 se manducó a los tres Cuatri-hermanitos.
(((eSTAN EN SU 'DERECHO' DE SER FUMADORES, GORDOS Y TOMADORES DE ALCOHOL, O COMO YO: 'DE NO QUERER HACER EDUCACION FISICA OBLIGATORIA O ASISTIR A RETIROS ESPIRITUALES OBLIGATORIOS, DENTRO DE LA POLICIA DE LA PROVINCIA DE MISIONES´, O COMO AQUELLOS CONTRAVENTORES DE FALTAS DE TRANSITO QUE NO LLEVABAN CASCO PUESTO EN MOTOCICLETA, QUE EL JUEZ DE FALTAS LIBERO DE LA MULTA, PUES ERAN 'MAYORES DE EDAD Y CAPACES' Y 'NO HABIAN HECHO NINGUN DAÑO A TERCEROS CON 'SUS ACCIONES PRIVADAS' (DESESION O NO DE USAR CASCO O CINTURON DE SEGURIDAD), EN BASE AL FALLO DE LA CFJ (CORTE FEDERAL DE JUSTICIA - EX CSJN., HABLANDO CON PROPIEDAD POR DERECHO PUBLICO PROVINCIAL Y MUNICIAPAL), EN LA 'CORRECTA' INTERPRETACION DEL ART. N° 19 de la CFA (Constitucion Federal Argentina - Ex CNA), CREO QUE ES HORA DE QUE EL ESTADO FEDERAL CENTRAL EMPIECE A RESPETAR LAS LIBERTADES DE SUS CIUDADANOS Y 'SUS' ELECIONES PROPIAS MIENTRAS ELLO NO PERJUDIQUE A TERCEROS)))
3 comentarios:
Ahora tendremos que agudizar nuestras mentes por triplicado!
"sin comentarios..." ¿cuenta como un comentario????
(((eSTAN EN SU 'DERECHO' DE SER FUMADORES, GORDOS Y TOMADORES DE ALCOHOL, O COMO YO: 'DE NO QUERER HACER EDUCACION FISICA OBLIGATORIA O ASISTIR A RETIROS ESPIRITUALES OBLIGATORIOS, DENTRO DE LA POLICIA DE LA PROVINCIA DE MISIONES´, O COMO AQUELLOS CONTRAVENTORES DE FALTAS DE TRANSITO QUE NO LLEVABAN CASCO PUESTO EN MOTOCICLETA, QUE EL JUEZ DE FALTAS LIBERO DE LA MULTA, PUES ERAN 'MAYORES DE EDAD Y CAPACES' Y 'NO HABIAN HECHO NINGUN DAÑO A TERCEROS CON 'SUS ACCIONES PRIVADAS' (DESESION O NO DE USAR CASCO O CINTURON DE SEGURIDAD), EN BASE AL FALLO DE LA CFJ (CORTE FEDERAL DE JUSTICIA - EX CSJN., HABLANDO CON PROPIEDAD POR DERECHO PUBLICO PROVINCIAL Y MUNICIAPAL), EN LA 'CORRECTA' INTERPRETACION DEL ART. N° 19 de la CFA (Constitucion Federal Argentina - Ex CNA), CREO QUE ES HORA DE QUE EL ESTADO FEDERAL CENTRAL EMPIECE A RESPETAR LAS LIBERTADES DE SUS CIUDADANOS Y 'SUS' ELECIONES PROPIAS MIENTRAS ELLO NO PERJUDIQUE A TERCEROS)))
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