1 jun 2010

MARIDOS VIOLENTOS: LA VIOLACIÓN DENTRO DEL MATRIMONIO

RESPUESTA A JULIA Por AB



Una de nuestras lectoras dijo:


Anónimo dijo... Hola, leo por primera vez el blog. Me intereso mucho el articulo de genero, pero no pude terminar de leerlo.


Queria saber que opinan en los casos en que la agresión sexual se da en el matrimonio. El 119 no dice nada al respecto, y la jurisprudencia refieriendose al debito conyugal, dice que no hay delito. Por otra parte existe un proyecto de Marcela Rodríguez que agrava si es cometido en el matrimonio, pero que creo que no tuvo tratamiento en la Comisión de Penal.


Por otra parte, me parece injusto que en el careo, el imputado pueda negarse y que la norma no diga nada al respecto en cuanto a la víctima, ya que creo que sería seguir exponiendola a situaciones de vulnerabilidad.


Me gustaria saber la opiniones de uds al respecto.


Saludos,


Julia


Aquí, un extracto de Cecilia Sánchez sobre el tema

LA VIOLACIÓN DENTRO DEL MATRIMONIO:
PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL

Cecilia Sánchez Romero
Directora Digesto de Jurisprudencia Profesora de la Universidad de Costa Rica

El acceso carnal forzado con la cónyuge, es un tema poco tratado expresamente por nuestros tribunales, corno constitutivo de un ilícito penal, y de casación solo conocemos la sentencia No. 600, de 9:20 hrs. del 22 de abril de 1994, a la que nos referiremos más adelante. La razón de ese vacío jurisprudencial, no creemos que obedezca precisamente a la falta de denuncia de situaciones de ese tipo, sino más bien a una equivocada concepción del papel de la mujer en nuestra sociedad.

La discusión sobre el punto ha estado latente siempre, y en no pocas oportunidades se levantaron voces defensoras de la mencionada conducta, señalando que la "cohabitación" o "vida en común" a que alude el Código de Familia, implica una obligación por parte de la mujer de acceder sexualmente cuando sea requerida al efecto por su marido. Está claro que ésta es una visión cosificante que desconoce su individualidad e irrespeta en grado sumo el derecho a la propia forma de pensar, sentir, vivir etc., pero que, por desgracia cuenta con partidarios en nuestro medio, reforzados en sus argumentos por una equivocada concepción religiosa de la institución matrimonial, pues en gran medida la iglesia contribuye a fortalecer las desigualdades al imponer la obligación de "soportar", "para salvar el matrimonio" como expresamente lo señalan algunos de sus representantes. La unión legal se convierte desde esta perspectiva en una relación de dominación en la que, una de las partes, el varón por supuesto, está facultado para imponer su voluntad y modelar a su antojo la convivencia. Así, comentando la sentencia a la que nos referiremos, un penalista de nuestro medio señaló que la mayoría de los tratadistas niegan que pueda existir violación en el matrimonio "porque la mujer tiene un deber de cohabitar con el marido y eso es el matrimonio.

Excepto cuando la vida de la mujer está en peligro, por el contagio de una enfermedad o por la presencia de la menstruación, ésta no puede negarse a tener relaciones sexuales con su esposo y si viniera una acusación por violación, el esposo tendría la facultad de alegar ese derecho."(1)

La relación entre moral cristiana tradicional y derecho, se hace evidente en muchas disposiciones normativas, y sobre todo en su apreciación por los juzgadores; sobrados pronunciamientos conforman nuestra jurisprudencia en materia de familia, en los que las situaciones de adulterio fueron tratadas en forma completamente distinta según se tratara del varón o de la mujer, pues en este último caso la afrenta al honor del marido fue duramente castigada. En el campo del Derecho Penal, el contenido que se le ha dado a elementos normativos de algunos tipos penales, entre ellos la "honestidad", mencionada en el articulo 159 que sanciona el acceso carnal con mujer honesta, aun con su consentimiento, si se trata de una mayor de doce años o menor de quince, es muy representativo del ligamen a que hemos hecho referencia entre moral y derecho, pues aunque han sido varias y muy diversas, la mayoría de las valoraciones reflejan una parcializada y sexista visión del honor, ya que hasta la visita frecuente a un "salón de baile", se ha dicho que convierte a la víctima en una mujer no honesta, cuya libertad sexual no debe protegerse.

Por supuesto que no nos inclinamos por la penalización de todos los actos de índole sexual, pero sí creemos que las conceptualizaciones sobre el tema deben estar alejadas del moralismo y las llamadas "buenas costumbres" y que temas como el del aborto debieran ser analizados no desde el punto de vista ético cristiano sino con una propuesta distinta que incluya un visión democrática de maternidad como opción libre, o que, al menos, en todo caso, se analizara fuera del Derecho Penal, pues éste, con la criminalización no resuelve el derecho a la vida de las nuevas generaciones. Se trata de un tema de mucha actualidad que merece por supuesto un posterior análisis en forma separada, pero al menos queremos dejar expuesta la inquietud sobre la necesidad de someterlo a discusión.

El texto completo aquí



También tenés información sobre el tema aquí y aquí.



4 comentarios:

Anónimo dijo...

Che, pero es horrible que esto aún se someta a discusión ¿o sea que si yo me caso con una mujer, paso a ser dueño de su cuerpo?

¡Es espantoso! Soy hombre y, aún así, me indigna (me imagino que ud. compartirá también mi sensación)

Anónimo dijo...

P.D.: Un caso resonante de marido violador es el ex de Lorena Bobbit. Dicho de otro modo, ella llegó a hacer lo que le hizo porque el tipo era un abusador (también le pegaba, por si fuera poco).

O sea, no me gustaría que me corten la pi***, pero ese tipo bien que se la buscó

vfedor dijo...

Voy a opinar sin leer el artículo de manera completa:
Las soluciones en materia de Alimentos, son por género. Así lo pone en evidencia la jurisprudencia.
Cuando está en juego un derecho de propiedad, las soluciones soslayan el género. Así lo pone en evidencia la admisión del Desalojo contra el Concubino.

¿Una sana crítica prejuiciosa ?

Miguel dijo...

Nada más faltaría decir que es cosificante qu un hombre tenga la obligacion de trabajar para mantener a su mujer. Yo no creo que las obligaciones maritales cosifiquen a la mujer. De cualquier modo este es un asunto de valores y lo que resulta importante es que el hombre y mujer que forman una pareja puedan compartir al menos los valores más básicos para poder entenderse, de otro modo no tienen nada que hacer juntos.