30 sept 2010

Servicio Cívico Voluntario

Por M.F.

Cuando el síndrome de BALATÓN está presente, desaparece la posibilidad de interpretar los reveses como la evidencia misma de que la estrategia es mala. El fracaso será observado más bien como la confirmación del acierto del rumbo adoptado con la salvedad de que los recursos eran insuficientes o que la faltaba entusiasmo. Un buen ejemplo de esta situación fue la decisión adoptada en los años 50 por los políticos húngaros de sembrar cítricos a orillas del lago BALATÓN. La posibilidad de rectificar el rumbo adoptado fue aniquilada cuando, asignando la fuerza de un desafío bélico, los gestores del proyecto decidieron ignorar la predicción de un experto para quien las plantaciones no tolerarían el frío de la región.

Cuando finalmente el desastre se produjo, los funcionarios acusaron al experto de traicionar el proyecto: su avieso propósito fue evidente desde un principio; su interés en el fracaso de la empresa explicaba el desastroso resultado. Este interés - razonaron los funcionarios- se hizo evidente al anunciar el fracaso. Lamentablemente el Síndrome de "Balatón" no es patrimonio exclusivo de los húngaros.


Jaime MALAMUD GOTI, El poder desarticulan y los discursos de emergencia: el caso de la guerra contra las drogas.


Dentro de un paquete de leyes en materia de seguridad, durante la noche de ayer la Cámara de Diputados, dio media sanción al Servicio Cívico Voluntario. Como objetivo, dicho programa propone que las instalaciones y el personal de las Fuerzas Armadas se constituyan en un espacio de contención a jóvenes de entre catorce (14) y veinticuatro (24) años, en situación de riesgo. Y desde allí, alentar a través de políticas activas, la terminación del ciclo educativo básico y la capacitación en oficios de los ciudadanos ingresados.

El proyecto, que solo contó con dictamen de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales y no con el de la Comisión de Educación, como sería de esperar - no define que se entenderá por “situación de riesgo”.

Sin embargo se establece que los ingresantes, ya sea que opten por incorporarse en condición de alumnos permanentes o concurrentes tendrán derecho, en ambos casos, a recibir alimentación y vestimenta en el lugar donde desarrollen su formación, por el período en que estén afectados al Servicio. Los ciudadanos ingresados en condición de alumnos permanentes recibirán, además, alojamiento en la unidad que se afecte al Servicio. Cuando se tratare de instalaciones de las Fuerzas Armadas, deberán respetar los reglamentos de éstas, referidos a normas de convivencia.

Agrega el proyecto que durante su permanencia en el Servicio Cívico Voluntario, los alumnos percibirán mensualmente, en carácter de beca de estudio, una suma que no podrá ser inferior al monto de tres asignaciones familiares por hijo, es decir, no inferior a $ 540.

Lo todavía más llamativo del caso es que las propias Fuerzas Armadas han hecho saber su rechazo a la medida. Así un informe del Departamento de Política Institucional de la Secretaría General del Ejército, había señalado que:

no es posible identificar la conveniencia y oportunidad de llevar adelante la aplicación del Servicio Cívico Voluntario en dependencias de las Fuerzas Armadas y por personal de dichas fuerzas, teniendo en cuenta que ello implicaría la desnaturalización del instrumento militar, principalmente por las consecuencias sobre la organización, la utilización de los recursos humanos, materiales y presupuestarios de las Fuerzas Armadas y en especial a la luz de las tareas y responsabilidades propias y naturales del ámbito militar, que no incluye la enseñanza formal de adolescentes y jóvenes ni la capacitación en oficios”.

Saludable posición del Ejército reconociendo no estar capacitados para la enseñanza de jóvenes.

Y entonces me preguntaba:

¿Por qué existiendo en nuestro país un servicio de educación pública nuestros legisladores se ven impulsados a la creación de un programa de estas características, aún en contra de la opinión de quienes en definitiva deberán encargarse de desarrollarlo?

Buscando alguna respuesta que conjugara "seguridad", "niñez", "educación" me acerqué a mi biblioteca y lo primero que encontré fue: Los “salvadores del niño” o la invención de la delincuencia de Anthony M. Platt, pero era tarde, el sueño me vencía y no pude leer más que el epígrafe que encabeza la obra:

Dice una máxima, trillada pero cierta, que es más fácil y mejor prevenir el mal que curarlo; y en nada es más cierta esta máxima que en relación con la delincuencia. Destruir la simiente del crimen, secar sus fuentes, matarlos en el huevo, es mejor que la represión, y aun que la reforma del criminal. Pero pese a todo cuanto pueda lograr el sistema de instrucción pública mejor organizado y administrado, siempre quedará un considerable remanente de niños (en los Estados Unidos actuales no pueden ser menos de medio millón) a los que no lleguen estos sistemas. Su indigencia, su vida vagabunda, sus depravados hábitos, su condición harapienta e inmunda, impiden que los admitan en las escuelas ordinarias. De esta clase de desharrapados es de donde se están reclutando continuamente nuevos criminales, y así seguirá siendo mientras se permita su existencia. Nacieron para el crimen, y para él los criaron. Hay que salvarlos.

ENOCH WINES (1880)


Otro día con mas tiempo habrá que ponerse a pensar qué pasa.

28 sept 2010

Elogio de la huelga general - Antonio Baylos

ALGO QUE VALE LA PENA LEER






Los dados están ya rodando sobre la mesa. Es el día previo a la huelga general y todos los medios de comunicación intervienen en el conflicto porque saben que se trata de un hecho social y político extraordinariamente relevante. La huelga pone nerviosos a muchos y a otros les incomoda. Una buena parte de las fuerzas del privilegio económico quieren ahora banalizar el conflicto como si no tuviera ni relieve ni importancia. Todo sigue igual y debe seguir así, la huelga general de hoy no tiene los tintes épicos de la sublevación revolucionaria de antaño. Es sólo una pantomima. Así ayer hablaba Luis Solana en CNN+, con calderoniana ramplonería, señalando el “gran teatro” de la huelga y su impostura, coincidiendo por cierto con Gabriel Albiac (¡ay esas compañías!) que insistía en su púlpito antisindical de papel impreso en definir la huelga como un mero “un acto escénico”.


¿Qué es hoy una huelga general? ¿Es cierto que se trata de un acto sin sentido, incapaz de afectar a la realidad de las cosas “que importan”? ¿Qué significado tiene participar en la convocatoria del 29 – S, más allá de los contenidos concretos que se han esgrimido por los sindicatos, los motivos de la huelga y su colocación en un marco determinado de políticas económicas y (anti)sociales de salida de la crisis?


...


La entrada entera en el blog del maestro Antonio Baylos

Debilidades del hábeas corpus en Córdoba



1. El hábeas corpus en Córdoba no ofrece una adecuada protección a la libertad personal, especialmente fuera del horario laboral de los tribunales. Como regla general, el hábeas corpus permite solicitar a un juez que impida o ponga fin a una detención ilegal o injustificada, o que corrija las condiciones en que se encuentra la persona arrestada. Se trata de una institución muy antigua, hoy regulada en la Constitución nacional (art. 43) y también en la de Córdoba (art. 47).

2. Sin embargo, nuestra provincia no tiene reglas específicas sobre cómo debe actuar la Justicia ante la presentación de un hábeas corpus. Córdoba no tiene una ley de hábeas corpus; sí la tienen, por ejemplo, Corrientes (ley 5854, de 2008), Tierra del Fuego (ley 333, de 1996) o Chaco (ley 4327, del mismo año). Tampoco hay pautas concretas en la ley cordobesa que rige los procedimientos penales. La Provincia de Buenos Aires, por ejemplo, regula el hábeas corpus como un capítulo de los procesos penales (ley 11.922, arts. 405 a 420). En Tucumán, en cambio, existe un Código Procesal Constitucional (ley 6944), cuyo capítulo II trata el hábeas corpus. Nuestra provincia no ha optado por ninguna de esas alternativas. Desde la derogación del código procesal penal de 1939 (ley 3831), las normas posteriores no regularon el hábeas corpus. El procedimiento fijado en la ley nacional de hábeas corpus (23.098, de 1984) no se aplica, en virtud del régimen federal argentino.

3. En este marco, hoy no se garantiza la intervención inmediata del juez ante la detención. Esto contradice el art. 43 de la Constitución nacional, donde se establece que “el juez resolverá de inmediato”.

Por lo tanto, ¿qué ocurre ante una detención efectuada durante la noche o el fin de semana, fuera del horario de oficina de los tribunales? En primer lugar, es difícil que la Mesa de Atención Permanente reciba el hábeas corpus. Pero aun si lo recibe, no hay certeza de que el juez, según lo ordena la Constitución, se avoque de inmediato a analizar el arresto. En general, el tratamiento se postergará hasta el día hábil siguiente.

Esta incertidumbre resulta preocupante en Córdoba, donde el Código de Faltas (ley 8431) permite a la Policía detener personas por figuras tan vagas como el “merodeo” (art. 98) y luego imponerle penas, incluso sin necesidad de convocar a un abogado (art. 15 del Código de Faltas). Durante 2009, según datos oficiales, se practicaron más de 50 mil arrestos por contravenciones. Cuando estas detenciones ocurren fuera del horario laboral, no hay cauces claros para esta garantía.

4. La demora en tramitar un hábeas corpus resulta peligrosa. Significa que la persona detenida permanece sin la protección de un juez, lo que afecta el derecho a la tutela judicial efectiva (art. 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, dotada de jerarquía constitucional). También impide que el magistrado garantice el derecho a un abogado defensor, o revise si las figuras o procedimientos del Código de Faltas contradicen derechos constitucionales. A través del hábeas corpus también pueden controlarse las condiciones de detención, especialmente respecto de lugares como la Unidad de Contención del Aprehendido, el antiguo edificio de Encausados.

5. La protección debida a la libertad de las personas exige un procedimiento efectivo de hábeas corpus. Debe garantizarse el avocamiento inmediato del juez, dentro o fuera del horario de oficina. De lo contrario, miles de arrestos siguen sin control judicial de motivación, procedimiento, constitucionalidad o condiciones.

27 sept 2010

Mi primera vez

Debut en San Salvador

Por AB



Ya era bastante grande cuando fue mi primera vez. Había ido a El Salvador medio de vacaciones, medio a trabajar. Hubieran sido puras vacaciones de no haber sido porque en San Salvador estaba Alberto Binder involucrado en el proceso de reforma de la justicia penal.


Los estudiantes estaban organizando un congreso de derecho penal estudiantil, e inmediatamente el apóstol reformista me instruyó para que trabajara con ellos. Más allá de ayudarlos a organizar el congreso, fui invitado por ellos a participar en dos conferencias. Una sobre la crisis del sistema carcelario; la segunda sobre el sentido y utilidad de la dogmática jurídico-penal.


Tenía 31 años cuando debuté. Hasta ese momento no había dado una conferencia ante un público considerable. Así fue como en San Salvador debuté como profesor que da una conferencia —¿de qué pensaron que se trataba esta entrada?—.


1


La primera conferencia me generó pánicos de todo tipo, especialmente pánico escénico. Además, se suponía que había criminólogos que debían saber muchísimo más que yo sobre el tema carcelario —nuestra formación como abogados no es la formación adecuada para el estudio de la criminología—. Recuerdo que fue un debut poco afortunado —en esto se podría hacer un paralelo con el clásico “debut” en el que habrán pensado ustedes—.


Creo que éramos cuatro expositores. Cada uno tenía 30/40 minutos para exponer y las preguntas se hacían al final de las cuatro exposiciones.


Jamás comprendí por qué razón se invita a más de dos o tres expositores a dar una conferencia en la cual cada uno habla como mínimo treinta minutos. Mucho menos que se los haga exponer a todos seguidos, sin dar un respiro a quienes hacen de público. Nadie puede mantener la atención que se requiere para escuchar a cuatro expositores al hilo.


Encima, a mí me tocaba en último término. Ya ni recuerdo qué fue lo que dije. Lo que sí me llamó muchísimo la atención fue que los tres primeros expositores dieron su conferencia como si ellos fueran los únicos. Es decir, cada uno fue, recitó el speech que tenía preparado para la ocasión, sin importarle en lo más mínimo qué habían dicho o qué dirían los demás. De este modo, a la imposibilidad de mantener la atención durante las cuatro exposiciones se sumaba una dificultad adicional que consistía en nuestro autismo como expositores.


No hubo ningún debate, no se realizó ninguna mención a los demás expositores, no existió análisis comparativo de los distintos enfoques y puntos de vista. Hubiera sido más útil para todos que los asistentes leyeran cuatro textos en sus casas antes que convocarlos a una conferencia.


2


Tratando de recordar, siempre me sucede que no fue ésa primera vez la que viene a mi memoria cuando quiero recordar mi primera conferencia o exposición en un congreso estudiantil. Tal vez se deba a que ésa no fue una conferencia. La experiencia que sí viene a mi memoria fue mi segundo intento.


Se trataba de una conferencia sobre la utilidad de la dogmática jurídica como método de interpretación y aplicación del derecho penal. Los expositores éramos Alberto Binder, Juan Carlos Ferré Olivé y yo. Antes de la hora programada, entre los tres decidimos que, en vez de dar tres conferencias autistas, nos tomaríamos entre cinco y diez minutos cada uno para presentar nuestros puntos de vista sobre el tema, para luego continuar con un debate entre los tres.


Yo pensaba hacer una fuerte crítica a la dogmática para cerrar con un rescate de algunos de sus aspectos útiles y racionales. Sin embargo, después de la breve charla con Alberto y Juan Carlos, dije:


- Si ustedes la van a defender, entonces yo solo me voy a dedicar a cuestionarla.


No sé si decidí eso por una cuestión pedagógica o de puro hinchapelotas que soy. Pero allí fuimos. Entramos al Aula Magna de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional. El largo salón estaba repleto y habría alrededor de 700 estudiantes. Como si toda esta presión no fuera suficiente, un gigantesco retrato del Che nos miraba vigilante desde la pared del fondo del Aula Magna, a nuestras espaldas. Mi pánico escénico había disminuido un poco debido al Alplax que me había tomado antes de iniciar la conferencia.


Así, largamos con las tres breves presentaciones iniciales. Yo había quedado sentado en el medio de la mesa sobre el escenario, con Juan Carlos Ferré a mi izquierda y Alberto Binder a mi derecha.


En lo que siguió, entre los tres tuvimos un encarnizado debate en el cual yo estaba claramente en desventaja, no solo porque estaba en minoría, sino por quiénes integraban la mayoría. Pero me defendí como pude, y hubo un par de golpes de efecto muy divertidos en los cuales el público se puso de mi lado. Uno fue un golpe bajo que le tiré a mi tocayo Binder y que me da vergüenza recordar —Vasquito, no insistas, no lo voy a contar—.


Otro fue algo así como un “hurto de micrófono”. En un momento, no recuerdo qué dije pero mis dos amigos se pusieron como locos, y se pasaban el micrófono uno al otro sin dejarme replicar, pero la segunda o tercera vez que quisieron hacerlo pegué un manotazo y logré hacerme con el electrónico instrumento que nos permitía ser oídos por los setecientos estudiantes. El público me aplaudió, a pesar de que yo creo que mucho no me entendían cuando hablaba en mi elegante castellano-argentino a velocidad impulsada por ráfagas de adrenalina.


Finalmente, la conferencia-debate terminó y recibimos muchos aplausos. En esa oportunidad sí me emocioné, porque sentí una fuerte comunicación con los estudiantes. Bajamos del escenario y nos pusimos a charlar los tres, haciendo bromas y riéndonos de las trompadas que nos habíamos tirado durante la discusión.


Acto seguido, ocurrió algo que siempre me dio vergüenza en ocasiones posteriores. Vinieron muchos estudiantes y nos pidieron sacarse una foto con nosotros. Uno pone la mejor cara de “yo no fui” y posa para las fotografías.


Luego se acercaron algunos de los organizadores. Entre otros, Jaime Martínez y René Castellón. Le pregunté a uno de ellos si se había entendido algo de lo que había dicho. Y entonces uno de ellos —no recuerdo cuál— nos dijo que sí se había comprendido, pero que eso no era lo importante.


Lo importante —continuó— había sido que los tres expositores nos habíamos “matado” en la discusión. Pero que había sido una batalla de ideas, no un enfrentamiento personal. Y que les había llamado la atención que, después de semejante pelea teórica, nos pusimos a charlar y seguimos tan amigos como siempre.


Paradójico, ¿no? Lo que los había impresionado positivamente fue aquello que en nuestro país a veces nos hace tan impopulares.

25 sept 2010

No fume, no beba, no coma…

Piden que no amplíen la ley antitabaco




Dueños de bares y restaurantes y los kiosqueros se oponen a una ampliación de la ley antitabaco, que prohibiría habilitar sectores para fumadores y obligaría a exhibir carteles contra el cigarrillo en los kioscos. La reforma, propuesta por el diputado macrista Helio Rebot, está al estudio de la Legislatura porteña.


El proyecto, ahora en debate en las comisiones de Salud, Desarrollo Económico y Justicia, propone derogar el artículo 21 de la ley 1799. Este artículo permite que bares, restoranes y salones de fiestas de más de 100 m2 tengan sectores para fumadores. El argumento es que sólo los espacios 100% libres de humo garantizan la salud.


“La ley funciona y se cumple. Hicimos las modificaciones que fueron necesarias y nuestra clientela nos elije por eso. Alguien debería tenernos en cuenta antes de tomar una decisión que nos va a afectar directamente tanto a nosotros como a nuestros clientes”, cuestiona Roberto Amitrano, de la Asociación de Amigos de la Calle Reconquista.


Además, el proyecto impulsa que los kioscos exhiban cartelería contra el cigarrillo “en forma destacada”. Eduardo Medaglia, titular de la Unión de Kiosqueros de la República Argentina, explica que en los kioscos el espacio para exhibir mercadería es indispensable para que haya ventas. “Los cigarrillos son sólo uno de los productos que se venden. Las galletitas, golosinas y bebidas traen su material publicitario y en algún lado hay que ubicarlo. Nadie se va a hacer cargo si nuestras ventas caen”.


25/9/2010 Nota publicada en Clarín.



Cualquier parecido con la realidad es mera coincidencia




El Antitabaquismo en el Tercer Reich


Publicado en el Blog "El Nacional Socialismo Argentino"





Los historiadores y epidemiologistas apenas acaban de empezar a explorar el movimiento anti-tabaco desarrollado en Alemania durante el gobierno de Adolf Hitler. Alemania tuvo el más fuerte movimiento antifumador del mundo en la década de los 30 y la primera mitad de la década de los años 40, con medias tales como la prohibición de fumar en lugares públicos, prohibiciones de anunciarse, restricciones para las raciones de tabaco para las mujeres, y la más refinada investigación mundial sobre los efectos del tabaco, aportando pruebas científicas de la ya evidente relación entre el tabaco y el cáncer de pulmón.


...


El primer caso de un estudio controlado sobre la relación entre cáncer de pulmón y tabaquismo se llevo a cabo en Alemania en 1939. Esto fue posible con el respaldo de la Oficina Contra los Riesgos del Alcohol y el Tabaco, establecida en 1939 por el Doctor Leonard Conti, responsable de los Asuntos de Salud del Reich, al que había precedido en el cargo Gerhard Wagner. El Instituto de Investigación de los Riesgos del Tabaco, establecido en la Universidad de Jena, desarrolló un segundo estudio en 1942. Este Instituto fue financiado con 100.000 marcos del Reich provenientes de las finanzas personales de Adolf Hitler.


Además de investigaciones sobre el tabaquismo, también había muchas campañas de promoción de lo saludable de no fumar. Las Juventudes Hitlerianas y la Liga de Chicas Alemanas repartieron abundante propaganda anti-tabaco. En 1942 la Federación de Mujeres Alemanas (BDM) lanzó una campaña contra el consumo de tabaco y alcohol. El Frente Alemán del Trabajo también desarrollo muchas campañas donde se hacia hincapié en los efectos dañinos del tabaco para la salud.


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Claramente había unos vínculos considerables entre la promoción de unos estilos de vida sanos y la idea de defensa de la raza. El tabaco y el alcohol se consideraban como "venenos genéticos" que llevaban a la degeneración del pueblo alemán, ya que afectaban a la fertilidad y podían causar daño cromosologico. Quizás por este motivo, la promoción de hábitos saludables durante el III Reich no se ha dado a conocer al gran publico, que como resultado de 70 años de propaganda sigue pensando que todo lo "nazi" es malo y detestable por naturaleza.

23 sept 2010

SI SEGUIMOS ASÍ, ADMITIREMOS QUE UN HOMBRE SE CASE CON SU OVEJA....

Otras uniones matrimoniales

Por Domingo Rondina






El argumento (repetido hasta el cansancio en estos días) de comparar el matrimonio entre personas del mismo sexo con otras uniones es más risueño que sustancioso.

Además ¿qué tipo de argumento terrorista es 'no hagan esto que está bien porque quizás por este camino un día harán algo que está mal'?

Pero, con el fin de generar siempre debate, vamos a aportar algunas reflexiones al respecto...

El artículo 20 de la Constitución argentina establece el derecho de los extranjeros a casarse. El derecho se ubica en este artículo ya que una de las preocupaciones alberdianas era que no podía atraerse a los europeos que él quería ver llegar a nuestras tierras si no se les admitían sus matrimonios (Alberdi pensaba en los cristianos no católicos).


Releamos al padre de la constitución: "Hay pretensiones que carecen de sentido común, y es una de ellas querer población, familias, costumbres y al mismo tiempo rodear de obstáculos el matrimonio del poblador disidente: es pretender aliar la moral y la prostitución. Si no podéis destruir la afinidad invencible de los sexos, ¿qué hacéis con arrebatar la legitimidad a las uniones naturales? Multiplicar las concubinas en vez de las esposas; destinar a nuestras mujeres americanas a ser escarnio de los extranjeros; hacer que los americanos nazcan manchados; llenar toda nuestra América de guachos, de prostitutas, de enfermedades, de impiedad, en una palabra."



Es decir: debemos facilitar las uniones matrimoniales para darle previsibilidad a las relaciones interpersonales. Y ese es un principio claro y contrario a cualquier discriminación.


Veamos algunos de los ejemplos de otras uniones:

* El matrimonio con animales no puede ser regulado por el derecho porque regula relaciones interpersonales. Sí puede el derecho regular algunas instituciones que parecen matrimoniales e implican beneficios a los animales pero en cuanto cosas que son, y varios de esos aspectos están actualmente siendo resueltos pretorianamente, por la jurisprudencia (simil hereditarios como legados en su favor, medicina veterinaria prepaga, derechos de visitas en caso de divorcio de la pareja de propietarios, sanciones por malos tratos, obligación de alimentos contra el abandono, etc.).





* El matrimonio del pederasta es otra falacia, nunca podría convalidarse un matrimonio con un menor abusado o sin su consentimiento. Pero desde la sanción de la ley de matrimonio civil que se admiten matrimonios con menores asegurando su consentimiento mediante mecanismos de representantes legales o autorizaciones judiciales. E incluso se admite el matrimonio con la persona violada como causal de exención de pena para el violador.


* El matrimonio relevado de fidelidad y tantos otros ejemplos que pretenden ser absurdos, no lo son tanto. Yo creo que más temprano que tarde debemos avanzar hacia un sistema matrimonial de mayor libertad consensual, más contractual, no sólo en lo patrimonial (donde seguimos sin permitir optar por regímenes patrimoniales matrimoniales diferentes) sino también en lo personal. Los contrayentes tienen que poder elegir si su matrimonio va a ser con fidelidad o abierto, si van a tener o no hijos, si van a vivir en el mismo domicilio, etc.


También aquí recordemos que Alberdi proponía como texto constitucional el siguiente derecho de los extranjeros: "Sus contratos matrimoniales no pueden ser invalidados porque carezcan de conformidad con los requisitos religiosos de cualquier creencia, si estuviesen legalmente celebrados."


* La obligación de prestar alimentos a las amantes también tiene que ser legalmente admitida en caso de necesidad y siempre y cuando se hayan generado proyectos en común que se vean frustrados. Algo de eso hay en la ruptura de esponsales (que debería admitirse en algunos casos) y en las compensaciones por disolución de sociedades de hecho entre amantes. Y obviamente si las amantes tuvieron hijos ellos tienen alimentos con prescindencia de su origen extramatrimonial (salvo que también quieran reflotar la categoría de 'adulterinos').


* Matrimonios incestuosos: tampoco habría óbice constitucional para permitirlos, siempre que se asegure el libre consentimiento de los contrayentes. Adviértase que hoy en día ya no hay sanciones penales para las relaciones incestuosas entre personas adultas, con lo cual ya se las acepta como privadas, por más repugnantes que nos puedan resultar.


* Finalmente el argumento de que a este paso deberá admitirse la legalidad de la poligamia es un argumento sin ningún sentido. Claro que deberá admitirse la legalidad de la poligamia, y pronto, ya que es un contrasentido seguir prohibiéndola. Primero porque tiene fuertes raíces en muchas culturas y religiones que no deben ser impedidas, como ya lo señalaba Alberdi para atraer extranjeros. Segundo porque como señalamos, en camino a un matrimonio cada vez más consensual deben permitirse estas opciones. Y tercero porque si hay familias de tres o más deben también tener su encuadre legal, para que la ley no quede excluyendo lo que la sociedad va admitiendo. En Argentina, la Federación LGBT que sostuvo el proyecto sancionado, incluye a las personas bisexuales, lo que por definición implica una posible pareja de tres. Seguramente éste es el más cercano de los posibles reclamos aquí comentados.


Sé que muchas de las afirmaciones no serán compartidas por mis lectores, incluso por aquellos que comparten otras ideas nuestras. Pero quienes me conocen saben que prefiero siempre plantear extremos para que luego -mediante el debate- encontremos puntos de acuerdo.


Pero siempre para más libertad del individuo. Y convencidos de que las acciones privadas de los hombres que no afecten a terceros no pueden ser impedidas por el Estado.


Porque el problema central en todo esto es que el Estado no puede imponer a los individuos un plan de vida, un sistema de valores, una decisión en torno a qué está bien y qué está mal.

Esto es lo que está en juego: la autodeterminación axiológica del individuo y más en un ámbito tan privado como es la cama, la familia y el amor.

Este trabajo fue publicado originalmente en el blog del Prof. Domingo Rondina

21 sept 2010

Cine Infantil - Los Backyardigans y el absurdo de la persecución penal pública.

Prohibido para mayores
Por Maxi Flammá

No cabe duda que la literatura infantil es un género como cualquier otro, acaparada por subsectores especializados dentro de la división del trabajo “cultural”. Otros se dedican a las novelas de cowboy, a las resvistas eróticas, a las de misterio, etc. Pero por lo menos estas últimas se dirigen a un público diversificado y sin rostro, que compra anárquicamente. En el caso del género infantil, por el contrario, el público ha sido adscrito de antemano, especidicado biológicamente. Esta narrativa, por lo tanto, es ejecutada por adultos, que justifican sus motivos, estructura y estilo en virtud de lo que ellos piensan que es o debe ser un niño. Llegan incluso a citar fuentes científicas o tradicones arcaicas (“Es la sabidurñia popular e inmemorial”). El adulto dificilmente podría proponer para su descendenia una ficción que pusiera en jaque el porvenir que él desea que ese pequeño construya y herede.


“Para Leer al Pato Donald – Comunicación de masa y colonialismo” – Ariel Dorfman – Armand Mattelart. Siglo xxi editores, s.a.






Luego de completo repaso que hicimos aquí sobre “cine y derecho” donde intentamos identificar algunas obras cinematográficas que, a nuestro juicio, ponen al desnudo el discurso jurídico práctico en general y, además, las diversas variables que la teoría jurídica que enseñamos en las facultades de derecho de los países de nuestra región, no queríamos dejar pasar por alto el mundo del entretenimiento infantil, tan propicio para la introducción de conceptos no siempre adecuados y muchas veces lejos de nuestra conciencia.
A veces la razón de ser de estas obras cinematográficas es la denuncia, la crítica dirigida a determinado modo de funcionamiento anómalo, disfuncional o ilegal, pero muchas veces éstas mismas expresiones artísticas lejos de representar un señalamiento crítico, se constituyen en un mecanismo ideo para vehiculizar y reproducir un discurso político-cultural que introyectado por la audiencia va moldeando una determinada visión del mundo, donde lo anómalo, disfuncional o ilegal se transforma en algo peligrosamente natural.
Quizás el entretenimiento infantil, más que ninguna otra genero, haya contribuido a construir y consolidar una visión del mundo dividido entre malos y buenos. Malos y buenos que siempre lo serán, donde la verdad y la justicia (como castigo), son establecidas como bienes supremos, y como tales susceptibles de ser alcanzadas bajo cualquier precio.
Uno de esos principios “naturalizados” culturalmente, y por ende carente de toda interpretación crítica, pero que muchas veces generan situaciones anómalas, lo constituye sin dudas el de la persecución penal pública; resabio del sistema inquisitorial que a nuestro entender, el fragmento del film infantil que hoy presentamos (quizás inocentemente) expone de modo magistral, dejando en evidencia el absurdo al que nos referimos.
Sobre el citado principio ha señalado el Prof. Bovino (1):
“…suele relacionarse la inquisición exclusivamente con la figura de un monje torturador. Pero la inquisición, como veremos, es mucho más que eso.-
Este particular modelo de procedimiento es el que reemplaza al sistema acusatorio que existió en la antigua Grecia, en la República romana y hasta el siglo XII entre los pueblos germánicos. Sus principales notas distintivas, la averiguación de la verdad y la persecución publica de los delitos, se conservan hasta nuestros días. A pesar de que como fruto de la Revolución Francesa se impone el sistema llamado mixto, las bases materiales de la inquisición siguen vigentes. Y aunque la tortura no esté formalmente admitida en los textos legales, la ideología inquisitiva continúa entre nosotros e informa nuestros ordenamientos procesales.
La inquisición es mucho más que un modelo de procedimiento, es un método de indagación, una forma de construcción de la verdad, una teoría del conocimiento que produce ciertas y determinadas consecuencias, provocadas por un conjunto de valores que sostiene determinada forma política. Entre estas consecuencias podemos destacar el rol que ha de cumplir el juzgador en la indagación, y el lugar en el que quedan colocados el imputado y la víctima.”
Cómo creemos que, no obstante su enorme popularidad, no todos se han detenido a mirar a Los Backyardigans, vayamos a los videos(2):
Los personajes y sus roles ya están presentados. Pablo, el pingüino azul, es el supuesto delincuente. Entendemos que no por casualidad se lo estigmatiza bajo la categoría de de monstro. Tyrone, el alce, es el detective, el representante de la ley, el oficial público llamado a intervenir en la resolución de aparente conflicto. Uniqua, la hormiga rosa, la supuesta víctima, en este caso, del supuesto robo cometido por Pablo.
En nuestro ejemplo, se ve claramente los vertices de esta relación triangular, y cuál es su funcionamiento. Es el Estado (Tyrone) quien define el delito y quien promueve la persecución penal, más allá de la opinión de la victima (Uniqua) que de hecho se muestra sorprendida ante semejante calificativo. Es también el Estado quien intenta impedir la participación de la víctima en ese aparente conflicto.- Voy contigo, dice Uniqua cuando Tyrone anuncia que irá a recuperar el balón,- De ninguna manera le contesta él, es muy peligroso, pero Uniqua desobedece y lo acompaña en la peligrosa tarea investigativa. El Estado definiendo lo delictual y procediendo de oficio, la victima relegada a un papel secundario.
Pero sigamos con la historia:
Creemos que este capitulo nos permite reflexionar sobre las consecuencias absurdas de la persecución penal pública y cómo a en razón de ella sistemáticamente se definen las categorías delito, delincuente, y cómo tales estereotipos derivan en construcciones sociales que muchas veces no se condicen con la realidad.
La decisión por la persecución de oficio de los delitos implica que ésta es promovida por órganos del estado. El interés público ante la gravedad del hecho y el temor a la venganza privada justifican esta intervención (3). La consideración del hecho punible como hecho que presenta algo más que el daño concreto ocasionado a la víctima, justifica la decisión de castigar y la necesidad de que será un órgano estatal quien lleve adelante la persecución penal. Un conflicto entre particulares se redefine como conflicto entre autor del hecho y sociedad o, dicho de otro modo, entre autor del hecho y estado. De este modo se expropia el conflicto que pertenece a la víctima (4).
La ley (Tyrone) cataloga al acto como “delito” y consecuentemente a Pablo como “delincuente”. La supuesta víctima Uniqua es arrastrada en esta obstinada “averiguación de la verdad” y al final, aún contra su voluntad, compelida a adoptar una visión disvaliosa de estado de cosas acaecido.
Uniqua logra vencer la resistencia de ese discurso y se solidariza con Pablo y su soledad al no tener con quien jugar, - Yo jugaré contigo le dice, - No, le advierte Tyrone, No lo hagas te convertiras en un mostro de soccer, -Si, pero talvez sea algo divertido, contesta Uniqua dejando en evidencia que se puede pensar distinto y que quizás ser un “mostro” en este caso no sea tan malo.
No hay delito para la victima, no hay conflicto que resolver. Sin embargo Tyrone -como una metáfora simbólica de la cultura jurídica derivada de la aplicación del principio de la persecución penal pública- insiste, debe cumplirse con la ley.
Tomada la decisión político-criminal por la persecución de oficio de los delitos, resta decidir si, además la persecución debe iniciarse frente a todo hecho que aparezca como delictivo. En aquellos países en que rige el principio de legalidad procesal, la balanza se inclina a favor de perseguir toda conducta que pueda considerarse como delito. Este es el caso de Argentina, en cuyo Código Penal se establece que "deberán iniciarse de oficio todas las acciones penales", con excepción de aquellas que dependieran a instancia privada y de las acciones privadas (art.71). De todos modos, estas excepciones no alteran, por el número y por el tipo de figuras que incluyen, la base de la persecución oficial.
El principio de legalidad procesal trae consigo el deber de promover la persecución ante la noticia de un hecho punible. De allí que una vez promovida la persecución penal, no se pueda suspender, interrumpir o hacer cesar. Ningún criterio utilitario o relacionado con la escasa gravedad del hecho puede ser utilizado para no iniciar o continuar la persecución (5). Este criterio es, sencillamente, absurdo. El programa polìtico-criminal de nuestros estados es, simplemente, irrealizable. Cualquier investigación sobre la "cifra negra" de la criminalidad es una buena prueba de ello (6).
Como hemos visto, el encuentro entre víctima y victimario echa por tierra cualquier hipótesis de conflicto que legitime la intervención pública. Pero el discurso representado por Tyrone, es claro “Hay que cerrar el caso” canta a viva voz, cual si hubiera un caso que cerrar.
Reflexiona y regresa, vuelve para hacer cumplir la ley a como dé lugar, y así le ordena a Pablo devolver el balón a su "dueña". Pablo accede sin la menor oposición y entonces víctima y victimarios vuelven a disfrutar del juego.
Finalmente Tyrone, vencido por la evidencia de una realidad en la que claramente su discurso no tiene lugar, renuncia a su “función pública” y se suma al entretenimiento. Patea, cabecea y anota!
No sé si los creadores del episodio “Detective de monstros” de los Backyardigans habrán pensado en algo de todo esto, pero a mi juicio, representa una excelente visión crítica, para reflexionar y advertir sobre alguno de los problemas que la Persecución Penal Pública genera.
Y ahora con su permiso, me voy a ver el que sigue.


Notas:

(1) En “LA VICTIMA COMO SUJETO PUBLICO Y EL ESTADO COMO SUJETO SIN DERECHO”. Ponencia presentada al V CONGRESO LATINOAMERICANO UNIVERSITARIO DE DERECHO PENAL Y CRIMINOLOGIA realizado en Santiago, Chile, del 12 al 15 de mayo de 1993.

(2) The Backyardigans – Episodio: “Monster Detectives”. Agradecemos a Lorenzo Flammá el material suministrado para la realización del presente análisis y a su madre Astrid Goyeneche, entre otras muchas cosas, por el haberlo contenido para que dejara de arrojarse frente al televisor al grito de “soccerrrrrr” cada vez que intentaba gravarlo para la realización del presente.

(3) Cf. Baumann, J., Derecho Procesal penal. Conceptos fundamentales y principios procesales, trad. de Finzi, C. A., Depalma, Buenos Aires, 1986, pp. 42-48. Opinión citada en el trabajo indicado en la Nota (1)

(4) Cf. Christie, N., Los conflictos como pertenencia,trad. de Bovino, A. y Guariglia, F. en AA.VV. De los Delitos y de las víctimas, de. a cargo de Maier, J. B. J., Ad-Hoc, buenos Aires, 1992. Este autor desarrolla diversas consideraciones sobre el proceso de exclusión de la víctima que genera el derecho penal. Opinión citada en el trabajo indicado en la Nota (1)

(5) Cf. Maier, J. B. J., op. cit., t. 1b, p.548. Opinión citada en el trabajo indicado en la Nota (1)

(6) Cf. Baratta, A., Criminología crítica y crítica del derecho pen (7) al, trad. de Búnster, A., Siglo XXI, México, 1986, p. 101 y siguientes. Opinión citada en el trabajo indicado en la Nota (1)

¿Es posible pedir una pena más grave?


Antes morir que cadena perpetua

Nota publicada en la página de "Tortuga"




310 presos italianos con largas condenas lanzan una campaña para rebajar sus penas

LAURA LUCCHINI - Milán

"Señor presidente de la Republica, estamos cansados de morir un poco todos los días. Hemos decidido morir una sola vez, pedimos que nuestra pena a la cadena perpetua se convierta en pena de muerte". Con estas palabras, 310 condenados en las cárceles italianas escribieron al presidente, Giorgio Napolitano, para reclamar de forma provocativa que se reduzca el tiempo máximo de estancia en la cárcel con el argumento de que es mejor morir que estar con vida en una prisión. El subsecretario de Justicia, Luigi Manconi, definió la carta como "trágicamente paradójica y, sin embargo, comprensible", según informó ayer el diario La Repubblica.

Entre estos 310 detenidos, encerrados de por vida en la cárcel, hay personas que han matado, que han pertenecido a organizaciones terroristas como Prima Linea y criminales de las varias ramas de la mafia. Están los asesinos del juez Livatino y del periodista Giancarlo Siani (ambos se batían contra el crimen organizado). También se incluyen mafiosos pertenecientes a familias que siguen delinquiendo y enriqueciéndose a través del tráfico de drogas. Sin embargo, se trata de personas condenadas a un "sufrimiento sin fin".

En su carta, los detenidos argumentan que "la cadena perpetua es el invento de un no-Dios, tan malvado que no se puede imaginar. Es una muerte que hay que tragarse de a poco. Es una victoria sobre la muerte porque es más fuerte todavía que la misma muerte". Los que fueron temidos criminales se convierten, a través de esta pena, en "seres no muertos, pero tampoco vivos".

En Italia hay más de 1.300 personas condenadas a cadena perpetua, 200 de las cuales ya pasaron más de 20 años en la cárcel. "Lo que más me sorprende es que algunos piensan que la cadena perpetua no es realmente tal", opina, en conversación telefónica, Emilia Paturno, directora de la revista Il Due, publicada por los detenidos de la cárcel de San Vittore, en Milán. La ley italiana establece que los condenados a toda la vida en la cárcel pueden obtener periodos de libertad después de 10 años, y la condicional después de 26 años de buena conducta.

Paturno trabaja desde hace años con detenidos, su revista se publica regularmente y, gracias a ella, de la prisión salieron también algunos libros firmados por reclusos. La directora de Il Due lamenta que a los condenados a través de la ley 41-bis, que prevé un régimen carcelario duro para los crímenes de la mafia, no les está permitido ningún contacto con los voluntarios. En ocasiones, agrega, ni siquiera se respetan las condiciones mínimas previstas para estos detenidos como por ejemplo la que prevé encerrar a una sola persona por celda. "Sin esperanza no se vive", comentó Paturno.

Italia, que abolió la pena capital tras la II Guerra Mundial, se hizo portavoz el pasado enero de una "moratoria universal" contra las condenas a muerte ante la ONU, pero estos detenidos piden ahora que se reintroduzca. El promotor de esta iniciativa de presos es Carmelo Musumeci, de 52 años, condenado a cadena perpetua en la cárcel de Nuoro por asociación mafiosa. Musumeci, que lleva 17 años en la cárcel, se graduó en Derecho en la cárcel con la tesis Vivir en cadena perpetua y desde entonces libra una batalla personal con el objetivo, dice, de denunciar ante la opinión pública las condiciones "inhumanas" de las prisiones y los "malos tratos".

"MORIR UN POCO TODOS LOS DÍAS"

"Señor presidente de la Republica, estamos cansados de morir un poco todos los días. Hemos decidido morir de una sola vez, pedimos que nuestra pena a la cadena perpetua se convierta en pena de muerte"

"La cadena perpetua es el invento de un no-Dios, tan malvado que no se puede imaginar. Es una muerte que hay que tragarse poco a poco. Es una victoria sobre la muerte porque es más fuerte todavía que la misma muerte"

"Sueños que empiezan donde terminan / prisioneros para siempre / no nos matan, peor: nos dejan morir para siempre" "La cadena perpetua transforma la luz en sombras"

Diario El País

Las “mejores” películas legales II

Algunas razones





Como ya adelantamos en la entrada anterior sobre el tema, la elección de estas películas obedece a la finalidad para la cual pretendemos utilizarlas, además del hecho de que yo recordara verlas. A continuación brindaremos sucintamente estas razones.


01. La duda



La racionalidad inquisitiva llevada a su máxima expresión. No hay jueces, ni fiscales, ni proceso. Monjas, sacerdotes y probables víctimas ilustran la epistemología de la más pura Inquisición. No creo que dé para hacer un ejercicio como sucede con la próxima, pero sí hay que verla de vuelta para plantear temas de discusión en clase.



02. No matarás



Es una densa película de Kieslowski. En un principio, parece ser un alegato contra la pena de muerte. A nuestro juicio, es una película abolicionista, esto es, una película contra el castigo. El director recurre a la pena de muerte impuesta por la comisión de un homicidio para igualar aquello que el discurso jurídico distingue.




03. Qiu Ju, una mujer china



La historia del pedido de una mujer para que un funcionario que lesionó a su marido obtenga la condena que ella cree adecuada. Muestra la percepción del conflicto desde una inusual mirada de la víctima; cómo se define la víctima a sí misma adoptando tal calidad; y cómo la sanción represiva no satisface a nadie. La película es una oda al abolicionismo.




04. Midnight Express



Un joven estadounidense es detenido cuando intenta salir de Turquía llevando sustancias prohibidas. A partir de allí comienza una pesadilla tanto en el desarrollo del procedimiento como en la desventuras del protagonista durante su privación de libertad.




05. A Few Good Men



Una película en la que se pueden ver las miserias y grandezas del sistema de justicia penal estadounidense. Tiene una gran cantidad de temas sobre teorías del caso, estrategias y cuestiones probatorias. Los interrogatorios son imperdibles.




06. Separate but Equal



Pone al desnudo la manifiesta y estrecha relación entre derecho y política.





07. Tiempo de matar




Otra excelente película por la variedad de temas que contiene: imparcialidad, presión mediática, presión social, racismo, el uso del derecho penal como herramienta de la lucha política, estrategias de planteo del caso, estrategias probatorias, buenos interrogatorios, y un alegato sorprendente (aunque increíble).