6 jul 2010

Lo Mismo y lo Otro

Una respuesta probable, al improbable mundo de Mariano Grondona.

Por Maxi Flammá.

Este libro nació de un texto de Borges. De la risa que sacude, al
leerlo, todo lo familiar al pensamiento —al nuestro: al que tiene nuestra edad y nuestra geografía—, trastornando todas las superficies ordenadas y todos los planos que ajustan la abundancia de seres, provocando una larga vacilación e inquietud en nuestra práctica milenaria de lo Mismo y lo Otro. Este texto cita "cierta enciclopedia china" donde está escrito que "los animales se dividen en a] pertenecientes al Emperador, b] embalsamados, c] amaestrados, d] lechones, e] sirenas, f] fabulosos, g] perros sueltos, h] incluidos en esta clasificación, i] que se agitan como locos, j] innumerables, k] dibujados con un pincel finísimo de pelo de camello, l] etcétera, m] que acaban de romper el jarrón, n] que de lejos parecen moscas". En el asombro de esta taxinomia, lo que se ve de golpe, lo que, por medio del apólogo, se nos muestra como encanto exótico de otro pensamiento, es el límite del nuestro: la imposibilidad de pensar esto.
“Las palabras y las cosas” - Michel Foucault.



I. En su habitual columna de opinión en el diario La Nación, el jueves 3 de junio el Prof. Mariano Grondona, parece invitarnos a reflexionar sobre algunos interrogantes.
Uno desde título mismo, para plantear el tema:


¿Si o no al matrimonio gay?

En medio, un derrotero de eruditas citas y más interrogantes retóricos para dar solapadas respuestas del siguiente tenor:

“Desde el momento en que ya nadie discute el derecho de los homosexuales a formar libremente sus parejas con consecuencias legales comparables a las de las parejas heterosexuales, el dilema que enfrentan nuestros senadores podría reducirse a esta pregunta: la palabra "matrimonio",¿debe aludir también a la unión entre los homosexuales o ha de seguir reservándose, como hasta ahora, a la unión entre los heterosexuales, buscándose en tal caso otra palabra para aludir a las parejas del mismo sexo?”
“¿es "justo" que la palabra "matrimonio" cubra por igual a la unión entre los heterosexuales y a la unión entre los homosexuales? ….Cuando definió a la justicia, Aristóteles señaló que ella no es idéntica a la igualdad porque, en tanto es justo tratar como iguales a los hombres en la medida en que son iguales, no lo es tratar como desiguales a los que son iguales ni, tampoco, tratar como iguales a los que son desiguales…” “Pero también sería injusto otorgarles la misma nota a quienes no han exhibido el mismo mérito en un examen, porque en tal caso caeríamos en la famosa denuncia de Santos Discépolo: "Lo mismo un burro que un gran profesor".

Y también un interrogante final, para concluir con su opinión, en la apariencia de que se había permitido dudar:


“Quienes se oponen al matrimonio gay hacen notar empero que aquellos que pretenden equipararlo al matrimonio tradicional se están apropiando indebidamente de un concepto que viene del fondo de la historia… Si le reconocemos a la unión entre homosexuales la misma dignidad que a la unión tradicional ¿esto exige acaso sostener además que "son lo mismo"?”
II. La circunstancia de proponer un juicio basado en los conceptos de deber o justicia para considerar el acierto o no de la utilización de un término, es decir hablar de un uso “debido” o “justo” del lenguaje o de determinada palabra, da cuenta que para el autor -como para Platón- existiría una relación esencial entre la palabra y la cosa nombrada a través de ella.

En aquella posición se inscriben quienes no piensan que el lenguaje sea una mera convención, nacida del más arbitrario capricho humano, sino el producto de la chispa que permite a nuestras almas recabar de la memoria algo de aquel concepto que habita en el mundo de ideas universales.

Para ellos, el niño que se admira - por ejemplo - de cómo los astrónomos siempre saben el nombre de la nueva estrella que acaban de descubren en el universo, no estaría equivocado.

En ese dualismo ontológico, tenemos un mundo sensible y otro inteligible o mundo de las Ideas. En el sensible, en la realidad que todos percibimos a través de nuestros sentidos, están los particulares, allí se da la diversidad, la multiplicidad, la transformación, el nacimiento y la muerte; es decir la materia en un tiempo y espacio determinado.

En cambio en el otro mundo, el Inteligible, solo se da la unidad de las Ideas puras y absolutas, que no están sometidas a cambio alguno, son eternas, invisibles, inmateriales, sin tiempo ni espacio. Pero esta realidad platónica está más allá de la mente y del hombre. En ese mundo ideal, aunque Platón no lo diga así, deben habitar las ideas de todas las palabras, la idea de “justicia” junto a la de “perro”, justo al costado de la de “mandioca”, atrás de la “bien” que se esconde debajo de “zooplancton”.

Entonces los términos no hacen más que intentar encerrar esas ideas de las cuales nuestros sentidos solo descubren la conexión natural que existiría entre la burda imitación que representan las cosas particulares que integran nuestro mundo con el concepto inmaterial y eterno que habita en el otro. Por eso no estaría a nuestro arbitrio convenir en llamar a determinada cosa de determinada forma.


III. Parece que es desde ese ideal supremo de los conceptos, desde donde el Dr. Grondona nos invita a contestar su pregunta, que de hecho retórica, esconde la trampa de su falso silogismo.

“Si le reconocemos a la unión entre homosexuales la misma dignidad que a la unión tradicional ¿esto exige acaso sostener además que "son lo mismo"?”

Claro que no son lo mismo, Grondona esto bien lo sabe, lo que en realidad quiere que contestemos es otra pregunta que él no formula directamente, pero se infiere de su postulado:

Y entonces, si no son lo mismo ¿debemos llamar de la misma manera a las uniones homosexuales que a las heterosexuales?

Bien sabemos que las palabras son signos convencionales, etiquetas, y que en principio no hay término alguno que pueda considerarse esencialmente correcto o incorrecto. No sabemos por qué se eligió llamar “murciélago” (Del Latín: “muris”: ratón y “caecŭlus”: ciego) al mamífero volador, con alas membranosas y hábitos nocturnos, pero bien podría haberse llamado “murvolatis” (“volatilis”: volador) o como lo decía yo de niño: “murciégalo”. Yo no utilizaba entonces un término en sí incorrecto para referirme a dicho animal, sino que mi error estaba en no cumplir con la regla que el uso común había establecido en la convención que determina qué significan las palabras en castellano.

Cualquiera puede usar el sonido que le dé la gana para referirse a lo que se le antoje, en la medida que aclare a su interlocutor a qué se está refiriendo cuando utiliza ese sonido, si se va a apartar del uso común, es decir de la convención.
Las palabras son solo una herramienta para comunicarnos y muestra de ello es que recientemente la Real Academia Española aprobó el uso de la palabra “murciégalo” para referirse a los murciélagos. Yo no estaba equivocado, solo me adelanté en el tiempo.

Ahora bien qué elementos colocamos dentro de la “caja” conceptual a la que rotulamos con esa palabra, qué características serán o no definitorias, también es una convención, y por ende nada impide que en el mundo real, con el tiempo se transformen, varíen, permitiendo la inclusión o exclusión de determinados individuos.

Volviendo al tema central sobre el que nos invita a reflexionar Don Mariano, la pregunta que debemos hacernos es si la diversidad de sexos debe ser o no una característica definitoria de la institución jurídica “matrimonio”, y no si el estado de cosas caracterizado por la unión afectiva de dos personas del mismo sexo es lo mismo que la de distinto sexo.

El matrimonio como toda institución social y jurídica fue creada por el hombre, quien también determinó sus alcances y características definitorias con el fin de mantener determinado orden social, tan arbitrariamente como la palabra que eligió para designarla.

Es decir que dicha institución es una convención más, por medio de la cual el Estado reconoce, asienta, registra, formaliza, instituye un vínculo entre dos personas a las cuales le aplica determinadas reglas jurídicas.

Justamente lo que hoy se discute es si corresponde o no mantener la diversidad de sexos como característica definitoria e la institución “matrimonio”.

Es darle a la unión homosexual el mismo reconocimiento social y jurídico a la relación afectiva de dos personas del mismo sexo, con iguales requisitos y efectos que los existentes para las relaciones entre personas de distinto sexo.

Preguntarse por la corrección o no del uso del término matrimonio, bajo la aparente contradicción de que no son lo mismo encierra la falacia de la existencia de un mundo inmaterial y absoluto, donde todo se conserva, pétreo, inmutable.

IV. Por último debemos señalar que en el mundo de Grondona, no solo no son lo mismo, sino que una situación merece una valoración superior a la otra. No es casual el uso del ejemplo pedagógico: “pero también sería injusto otorgarles la misma nota a quienes no han exhibido el mismo mérito en un examen…” y la poco deseable sentencia discepolina: "Lo mismo un burro que un gran profesor".

Mientras una situación se presenta merecedora de nuestro respeto, máxima consideración y estima (“gran profesor”) la otra se ve descalificada, menosprecia, (“burro”).

Pero el problema no reside tanto aquí, sino en el malestar que genera el posible trato igualitario, la equiparación. Es decir, el no reconocimiento del supuesto mérito o sacrificio. El del alumno que ha estudiado más que otro y recibe la misma nota siente que su esfuerzo careció de sentido, lo mismo que el gran profesor al que nada lo diferencia del “burro”.

Y la pregunta es entonces:

¿Qué sacrificio, merito, dignidad o reconocimiento verían perdido algunos heterosexuales en función de la asimilación que otorgaría el matrimonio homosexual?

¿El sacrificio de no haber caído en la tentación de dar rienda suelta a sus deseos homosexuales?

¿El sacrificio de haber reprimido sus deseos en cumplimiento de un precepto moral que les fue impuesto?

V. La importancia del lenguaje y la comunicación es inescindible del conocimiento, del saber y del poder que a través de él ser ejerce y replica a través de la historia. Ese uso que viene desde el “fondo de la historia” es el que Grondona ve vulnerado.

Darle el mismo nombre, asimilarlo, incluirlo dentro de la misma categoría, borra las diferencias y los revuelve en una olla donde por más que podamos identificar sus ingredientes los hace a todos parte del mismo caldo, en el que el calor deshacen los valores que los distinguen y que hasta ahora les permitía reafirmar su distinguida pertenencia en al universo de lo digno.

No es un inocente problema semántico, sino la necesidad de rescatara esa categoría ideal, de mantener fragmentado el discurso para que exista un espacio, un abismo, entre lo Uno y lo Otro, y de ese modo no sean lo Mismo, reteniendo para sí la “palabra” como un estandarte de su moral que permita reafirmar su condición de “gran profesor”.

Y como cada uno puede pensar lo que quiera, todo esto podrá parecer superfluo, salvo para darnos cuenta de que Grondona no nos está preguntando nada.

8 comentarios:

Anónimo dijo...

Muy bueno!
Maxi

Anónimo dijo...

Comparto tus palabras y creo que el decir las palabras de una determinada manera implica una forma de pensar, y si de pensar se trata, de formas de pensar, no veo obstáculos en dejar ritualismos o formalidades de lado para hacer referencia a los términos... véase el significado de casamiento en lugar de "matrimonio" y como sinonimo de éste. El diccionario de la Real Academia Española, lo define como (entre uno de sus tantos significados): Acción y efecto de casar.
Es decir, se omite hacer referencia específica a la exigencia de distintos sexos para que se concrete el acto, por lo cual cabria aqui el supuesto, de la union de personas de igual sexo.
Mas allá de ello, y si de pensar se trata, de formas de pensar, como dije al principio, no podemos descuidar que el tiempo ha pasado, que la sociedad ha cambiado y no por capricho de un pais, sino que el mundo ha sido reciproco a ese cambio y que el término "matrimonio" se ha vuelto viejo y por lo tanto debiera ser modernizado y ser reflejo de la realidad.
Muy buen post, te felicito!
Santiago Ferre

Anónimo dijo...

Si partimos de la etimología de la palabra matrimonio vemos que tiene un origen similar a la de patrimonio, en tanto el primero hace referencia a la mater y como la mujer podía procrear de manera legítima y el segundo a pater y estaba ligado con la herencia.

Entonces vemos que si queremos considerarlos por su significado historico vemos que han quedado un poco vetustos, en tales condiciones debería prohibirse el matrimonio entre personas que no pueden o no quieren procrean.

En un articulo del diario perfil leí algo que me pareció muy claro que explica como van evolucionando los terminos:

"Las palabras denotativas designan objetos con determinadas características (notas) que los definen como miembros de una clase. Pero puede ocurrir que la raíz del nombre, creado en circunstancias históricas y culturales determinadas, haga referencia a una nota que no es o que ha dejado de ser significativa para definir esa clase de objetos.

La palabra aceite proviene de una voz árabe que significa ‘aceituna’. Esto se entiende porque en la cultura en que esa palabra nació se cocinaba habitualmente con aceite de oliva. Pero en otras culturas, en otros lugares y en otros tiempos, se usaron para cocinar líquidos grasos obtenidos de otros vegetales. La comunidad hispanohablante conoció esos líquidos e incluso los adoptó para cocinar, y no sintió la necesidad de darles otro nombre porque todos tenían las notas que en aquel momento eran significativas para definir la clase “aceite”, que ya no eran ‘líquido graso obtenido de la oliva’, sino ‘líquido graso de origen vegetal’. Y después el significado de la palabra aceite se extendió para incluir líquidos grasos de origen animal y mineral, y hasta sintéticos, con lo que las notas distintivas de la clase “aceite” pasaron a ser simplemente ‘líquido graso’."

Ponganle el nombre que quieran pero que sea el mismo para todos, no tiene sentido llamar a una misma cosa de dos formas distintas salvo que sea un uso de la sinonimia.



Agustín,-



PS:dos preguntas

1-En el estado actual de la legislación se pueden casar una travesti con una mujer? y si la travesti realizo previamente el cambio de nombre?

2-y si alguien se quiere casar con más de una persona, no se vulnerarían sus derechos?(estuve leyendo una entrada de Alberto en este blog sobre la cantidad de personas que se admiten en una habiatcion en los albergues transitotios, quizas de ahi surge alguna pareja más numerosa)

Max dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Max dijo...

Gracias, Maxi, Santiago y Agustín.

Agustín: el artículo del Diario Perfil que señalas es “Las trampas de la etimología” de Lucila Castro. Si lo necesitas ubicar está linkiado en nuestra entrada ¿Inconstitucionalidad del matrimonio homosexual? (05/18/2010)

En cuanto a la primer pregunta. No existe el reconocimiento legal del genero “travesti”. Para la ley solo hay hombres o mujeres. En ese sentido si la travesti no ha modificado su identidad (hoy solo por medio de una sentencia que así lo declare) para la ley es un hombre, más allá de sus rasgos exteriores femeninos. En ese caso entiendo que nada podría impedir que se case con una mujer.

En cambio si nació hombre pero luego obtuvo un cambio de nombre (identidad sexual) a partir de ello para la ley es una mujer, y en ese caso estaríamos frente a una unión homosexual de dos mujeres.

No entiendo la segunda pregunta. ¿La vulneración de derechos sería por el no reconocimiento de la poligamia?

Saludos.

Anónimo dijo...

Estimado Max:

En primer lugar, me olvide de nombrar la fuente de la cita que realicé. Efectivamente es el artículo del Diario Perfil que señalas es “Las trampas de la etimología” de Lucila Castro.

Por otro lado, en cuanto a mi primera pregunta me la respondiste muy claramente, pero me hizo pensar un supuesto que no había considerado antes. No quiero complicarte la vida, pero bueno yo te tiro igual la situación, entonces sería posible legalmente al 09/07/2010 que una travesti que obtuvo el cambio de nombre a través de una sentencia, ya que para la ley es considerada mujer, se pueda casar con un hombre?

Por último, en relación a mi segunda pregunta yo no me referí puntualmente a la poligamia, sino de manera más general al hecho que el estado establezca cierto límite de personas para contraer matrimonio(espero que esto no oscurezcamás mi pregunta).

Agustín,-

PS:dejo un video de un sacerdote católico que defiende la igualdad de derechos
http://www.youtube.com/watch?v=6VjYpS0Z1PE
Esperemos que no sea sancionado por sus dichos.

hasta luego cocodrilo dijo...

muy bueno. un beso, yo siempre fui una atrasada (decía murciélago).

Anónimo dijo...

Muy bueno!! y yo que me volví loca para entender a Hospers,en una materia que di este cuatrimestre, si hubiese leido este post antes, podría haber obtenido algo mas que un triste 4!! pero lo bueno es que ahora SI, me cerró el concepto je!!