29 jun 2010

POR EL MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO

FRENTE AL CONGRESO Y POR LA IGUALDAD

Corresponsales de No Hay Derecho:
Maxi Flammá y Alberto Bovino



Anoche se realizó frente al Congreso el festival a favor de la ley de matrimonio entre personas del mismo sexo. Allí nos encontramos con Maxi para apoyar el proyecto de ley.



El pequeño detalle fue que Maxi llegó cuanda terminaba todo, justo para las fotos. Yo había arreglado para ir con nuestro profesor del taller de redacción que hacemos con Maxi, Christian Rodríguez (un fenómeno, él no tiene la culpa de nada de lo que escribimos ni de cómo lo escribimos). Después tuve un percance y le avisé que no podría ir. Al rato solucioné mi poblema y justo me llamó Diego Morales (compañero del CELS), y marché para la plaza del Congreso.

En el taxi lo llamé a Christian para saber dónde andaría. Llegué y no lo encontraba. Llamé a Diego, que estaba con Gastón Chillier, y me dijo que ya se habían ido. Al rato lo encontré a Christian. Estuvimos un buen rato juntos y después se me dio por hacerme el correponsal y, videocámara en mano, filmé al público y a varios artistas que cantaron allí. También filmé a Christian, a César Cigliutti (Presidente de la CHA), a Pedro Paradiso y a Diego Trerotola.

Hacía frío. Lo mejor de la noche fueron los músicos. Para mí gusto hubo demasiado discurso. Según el amigo Christian:

Muy buena la marcha. Algunas cositas para mejorar: un escenario más alto, bajar las banderas partidarias para que podamos ver todos y discursos más cortos y centrados en este tema en particular. No tiene mucho sentido darle el micrófono a 20 personas para que agradezcan a centros de estudiantes y demás, con este frío y ... con la gente que se aburre y se va. En fin, humildes sugerencias.

Yo no tuve mejor idea que plagiar a este muchacho:




Pero al estilo argentino, es decir que escribí la misma frase en una camisa. Así se veía:






Después sigo...

28 jun 2010

ENTREVISTA AL PROF. DIEGO CAMAÑO VIERA

Josefina Minatta entrevistó en Montevideo
al amigo Prof. Diego Camaño





En esta entrada anterior, subimos la primera parte de esta entrevista. Aquí va la segunda, y luego vendrán las siguientes.



Segunda Parte

CONTINUARÁ...

26 jun 2010

BLOG "SIN CORRUPCIÓN" RESPONDE A MARIANO SILVESTRONI

RESPUESTA DE "SIN CORRUPCIÓN"





El 18 de junio, publicamos en este blog una nota de Mariano Silvestroni respondiendo a otra nota publicada en el blog "Sin Corrupción" el 11 de junio. "Sin Corrupción" nos ha enviado este texto para que lo publiquemos aquí, más allá de haber contestado en su propio blog. Aquí va, entonces.


Respuesta a Mariano Silvestroni

Oyarbide, Bonadío, Canicoba Corral, persiguiendo funcionarios públicos, legisladores y empresarios, vulnerando incansablemente sus garantías constitucionales y decretando prisiones preventivas sin ningún filtro. Las cárceles que rebalsan de este tipo de imputados, víctimas todos de un poder judicial avasallante. Este es el escenario que parece imaginar Mariano Silvestroni, quien textualmente afirma “(m)uchos abogados litigantes creyeron que el ocaso de la `justicia menemista` importaría el abandono de ciertas prácticas, persecuciones, aberraciones inconcebibles”. Su faceta de novelista parece haberle jugado en contra.


Todos los diagnósticos y estudios sobre la materia coinciden en señalar un panorama completamente diverso. Los delitos de “cuello blanco” no están siendo perseguidos en nuestro país y el sistema penal mantiene una selectividad hacia los sectores de bajos recursos. Abusos policiales, escasez de defensores oficiales, extralimitación del instituto de las prisiones preventivas, tratos inhumanos y degradantes en las prisiones, etc. etc. son muestras muy contundentes de las violaciones a las garantías constitucionales en ese tipo de procesos.


Ahora bien, en cuanto a los delitos contra la administración pública el escenario es completamente el contrario. Si desde el retorno a la democracia (año 1983) continuamos hablando de la condena contra María Julia Alsogaray como prácticamente el único caso que llegó a juicio oral estamos hablando de una realidad completamente distinta a la que relata Silvestroni. El derecho debe interpretarse a la luz de los acontecimientos por lo que discurrir sobre las vulneraciones a las garantías constitucionales en la clase de delitos de la que se ocupa este abogado es una contradicción en sus propios términos.


De todas maneras, corresponde destacarlo claramente. Estas organizaciones están profundamente comprometidas con los derechos y garantías constitucionales y están dispuestas a dejar de lado cualquier otro interés —en este caso, la persecución efectiva de delitos de poder— en caso de que se vean afectados de algún modo estos principios y valores, que deben regir necesariamente estos procesos. Dicho lo cual, debe reafirmarse que no se está frente a ese escenario sino ante uno completamente contrario en el que los derechos y garantías vulnerados son el de las víctimas indeterminadas de estos delitos.


Para graficar mejor esta postura, las organizaciones de derechos humanos que se dedicaron y dedican a la lucha contra la impunidad en los delitos de lesa humanidad fueron atacadas reiteradamente por vulnerar garantías constitucionales. Los abogados defensores manifestaron —a lo largo de los años— que se estaban comprometiendo principios fundamentales del derecho constitucional como el ne bis in idem, la irrectroactividad de las leyes penales, la aplicación de las leyes más benignas, etc. Sin embargo, un análisis más integral de la situación les fue dando la razón a esas ONGs y, finalmente, la Corte Suprema zanjó el debate con argumentos contundentes. Las posturas como la de Silvestroni son muy similares a las de aquel entonces y están cortadas por la misma tijera: son letrados que utilizan todas las herramientas a su disposición —incluso, en este caso, estas nuevas formas de comunicación-— para defender los intereses privados. En esa línea, es respetable que defiendan a sus clientes también en los blogs o en medios de comunicación tradicionales pero al receptor le tiene que quedar claro quien es cada quien en este escenario.


Sobre la actitud de estos defensores de recurrir la homologación del convenio en el caso IBM —criticada por estas ONGs y defendida por Silvestroni en este blog — debe apuntarse que el juicio abreviado es un acuerdo. Se trata de la implantación de un instituto bien propio del sistema acusatorio (en Estados Unidos, plea bargaining) y, como tal, tiene características muy distintas a las que rigen el resto del sistema procesal. El acuerdo al que llegan las partes es un contrato entre las partes del proceso penal mediante el cual el acusado renuncia a sus facultades jurisdiccionales a cambio de terminar el proceso y potencialmente eximirse de una pena mayor. Al firmar el convenio, los acusados decidieron resignar los potenciales resultados más favorables que podrían haber conseguido de continuar con el proceso.


El juicio abreviado llegó a nuestro sistema jurídico a causa de la sobrecarga de los tribunales. El Estado, por su parte, renuncia a poder imponer una responsabilidad más acorde con los hechos que podrían constituir un delito. Si el juicio abreviado no implica terminar con el trámite, la acusación no obtiene ninguna ventaja con ese entendimiento pues debe seguir destinando recursos escasos a este tipo de planteos. Más claro, parece imposible.


En ese marco, el imputado no puede querer obtener los beneficios tanto del juicio abreviado como los del juicio común. En otras palabras, resigna las posibilidades que le brindaría continuar con el proceso pues accede a una prerrogativa que no tendría si lo hace. Palacio hace alusión expresa a las potestades recusatorias en el juicio abreviado al decir que "... la sentencia condenatoria debe repuntarse irrecurrible para los imputados a causa de la ausencia de interés jurídico derivado del acuerdo que constituye el presupuesto del juicio abreviado; tal principio cede frente al caso de invocarse alguna causal de nulidad del pronunciamiento (artículo 404 y 456 inciso 2 del Código Procesal Penal de la Nación)”.


En otros términos, las facultades recursivas están previstas para el caso de que el tribunal haya modificado el acuerdo, lo cual no sucedió en el caso. La conducta temeraria de los abogados defensores consistió –ni más ni menos- en desentenderse del acuerdo, aprovecharse de la buena fe de la otra parte (en este caso, la fiscal Sabrina Namer, que no por nada salió a reprochar públicamente la actitud de los defensores). El abogado cuando acuerda no solo está respaldando a su defendido sino que está refrendando un trato que habrá de defender para no vulnerar su ética profesional. Sus obligaciones no solo existen para su defendido sino también para el sistema legal y para la sociedad en general. En un juicio penal no está en la misma situación un abogado que forma parte de un convenio que un abogado que solo defiende a su imputado frente a una acusación. Son escenarios muy distintos que plantean actitudes diferentes. Quienes no respetaron ese acuerdo lo hicieron en violación a sus deberes profesionales y confiamos en que el Tribunal de Ética del Colegio de Abogados así lo disponga.


La postura de los defensores oficiales también es muy cuestionable porque son los mismos que dejan a miles y miles de imputados de bajos recursos sin una defensa de calidad (por sobrecarga de tareas) con el argumento de que tienen escasísimo tiempo mientras que disponen de cuantiosos días para elaborar elucubrados argumentos con el fin de justificar apartarse de un acuerdo más que claro.


Por último, sobre los agravios a CIPCE y a ACIJ sus argumentos caen por su propio peso. Nuestra actividad es completamente pública, se actualiza de forma cotidiana a través de nuestros respectivos sitios de Internet, publicamos las memorias y balances, defendemos intereses que son ajenos a las personas que integran las organizaciones e incluso nuestra labor, en este tema, se enmarca explícitamente en los principios contenidos en la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción (“Cada Estado Parte adoptará medidas adecuadas, dentro de los medios de que disponga y de conformidad con los principios fundamentales de su derecho interno, para fomentar la participación activa de personas y grupos que no pertenezcan al sector público, como la sociedad civil, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones con base en la comunidad, en la prevención y la lucha contra la corrupción, y para sensibilizar a la opinión pública con respecto a la existencia, las causas y la gravedad de la corrupción, así como a la amenaza que ésta representa” -art. 13-). Parece ser ésta una situación bastante distinta de quienes se aprovechan de lo que escriben académicamente para defender intereses de quienes se enriquecen con fondos públicos que debieran ser destinados a mejorar la inexplicable situación de indigencia de una gran porción de los argentinos, no les parece?


ÚLTIMA CLASE DE "GARANTÍAS"

Y ahora... a repasar para el final








Esteban Chervin dando la última clase


25 jun 2010

RECUSACIÓN DE UN JUEZ AD HOC ANTE LA CORTE IDH

CASO MYRNA MACK CHANG ANTE LA CORTE IDH



Helen Mack, hermana de
la antropóloga Myrna Mack


En el caso Myrna Mack Chang vs. Guatemala, el Gobierno guatemalteco propuso como juez ad hoc al abogado Villagrán Kramer. Este oscuro personaje no reunía las condiciones mínimas como para integrar el tribunal, y por ese motivo fue recusado por los representantes de los familiares de la víctima. La Corte no tuvo que resolver esta presentación pues el Gobierno demandado retiró la designación y propuso a otra persona. A continuación el escrito presentado.



Recusacion


Afortunadamente, en la Opinión Consultiva Nº 20, la Corte IDH modificó la interpretación que permitía que los Estados demandados en casos de peticiones individuales presentaran jueces nacionales ad hoc (ver aquí).

24 jun 2010

CRÓNICA DE UNA INVESTIGACIÓN IRREGULAR - Parte 2


CONTINUACIÓN. VER LA PRIMERA PARTE ACÁ

Por C.P.



4. Irrupción en la casa de Anselmo desde el punto de vista de La Policía

Minutos antes de las seis, aquella madrugada de octubre de 2008, tal como había sido cuidadosamente planificado, el Grupo de Operaciones Especiales se formó en fila de aproximadamente diez personas, en la puerta de la casa de Anselmo, todos junto a la pared. Mientras tanto, el resto de los efectivos policiales y los testigos civiles aguardaban en la esquina de la vivienda. La casa contaba con un frente de rejas altas, tras el cual había un patio delantero de unos tres o cuatro metros de largo y cruzándolo se hallaba la puerta (de madera) de ingreso a la vivienda; a su izquierda había una ventana, la del dormitorio de Anselmo y su esposa. Previamente todos estos datos habían sido meticulosamente estudiados por el oficial a cargo del Grupo de Operaciones Especiales.

Tal como había sido planeado, el “brechero” del grupo de elite (persona que efectúa la “brecha” de ingreso, es decir, que violenta las puertas y remueve cualquier obstáculo necesario para lograr la entrada del resto del equipo) hizo ceder la puerta de la reja frontal mediante una “brecha mecánica” (es decir que fue violentada a través de un medio mecánico, en este caso una palanca). Esta tarea se realizó en silencio, o al menos con el suficiente sigilo como para que no se perdiera el tan cuidado “efecto sorpresa”.

Al ingresar, el N°1 del grupo (el primero de la fila) se dirigió con el escudo en una mano y el arma en la otra hacia la ventana de la izquierda para cubrir el ingreso del resto, cuidando que no se abriera fuego desde el interior. Inmediatamente detrás de él ingresaron el resto de los integrantes del Grupo de Operaciones, el “brechero”, que había quedado como N°2, se dirigió rápidamente hacia la puerta de madera para hacerla ceder, esta vez mediante una “brecha balística” (técnica consistente en disparar a través de una “Ithaca” un cartucho al que previamente se le ha reemplazado la munición original por un material epóxico, y cuya finalidad es destruir una cerradura evitando el riesgo de que la bala traspase la misma hiriendo eventualmente a cualquiera que pudiera estar ubicado detrás de la puerta).

Es así que el “brechero” disparó contra la cerradura, destrozándola, tras lo que un golpe de ariete abrió violentamente la puerta de madera. Justo en ese momento se escuchó un disparo proveniente del interior del dormitorio ubicado a la izquierda, que fue rápidamente respondido por parte del policía N°1, a través de la ventana, mientras gritaba “están tirando, están tirando”.

Apresuradamente el “brechero” se hizo a un lado y el resto de la fila, encabezada por el N°3 de la fila original, ingresó a la vivienda, dividiéndose en grupos mientras gritaban desordenadamente “policía, policía”. Dos de los grupos se dirigieron hacia la izquierda, recorriendo en pocos segundos los tres o cuatro metros existentes entre la puerta de ingreso y el hall en que se enfrentan los dos dormitorios de la casa; en el que apunta al frente se encontraban Anselmo, su esposa y uno de sus nietos, y en el que apunta al fondo dormía la hija menor del matrimonio. Uno de los grupos, encabezado por el N°3, se dirigió hacia la delgada puerta de la habitación de Anselmo, abriéndola de una patada, preparados para disparar, iluminando repentinamente la oscura habitación con las linternas ubicadas debajo de los fusiles de asalto; se toparon con Anselmo (parado junto a la ventana y herido ya por dos impactos de bala), quien efectuó dos disparos hacia los policías que ingresaban hiriendo al primero de ellos, el N°3 de la fila original, que recibiría heridas de cierta gravedad. El compañero de éste lo sacó rápidamente de la habitación mientras que otro policía neutralizó a Anselmo respondiendo a sus disparos.

Otro grupo ingresó en el dormitorio de enfrente, el de la hija menor, donde luego se encontraría, dentro del taparrollos, una tiza de cocaína.

Entre la “brecha balística” y la patada que abriera la puerta de la habitación de Anselmo no habían transcurrido más de cinco segundos.

Anselmo fue internado en un hospital y detenido por los delitos de tenencia ilegal de arma de guerra, tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada por la participación de al menos tres personas en forma organizada y tentativa de homicidio agravado por efectuarse contra un integrante de las fuerzas de seguridad.

De puro milagro salvó su vida, pero los sucesos de aquella madrugada le dejaron secuelas físicas irreversibles, como el acortamiento de una de sus piernas y la inmovilización de dos de los dedos de una de sus manos, entre otras. Suficientes para imposibilitar toda posibilidad futura de que Anselmo continuara ejerciendo su oficio de albañil.

El policía herido fue internado también, aunque con lesiones de menor gravedad.


5. Irrupción en la casa de Anselmo desde el punto de vista de Anselmo

Minutos antes de las seis, aquella madrugada de octubre de 2008, Anselmo dormía cómodamente en su habitación, junto a su esposa y uno de sus nietos. En el dormitorio de enfrente dormía su hija.

Un estruendo ensordecedor lo catapultó sobresaltado de la cama. En ese momento, aparentemente, se le vinieron a la mente las amenazas recibidas por parte de quienes habían ingresado días antes a la casa de su hija; probablemente también pensó en la cajita metálica donde guardaba el dinero de la indemnización percibida por su hijo.

En pleno sobresalto tomó su calibre .38 y efectuó un disparo al techo para acobardar a quienes creía asaltantes (luego sería evidente que del todo no se equivocaba con el calificativo). Instantáneamente recibió en respuesta dos disparos de bala cerca del pecho. Casi al instante oyó cómo la puerta de su dormitorio se abría violentamente a sus espaldas, de modo que giró raudamente mientras se desvanecía, topándose con una intensa luz que lo encandilaba. Asustado disparó dos veces. Inmediatamente oyó los gritos de su esposa, quien sentada sobre la cama, en diagonal a las luces de linterna, pudo ver los uniformes de quienes ingresaban: “son policías, son policías” le oyó decir Anselmo. Se desvaneció en el acto, arrojando su calibre .38 a un lado. Una vez en el suelo sintió cuando otro de los policías, nunca supo cuál, se acercaba: lo fusiló efectuándole diez disparos más.

No había escuchado Anselmo los gritos desordenados con que se anunciaba el grupo de operaciones especiales, iniciados al perderse el “efecto sorpresa”, o sea, cuando Anselmo ya había sido alcanzado por dos impactos de bala. Como en la mayoría de los casos, el desordenado grito “policía, policía” suplantó a la notificación de la orden de allanamiento exigida por la legislación procesal penal; cuestionable modo de “notificación”, que además de su violenta precariedad comenzó luego de comenzada la balacera.

Pero allí no terminó esta tragedia. Una vez “asegurado el objetivo” ingresaron junto a los testigos los policías ordinarios, los que habían participado de las actividades investigativas. Recién entonces se dio lectura a la orden de allanamiento, que hasta entonces aguardaba en la esquina de la casa de Anselmo, y comenzó a registrarse el domicilio.

Como la orden disponía el secuestro de “todo elemento relacionado con el tráfico de estupefacientes” las fuerzas de seguridad secuestraron, además de la “tiza” de cocaína que estaba escondida en el taparrollos de la habitación de la hija de Anselmo, uno o dos televisores, un reproductor de DVD, una computadora, un aire acondicionado portátil, las alianzas de oro del matrimonio y algunas cadenitas de oro con sus respectivos dijes. Váyase a saber cuál era la relación de estos elementos con el comercio de drogas, lo cierto es que jamás fueron recuperados pese a haber sido consignado su secuestro en el acta de allanamiento.

También fueron secuestrados los dos vehículos estacionados en la cochera, lo que daría lugar a otra larga historia, ya que por haber sido posteriormente afectados a las fuerzas de seguridad para tareas de investigación, continuaron generando multas fotográficas por exceso de velocidad que empezaron a llegar a la casa de Anselmo al poco tiempo del secuestro.

Una vez culminado el operativo, la esposa de Anselmo encontró la cajita metálica donde guardaban la indemnización del hijo, estaba abierta y sin rastro alguno del dinero que contenía. Sería ingenuo pensar que el “secuestro” de esas “sesenta lucas”  habría sido consignado en algún acta.



Durante el juicio oral Anselmo pidió decir unas palabras, entre ellas, tratando de explicar lo sucedido, dijo: “creí que eran ladrones que me entraban a robar… y no me equivoqué”.




23 jun 2010

CRÓNICA DE UNA INVESTIGACIÓN IRREGULAR - Parte 1


UNA HISTORIA COMO TANTAS

Por C.P.


1. El progreso de Anselmo

Anselmo era (ya no) albañil, durante muchos años sus grandes sacrificios como trabajador no le permitían salir de la villa miseria en la que habitaba debido a que sus ingresos apenas alcanzaban para mantener a su familia numerosa, en ese entonces, tenía 5 hijos.

Pero sus hijos crecieron (uno de ellos fue asesinado), e hicieron sus propias vidas y buscaron sus propias fuentes de ingresos, con lo que el dinero obtenido por el esforzado trabajo de Anselmo comenzó a ser suficiente para alcanzar un mejor nivel de vida para él, su esposa y la única hija que aún vivía con ellos, la menor. Con gran esfuerzo logró comprar una casa, destartalada pero fuera de aquella villa (aunque sólo a unas cuadras), y con gran esfuerzo fue arreglándola, lo que hubiera sido imposible de no ser él mismo albañil.

Y con el tiempo tuvo una linda casa, y la equipó con electrodomésticos y algunos objetos de confort haciendo uso de las financiaciones sin interés ofrecidas por las tarjetas de crédito, y también compró un auto, un 0km, a pagar en casi infinitas cuotas, que llegaba a costear gracias a que día a día trabajaba en alguna obra, el trabajo no le faltaba. Para el mes de octubre de 2008, a los cincuenta y cinco años de edad, se encontraba a cargo de la construcción de una vivienda de dos plantas a pocas cuadras de la suya, había comenzado a trabajar en dicha obra en julio y ya había terminado la planta baja; cobraba por sus servicios una suma de dinero generosa y le daba trabajo también a su cuñado, Everardo, quien oficiaba de techista.

Para ese entonces uno de sus hijos, el único varón que quedaba, había cobrado una buena suma de dinero en concepto de indemnización, por daños y perjuicios o por algún conflicto laboral, pidiéndole a Anselmo que guardara en su casa, supuestamente más segura por estar fuera de la villa, los sesenta mil pesos que restaban luego de haber comprado algunas cosas para sí mismo y para sus padres.

Pero la envidia y la codicia no toleran la superación. Si alguien humilde progresa un poquito, para ciertas habladurías, y también para la policía, esa persona “anda en algo raro”. Y el caso de Anselmo no fue la excepción. Desde luego, no contribuyó favorablemente el que una de sus hijas, la del medio, que aún vivía en la villa, comenzara a dedicarse a la venta de drogas en el barrio; no se sabe si Anselmo conocía esta situación, pero sí se sabe que la relación entre ambos estaba muy deteriorada luego de continuos enfrentamientos que algunos han atribuido, justamente, a la dedicación de su hija.

Un día, a comienzos de octubre de 2008, esa hija llegó de visita a la casa de Anselmo llevando en uno de los bolsillos de su jardinero una “tiza” de cocaína. Mientras se desvestía en el dormitorio de su hermana menor para darse un baño y por temor a que alguno de sus padres encontrara la droga que portaba, deicidió ocultarla dentro del taparrollo de esa habitación. Luego del baño se vistió y antes de que pudiera recuperar lo que había escondido se produjo, como era habitual, una fuerte discusión con su padre, tras la que huyó rápidamente de la casa abandonando momentáneamente aquella mercancía y con la intención de recuperarla en otra oportunidad.

Doble problema tenía Anselmo para ese entonces. Uno lo conocía, la envidia de sus viejos vecinos de la villa; parece que producto de esa envidia, semanas antes de aquella madrugada de fines de octubre de 2008, unas personas habían ingresado en la vivienda de otra de sus hijas, la mayor, que también vivía relativamente cerca, y la habían desvalijado mientras agredían a esa mujer y le advertían que el próximo sería su padre, que había cometido el terrible pecado de mejorar su nivel de vida contra toda adversidad y con el producto de su duro y honesto trabajo. A consecuencia de aquella advertencia un atemorizado Anselmo había adquirido ilegalmente un revólver calibre .38 con la intención de proteger a su familia y a todo aquello que con tantos sacrificios había obtenido.

El otro problema, más grave aún, le era desconocido. La policía local seguía de cerca su leve crecimiento económico y parece que también sabía respecto de la indemnización cobrada por su hijo.

No sería desacertado decir que para ese entonces la suerte de Anselmo ya estaba echada. Aquella madrugada de fines octubre del año 2008, minutos antes de las seis de la mañana, todas esas circunstancias desembocarían en un trágico, aunque previsible, desenlace.

2. La investigación policial y las actividades sospechosas

Una nota anónima, misteriosamente recibida en la depedencia policial de la zona, fue el oportuno disparador de la investigación. Decía que Anselmo y su familia lideraban una organización que dirigía el tráfico de drogas en la villa.

Fue supuestamente a raíz de esa esquela anónima, carente de todo valor legal, que los agentes del orden decidieron comenzar la investigación. O tal vez la decisión había sido tomada con anterioridad y la esquela fue inventada para justificar lo que ya estaba planeado. Nunca se sabrá.

Lo cierto es que las tareas de investigación efectivamente comenzaron. Primero, según sostuvo la policía, hablaron con vecinos cuyos datos personales jamás habrían de ser aportados porque, también según la policía, la gente tenía miedo de brindarlos ya que Anselmo y su familia serían “gente peligrosa” o de “mala reputación en el barrio”. Siempre según la policía, esos vecinos habrían opinado que la familia tenía un nivel de vida demasiado lujoso, lo que resultaba sospechos ya que, según supuestamente ellos decían, Anselmo no trabajaba. Incluso algunos vecinos, siguiendo con los dichos de los investigadores, confirmaban que la familia lideraba el tráfico de drogas en la villa. Al menos eso es lo que se narró en las actas policiales, recuérdese que jamás se supo quiénes eran los supuestos vecinos que efectuaban tales manifestaciones.

Luego comenzaron las tareas de vigilancia mediante consignas sin identificación en las inmediaciones del domicilio de Anselmo, de la villa donde aún vivía su hija del medio y del domicilio de Everardo, quien según los policías también formaba parte de aquella peligrosa organización (se supone que tal vinculación tuvo apoyo en que la hija de Everardo, como la de Anselmo, había comenzado a vender drogas en el barrio, actividad desconocida por aquel).

Las actas policiales labradas por los policías que vigilaban los domicilios de Anselmo y Everardo describían los siguientes movimientos sospechosos, o en la jerga policial, “actividades compatibles con el tráfico de estpuefacientes”:

– Anselmo tenía un buen nivel de vida, tenía casa, autos (además del propio, una de las hijas guardaba el auto en su casa) y motos (un scooter del hijo), y pese a las constantes tareas de vigilancia, en diferentes días y horarios, no se pudieron constatar “movimientos propios de actividad lícita” (como salir a trabajar por las mañanas y volver por las tardes sucio). ¿Cómo podía entonces vivir de esa manera?, primer indicio incriminatorio considerado por la policía.

– Anselmo visitaba mucho a sus hijas, y para movilizarse desde su domicilio al de ellas lo hacía siempre en auto pese a que, por ejemplo, la casa de su hija del medio se encontraba a sólo cuatro cuadras de la suya; y algunas veces llevaba una bolsa. Contudentes indicios de venta de drogas, según los investigadores.

– Everardo y Anselmo también intercambiaban visitas esporádicas, ¿por qué se visitarían dos cuñados de no ser porque forman parte de una organización criminal?

Algo más claro, aunque tampoco contundente, resultaba lo informado en las actas labradas por los policías que vigilaban el ingreso al pasillo de la villa donde vivía la hija del medio de Anselmo y en las relativas a los seguimientos efectuados a la hija de Everardo. Las primeras informaban que habrían visto llegar personas que ingresaban al pasillo de la villa, y luego de unos minutos salían llevándose las manos hacia la nariz; según informaban las actas, no se interceptó a ninguno de esos “presuntos compradores” para no poner en peligro la investigación. Las segundas informaban haber visto a la hija de Everardo realizando repetidos “pasamanos” con diferentes personas, aunque tampoco se interceptó a ninguna de ellas, también en favor de la seguridad de la investigación.

Básicamente, esas fueron las únicas actividades consideradas “compatibles con el tráfico de estupefacientes” que la policía relató a la fiscalía y las que la fiscalía utilizó para fundar el pedido de allanamiento a los tres domicilios investigados. Obviamente, esos fueron también los fundamentos utilizados por el juez para ordenar los allanamientos.


3. Los allanamientos

Se decidió llevar a cabo los tres allanamientos en forma simultánea, un día de octubre del año 2008 minutos antes de las seis de la mañana, poco antes del amanecer. Como los habitantes de las viviendas eran considerados peligrosos, se decidió dar intervención a un Grupo de Operaciones Especiales.

Esa división policial de elite planificó meticulosamente las irrupciones a las viviendas. Mientras tanto, se reunía a los testigos de rigor que permanecerían en los furgones del Grupo de Operaciones hasta que los domicilios estuvieran “asegurados”, momento en que ingresarían junto al resto de los agentes de seguridad presentes, la mayoría de los cuales había participado de las tareas de investigación previas.

Según la división de elite, el ingreso se efectuaría del mismo modo en todos los domicilios. Los integrantes del grupo, armados hasta los dientes y con las caras cubiertas (como suele verse en las películas norteamericanas) ingresarían en fila y en grupos de aproximadamente diez personas, sin anunciarse, y comenzarían a gritar “policía, policía”, en forma desordenada y “a viva voz”, sólo luego de haber perdido lo que ellos suelen llamar “el efecto sorpresa”, es decir, luego de que hubieran efectuado un ruido de tal entidad como para alertar a las personas que estuvieran en el interior de las viviendas. Ello se efectuaría de tal manera, explicaban, para resguardar los resultados del operativo y la integridad física de los miembros del grupo, atento a la extrema peligrosidad de los moradores de las viviendas

Al irrumnpir en el domicilio de la hija de Anselmo, la que vivía en uno de los pasillos de la villa, sorprendieron a los moradores en una habitación de la planta superior. Allí encontraron algunas “tizas” de cocaína. Desde luego, la hija de Anselmo fue detenida, acusada del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada por la intervención de al menos tres personas en forma organizada.

En el domicilio de Everardo, el cuñado de Anselmo, sorprenderían a los moradores durmiendo en diferentes habitaciones de la casa. Encontraron, también allí, una o dos tizas de cocaína. Detuvieron a Everardo y a su hija, ambos acusados del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada por la intervención de al menos tres personas en forma organizada.

La irrupción en la casa de Anselmo sería aún menos afortunada.




CONTINUARÁ... (VER LA SEGUNDA PARTE ACÁ)

22 jun 2010

LIBERANDO A UN IMPUTADO

¿QUIÉN ES EL IMPUTADO?





Hace varios años, este buen señor recurrió a mí para que lo salve de su detención. No recuerdo qué hecho le habían imputado. Por supuesto, logré que lo liberen rápidamente. Un libro de premio a quien adivine quién era el detenido.

Saludos, AB

20 jun 2010

HISTORIAS DE LA FACULTAD - EPISODIO 5

DOS PERUANOS PUDOROSOS







Cuando publicamos el primer número de "No Hay Derecho" impresa, creo que solo Víctor Abramovich y Manuel Garrido se había recibido de abogados. Los demás aún éramos estudiantes.



Nos reuníamos una vez por semana para hacer todos los trabajos que hacen quienes publican una revista "jurídica", normalmente en mi casa —en esa época en Anchorena y French—, y así fue durante muchos años.



En una oportunidad, yo había invitado a mi hermana peruana postiza, "santa" Tatu, a parar en mi casa —donde hacíamos las reuniones semanales los martes a la noche—, con su señor marido, el señor "Pollo" ("Poio" en peruano).



Les había dejado mi departamento, que solo tenía un dormitorio, y con el único baño ubicado de manera tal en que para utilizarlo, había que ingresar por el dormitorio.



Las reuniones de NHD eran los martes a las 21. A esa hora aparecí yo —que me había ido por esos días a otro lado para darles tranquilidad y privacidad a los huéspedes—, que ya les había explicado que no había tenido tiempo para organizar la reunión en otro sitio. Me encontré con Tatu y Poio acostaditos, tapados con el acolchado hasta las narices, y tuve que explicarles lo del uso del baño.



Como nunca, ese día concurrieron casi todos los miembros de NHD a la reunión. A medida en que la hora transcurría, los miembros de NHD fueron pasando de uno en fondo al baño. Yo me había olvidado de explicarles de qué se trataba.



Cada vez que entraba uno al cuarto, miraba azorado a la pudorosa parejita de enamorados; Tatu y Poio se tapaban cada vez más, y sentían deseos de teletransportarse a cualquier otro lugar del planeta.







Creo que al principio Tatu intentaba explicarles de qué se trataba; luego desistió. Mis amigos de NHD entendían cada vez menos, hecho que pudimos comprobar cuando el último usuario, Christian Courtis, entró en el cuarto de los tortolitos, miró hacia la izquierda, contempló la escena de la parejita pudorosa y sentenció:



— Esto es surrealista...



Entró al baño tranquilamente, hizo su pis y salió como si nada pasara. Mis familiares peruanos, a esa altura, no se habrían asombrado si alguien llegaba a la reunión montado en un OVNI.



En ese sano clima familiar hacíamos nuestra revista, y yo atendía a mis huéspedes. Imaginen los resultados. Pero hay varios notas de color que le pediremos a los huéspedes que agreguen, que yo he olvidado.



AB