5 dic 2008

¿SECCIÓN? ROBADA - MISERIAS JUDICIALES

MALAS COSTUMBRES

Leyendo el blog Operación Derecho, encontré un post que me llamó la atención titulado "Una mala costumbre!!!". No sólo me pareció muy bueno sino que me generó ganas de escribir algunas de esas respuestas irracionales que nos suelen dar en mesa de entradas de todo tipo de tribunales.

Recuerdo que ya hace muchos años un comisario (Jorge Colotto) querelló a los presidentes de los ocho organismos históricos de derechos humanos. Así, su querella por calumnias e injurias se dirigió contra los presidentes de las siguientes organizaciones:

• CENTRO DE ESTUDIOS LEGALES Y SOCIALES (CELS)

• MADRES DE PLAZA DE MAYO - LÍNEA FUNDADORA

• ABUELAS DE PLAZA DE MAYO

• SERVICIO DE PAZ Y JUSTICIA (SERPAJ)

• COMISIÓN DE FAMILIARES DE DETENIDOS Y DESAPARECIDOS POR RAZONES POLÍTICAS

• MOVIMIENTO ECUMÉNICO POR LOS DERECHOS HUMANOS

• LIGA ARGENTINA POR LOS DERECHOS DEL HOMBRE

• ASAMBLEA PERMANENTE POR LOS DERECHOS HUMANOS

Como abogado del CELS, asumí la defensa de la Presidente de ese momento (Sra. Laura Conte, a pesar de que el presidente al momento de realizar el pedido que originó la querella había sido el fundador del CELS, Prof. Emilio Mignone) y, además, de los presidentes de cinco organismos más de los que aparecen aquí listados, con excepción de quienes presidían la Liga y la APDH.

El primer día que asistí al juzgado correccional competente presenté el escrito de desgnación en el cual Laura nos designaba a Gastón Chillier y a mí como sus defensores particulares.

Cuando me presento, la/el empleada/o natural, giró su cabeza hacia su izquierda y gritó casi con desesperación algo así como:


- "Dra. NN femenina [no recordamos su nombre], aquí hay alguien por la causa de 'los presidenteeeeeeeees'".

Apareció —creo— la secretaria del tribunal, recibió mi escrito y me dijo que estaba todo bien, pero que la Sra. Conte debería concurrir al tribunal a ratificar la designación. ¡Que lo parió!, pensé; ésta no la conocía.

Tratando de hacer memoria infructuosamente le dije:


-
"Dra., el Código vigente, en uno de sus artículos, dispone que el imputado puede designar 'defensor por cualquier medio'".

Luego verifiqué que era el artículo 104 del CPP Nación el que regulaba esa cuestión.
A continuación se desarrolló el siguiente diálogo:

- ¡Ahhh!, pero en este juzgado siempre se hizo así.

- [Armado de infinita paciencia repliqué] Doctora, un error, mil veces repetido, no deja de ser un error.

- Ya le dije, doctor, siempre lo hemos hecho así [como si yo no hubiera comprendido su "argumento"].

[Pausa mientras trato de pensar en alguna maldad, poniendo mi mejor cara de dolobu]

- Una pregunta, ¿cuántos imputados hay en esta causa?

- Son ocho. Sí, exactamente ocho imputados [agradecí que no fueran ocho y medio].

- Bueno, haremos una cosa. Yo pensaba asumir la defensa de todos ellos, pero como no tendré tiempo para acompañarlos a cada uno de ellos a ratificar, entonces cada uno tendrá que designar su defensor particular y tendrá ocho defensores...

- A ver... espere un minuto por favor...

La secretaria desaparece de la escena. A los pocos minutos, frente a la aversión al trabajo, encontró una "solución", tan absurda como la práctica que, según sus dichos, "siempre se había hecho así". Como si estuviera haciendo una concesión, me dijo:

- Bueno, doctor, vamos a hacer lo siguiente. Como con este simple escrito de "Designa defensores de confianza" no basta para tenerlos por designados, deberá presentar un nuevo escrito, en el cual cada uno de los imputados debe ratificar su designación.

MA-RA-VI-LLO-SO

De este modo, el tribunal competente no sólo consolidó una práctica errónea, sino que, además, generó el novedoso mecanismo de designar por escrito y ratificar del mismo modo.

Absurdo, ¿no?


Resultado, luego de haber demorado más de un año en despachar las designaciones —en una oportunidad, con tantos escritos, me confundí y presenté primero el "Ratifica" y después el "Designa"—.

Por supuesto, la salida más sensata consistía en alterar el orden de los escritos presentados.

Sin embargo, el tribunal me obligó a presentar un nuevo escrito de ratificación.

También por supuesto, el "delito" prescribió.

Saludos,

AB








2 comentarios:

CP dijo...

Excelente historia Alberto... ya me la habías contado y me parece buenísima (dá para hacerla guión de sketch de algún programa cómico).
Me alegra que una entrada de Operación Derecho te haya "inspirado" para crear una sección, que estaría buenísimo que se siga actualizando permanentemente con nuevos y novedosos sinsentidos de los que un abogado lamentablemente se acostumbra a escuchar.
Recomiendo leer esta entrada de OD que aporta a la misma cruzada: http://operacionderecho.blogspot.com/2008/08/haz-lo-que-yo-digo-pero-no-lo-que-yo.html (es corta pero no tiene desperdicio)
Un abrazo,
Cristian

Eduardo Daneri Canestrari dijo...

Jajaja!!! Buenísimo!!!.
Lo que pasa es que en los correccionales se atienden causas gravísimas!!!(con todo respeto), motivo por el cual se toman todo tipo de medidas para preservar su más valioso tesoro: "el expediente". Si uno quiere sacar fotocopias, no obstante estar presentado, debe solicitarlo por escrito puntualmente; tomar vista de la causa, sin ser parte aún, imposible!!!, tiene que estar autorizado o en algunos juz. exigen constituirse primero como querellante o defensor.
jaja son unos grosos!!!
Muchísimas gracias Alberto por el Robo!!!