METAFÍSICOS VS. PRACTICONES SACAPRESOS
Siguiendo con las dicotomías, muchos parecen sugerir que el profesor a tiempo completo agudiza la perspectiva del formalismo jurídico, sin tener en cuenta las condiciones de aplicación de su teoría a la práctica de los operadores jurídicos. Por ello es que desde otros sectores se los acusa de metafísicos, de investigar conceptos que son inventados por ellos, y que sus elaboraciones teóricas carecen de toda utilidad social práctica.
Desde el otro lado, se afirman cosas tales como las siguientes:
"En esta etapa se llegó a la conclusión de que la finalidad 'real' del actual plan de estudios es crear abogados que sólo sepan 'salir a pleitear', es decir, 'abogados litigantes'. Esto conlleva a que el actual plan de estudios sólo sea apto para crear 'mecánicos del ordenamiento jurídico positivo', que utilizan la norma cuando la necesitan".
"Se consideró que, al estar orientada la enseñanza del derecho al rol de 'abogado litigante' los alumnos realizan un aprendizaje técnico, memorista, convirtiéndose en meros receptores de información sin analizarla críticamente disminuyendo lo que se llamó 'masa crítica' del alumnado".
Yo creo, en primer lugar, que si hay algo para lo cual nuestra Facultad no nos forma, es para el papel de abogado litigante. En cuanto a la metodología mencionada en los dos párrafos anteriores, no es una metodología para formar litigantes, sino una mala metodología. Tampoco es justo la exagerada versión del profesor "metafísico". Sin embargo, creo que debemos tener una formación conceptual y, al mismo tiempo, una enseñanza instrumental que nos prepare para el trabajo cotidiano del abogado litigante —uso el término litigante en el sentido de abogado que interviene enfrentándosé en un proceso formal, en una negociación o en una mediación con contrapartes—.
En este sentido, sí creo que en nuestro ámbito académico, las "cuestiones de hecho y prueba" son mencionadas con la cara que la Pertiné puso cuando se enteró que tendría de nuera a Shakira, y que como regla, tanto el estudio serio del derecho procesal y de las cuestiones de hecho resultan menospreciados en nuestra Facultad. En este sentido, creo que el modelo español agudizaría el problema señalado, pues el profesor profesional nunca estudia un caso real, a lo sumo estudia los registros de ese caso. Y ello en el mejor de los casos, pues lo común es que se estudie el caso leyendo la sentencia. Y como dijo Abramovich: "estudiar un caso judicial leyendo la sentencia es como estudiar una batalla por el número de muertos".
De allí mi creencia en que el cuerpo de profesores debe ser, además de heterogéneo en el sentido de no ser todos abogados, distinto al actual.
Continuará...
AB
Siguiendo con las dicotomías, muchos parecen sugerir que el profesor a tiempo completo agudiza la perspectiva del formalismo jurídico, sin tener en cuenta las condiciones de aplicación de su teoría a la práctica de los operadores jurídicos. Por ello es que desde otros sectores se los acusa de metafísicos, de investigar conceptos que son inventados por ellos, y que sus elaboraciones teóricas carecen de toda utilidad social práctica.
Desde el otro lado, se afirman cosas tales como las siguientes:
"En esta etapa se llegó a la conclusión de que la finalidad 'real' del actual plan de estudios es crear abogados que sólo sepan 'salir a pleitear', es decir, 'abogados litigantes'. Esto conlleva a que el actual plan de estudios sólo sea apto para crear 'mecánicos del ordenamiento jurídico positivo', que utilizan la norma cuando la necesitan".
"Se consideró que, al estar orientada la enseñanza del derecho al rol de 'abogado litigante' los alumnos realizan un aprendizaje técnico, memorista, convirtiéndose en meros receptores de información sin analizarla críticamente disminuyendo lo que se llamó 'masa crítica' del alumnado".
Yo creo, en primer lugar, que si hay algo para lo cual nuestra Facultad no nos forma, es para el papel de abogado litigante. En cuanto a la metodología mencionada en los dos párrafos anteriores, no es una metodología para formar litigantes, sino una mala metodología. Tampoco es justo la exagerada versión del profesor "metafísico". Sin embargo, creo que debemos tener una formación conceptual y, al mismo tiempo, una enseñanza instrumental que nos prepare para el trabajo cotidiano del abogado litigante —uso el término litigante en el sentido de abogado que interviene enfrentándosé en un proceso formal, en una negociación o en una mediación con contrapartes—.
En este sentido, sí creo que en nuestro ámbito académico, las "cuestiones de hecho y prueba" son mencionadas con la cara que la Pertiné puso cuando se enteró que tendría de nuera a Shakira, y que como regla, tanto el estudio serio del derecho procesal y de las cuestiones de hecho resultan menospreciados en nuestra Facultad. En este sentido, creo que el modelo español agudizaría el problema señalado, pues el profesor profesional nunca estudia un caso real, a lo sumo estudia los registros de ese caso. Y ello en el mejor de los casos, pues lo común es que se estudie el caso leyendo la sentencia. Y como dijo Abramovich: "estudiar un caso judicial leyendo la sentencia es como estudiar una batalla por el número de muertos".
De allí mi creencia en que el cuerpo de profesores debe ser, además de heterogéneo en el sentido de no ser todos abogados, distinto al actual.
Continuará...
AB
3 comentarios:
Yo creo que en general se cae en una indefinición penosa, no hay ni una cosa ni la otra. Reconozcamos que ni es buena la formación práctica ni la "metafísica" teoría.
La gran esperanza para acercar estas puntas es el método del caso, pero cuidado, hay que saber muy bien cómo hacerlo, sus límites y sus precondiciones. Tengo agendado un post sobre eso en Saber Derecho.
Creo que la educacion interdisciplinaria esta bien, es importante, el faltante, si se quiere, pero tambien creo que si despues de la disyuntiva que plantea alberto entre los conferencistas de los conceptos y instructores de la calle, nuestra propuesta es esa, lo unico que hacemos es validar una falsa disputa, sentada sobre falsos presupuestos y que construye ese NO HAY DERECHO.
Si todos aquellos asuntos que no estan en la sentencia, ni aparecen en el conteo de muertos, fuera tema de otra disciplina, habilitamos a que cada uno de estos muchachitos de la autonomia absoluta, y los campos de estudio infra todo, sigan resguardando tamana esupidez.
Tampoco creo que el metodo de casos sea la manera de superar el binarismo medular. Si no hay real conversacion entre el tipo que dicta el concepto de "prueba" y el que sabe todos los artilujios para producirla, impugnarla y hacerlas ver mejor de lo que son, esta seguira siendo una educacion hacia ninguna parte, un lugar de esquizofrenia y cinismo infernal.
Por cierto, Alberto, deverdad espero con ansiedad que termines de pasar el articulo de abramovich sobre el complejo de R.H.. me ofreceria a copiarlo pero me queda cerca bs. as. para pasar a buscarl..
Mariela: te juro que no entendí nada de lo que dijiste, no por tu culpa sino por mi escasa imaginación. Ahora veo si subo lo que faltaba del "Complejo de Rock Hudson".
Saludos,
AB
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