En el derecho fueguino, el Consejo de la Magistratura
está integrado por: a) un juez del Superior Tribunal; b) un ministro del poder
ejecutivo; c) el Fiscal de Estado; d) dos legisladores; y e) dos abogados de la
matrícula. Recibida una denuncia, el trámite mínimo es el siguiente:
Artículo 10.- El presidente del Consejo dispondrá la investigación sumaria de
los hechos denunciados. Concluida la investigación, convocará a los miembros
del Consejo, con exclusión del que se encuentre ejerciendo el cargo de fiscal
acusador, remitiéndoles previamente copia del expediente sobre la investigación. Si el Consejo considerase que la
denuncia es infundada o irrazonable será rechazada sin más trámite. En caso
contrario correrá traslado de las actuaciones al fiscal acusador que actuará
como órgano de acusación.
Desde el principio del trámite de la denuncia, el Dr. Sagastume tomó partido claramente a
favor de los jueces denunciados. En una entrevista radial que le hicieran
recién presentada la denuncia, cuando aún yo no la había ratificado, dijo:
“Y sería poco serio seguir adelante con una denuncia sin ratificar
porque, al haber presunta comisión de delito, hay que considerar también la
eventual responsabilidad del
denunciante, en caso de que se cometa una falsa denuncia”, deslizó el también
titular del Superior Tribunal de Justicia.
En ese sentido, detalló que si, por ejemplo, una “fácil pericia
caligráfica” demostrara que las firmas son verdaderas, y que los hechos no son
como se ha relatado, entonces “podría existir temeridad o falsa denuncia” por
parte del denunciante…
Un dato relevante es que Sagastume confirmó ayer que la investigación
preliminar de la Presidencia puede ser amplia, y por lo tanto incluir desde el
pedido de copia certificada de los expedientes judiciales originales (donde
estarían estampadas las firmas falsas) hasta disponer de la pericia caligráfica
reclamada por el denunciante (transcripción de la nota publicada al día
siguiente de la entrevista radial, El Diario del Fin del Mundo, 6/8/2014, http://bit.ly/1uNZA0x).
Finalmente, sobre el tema de la realización del
peritaje que nosotros solicitáramos al Consejo de la Magistratura, el Dr. Sagastume, al momento de desestimar la
denuncia —y para hacerlo— afirmó:
Si bien solo a través de una pericia caligráfica podrá establecerse con
precisión, si como postula el Dr. Bovino algunas de las firmas individualizadas
en su presentación, resultan apócrifas, acceder a la petición de que sea este
Consejo quien practique dicha medida de prueba potencialmente implicaría poner en riesgo el normal
funcionamiento de los tribunales provinciales (Informe del Dr. Sagastume dirigido a los demás
consejeros, p. 7, destacado agregado).
Las breves citas de las afirmaciones del Presidente
del Consejo ponen en evidencia su falta de imparcialidad. En primer término, me
hizo una clara “advertencia” respecto del resultado de un peritaje. Si las
firmas no hubieran sido falsas, entonces yo había actuado con conocimiento de
ello y con intención de realizar una falsa denuncia.
Sin embargo, donde pone de manifiesto toda su
parcialidad es al hablar de las “pericias” caligráficas. En sus declaraciones
radiales dijo claramente que era posible realizar una “fácil pericia
caligráfica” para demostrar mi posible falsa denuncia o mi temeridad. Luego de
eso, como señala el autor de la nota citada, el Dr. Sagastume señaló la amplitud de la investigación que debe
realizarse para analizar la denuncia, amplitud que incluye la posibilidad de
realizar un peritaje caligráfico.
Algunos días más tarde su opinión era exactamente la
contraria: si el Consejo ordenaba realizar ese peritaje ponía “en riesgo el
normal funcionamiento de los tribunales provinciales”. Es decir que para acusar
al denunciante se trata de una “fácil pericia”, y para verificar la
responsabilidad de los jueces denunciados la misma medida de prueba arriesga el
normal funcionamiento de los tribunales.
¿Cómo se explica ese cambio de opinión jurídica? No se
explica. A menos que tengamos en cuenta que entre ambas opiniones presentamos
ante el Consejo de la Magistratura un peritaje sobre primeras fotocopias que
corroboraba que las firmas eran falsas. En ese contexto, realizar un peritaje
sobre los originales demostraría con total certeza la responsabilidad de los
jueces denunciados.
1 comentario:
MARÍA CRISTINA PETTI ( MADRE DE RODRÍGUEZ REGO LUCAS DAVID)
Dr. Alberto Bovino, lamentablemente siento que si siendo Ud. abogado, él cual sabe como actuar ante el Consejo de la Magistratura, tremenda corporación como la de VIEDMA, RÍO NEGRO, pienso, que queda para mi en las denuncias radicadas en las que llevo casi 15 años pidiendo que sean sancionados varios miembros judiciales, Jueces, Fiscal, Secretario, etc, y ni hablar de los sobreseimientos que se les dio a todos los policías. Ud es abogado, y actúa se la juega, mi abogado no mueve un dedo, porque también esta en la corporación, estamos yo en representación de mi hijo, que por la irresponsabilidad policial y judicial, quedo por estar 10 meses preso, enfermo psiquiátrico, por supuesto tiene sobreseimiento, y es una vergüenza Judicial, ya que estaba junto a su amigo en Las Grutas parados esperando el micro y no los paro ningún policía, mi hijo se acerco a hacerle una pregunta, NO LE PARECE UNA grotesca actuación judicial. Peor estoy como Ud. firme y la voy a seguir, solo que yo no soy abogada, y ninguno toma la causa porque son de Viedma y se arreglan entre ellos, solo soy madre de un inocente al que le arruinaron la vida. Lo felicito por su firmeza. La corporación es difícil. Abrazos sin conocernos. Y Suerte.
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