“Ya no hay
jueces en Berlín”*
Comentario
preliminar sobre el fallo de la CNCP en el caso de la “masacre de Pompeya”
Por
el Prof. Mariano Silvestroni
Aclaración: El caso da para
escribir y discutir mucho. Esta es una breve síntesis de mi opinión que fue escrita,
más que nada, para brindar un humilde aporte a quienes seguramente deben estar
trabajando contra reloj para presentar un recurso extraordinario. Espero que
tengan suerte.
Leí las
191 páginas de la sentencia de casación. Después de eso releí el fallo de la
Corte. Después vi por primera vez la película de Piñeyro.
Mis conclusiones sobre el fallo
Virtudes
1)
Respeta el principio de igualdad: los jueces trataron a Carrera del mismo modo en que tratan a todos los demás
imputados y trataron a la policía del mismo modo en que la tratan en todos los
demás casos. ¡Punto para los jueces!
Defectos
1)
Invierte la carga de la prueba. En los tres votos se dice que Carrera debió probar (y que no lo hizo)
su inconsciencia, el armado de la causa, el motivo espurio de los policías, que
los disparos comenzaron en el primer encuentro con la policía, que la policía
no se identificó en ese momento; un típico argumento mediático, de político demagogo,
de 'puerta giratoria';
2) Los
dos primeros votos valoran en contra de Carrera
su negativa a declarar (esto es expreso en el punto 12 del primer voto; en el
segundo voto se trata —sin éxito— de ser más sutil pero se hace lo mismo en el
punto 3, pág. 82, en pág. 95 penúltimo párrafo, y en pág. 111, último párrafo);
3) Los
tres votos incurren en argumentos circulares directos; el primero respecto del
punto medular de su argumento (la patente retráctil), el segundo en dos puntos
importantes, el tercero para descartar la inconsciencia;
4) No
valoran que el abogado que "le pusieron" a Carrera al comienzo del caso era el abogado de la propia
policía (ni siquiera se molestan en negarlo);
5) A
pesar de eso, los dos primeros votos valoran la intervención de ese abogado
como evidencia de que Carrera pudo
controlar el procedimiento y para afirmar que el procedimiento fue regular; el
segundo voto va más allá y valora las supuestas "omisiones" de Carrera en su primera declaración
(cuando fue asistido por ese abogado) como prueba de la falsedad de la declaración
que prestó en el juicio (pag. 111, primer párrafo);
6) Los
tres votos consideran que el primer reconocimiento (fotográfico) fue positivo,
a pesar de que no lo fue (la víctima dijo que la persona de la foto —que
casualmente era la número 1— era "parecida" al que lo había robado;
un típico caso de reconocimiento negativo);
7) No
obstante, consideran que ese reconocimiento "positivo" prevalece
sobre el reconocimiento negativo que se hizo con Carrera presente en una rueda de personas;
8) No
dan una explicación razonable sobre el "otro ladrón" que
"desapareció"; razonemos un poco: si los chorros eran 2 y en el 205
había sólo uno ¿no habría que explicar qué pasó con el otro?;
9) Dan
a entender que el "otro ladrón" pudo haberse ido cuando se bajó del
auto para acomodar la patente; pero yo pregunto, de ser así, ¿las víctimas no
habrían avisado de eso a la cana? ¿no habrían seguido al otro que fue
precisamente el que los robó?; el fallo no se mete en ese análisis porque se
les cae todo el razonamiento;
10)
Afirman (los dos primeros votos) que con la fuerza de sus manos Carrera pudo contrarrestar un impacto
vehicular a gran velocidad (más de 60 km/h) sin ser lesionado, ¿chequearon la
posibilidad física de que eso suceda? ¿existe una pericia que lo verifique?
(lean el último párrafo de la página 89 del segundo voto y saquen sus propias
conclusiones);
11) Se
"olvidaron" las reglas de incorporación de prueba en un juicio oral;
para ellos es lo mismo lo que se dijo en el juicio, lo que se dijo en la
instrucción y lo que se dijo e incorporó en policía; borran de un plumazo el
avance de la jurisprudencia de los últimos 10 años; es evidente que no están
juzgando a Carrera (porque para
juzgar a Carrera todas esas
diferencias son esenciales); están juzgando a la corporación judicial-policial a
la que pertenecen y no lo disimulan;
12)
Otorgan plena fe a las modulaciones policiales (primer y segundo voto) pero se
hacen los tontos sobre que, en todas esas modulaciones (EN TODAS), se habla en
plural de dos sospechosos; la pregunta es obvia: y el otro "caco"
¿dónde cuernos está? … cri cri …. cri cri….
13)
Ningunean el hecho de que la principal prueba contra (la patente retráctil) no
estaba en la primera pericia; yo pregunto ¿frente a la sospecha de una causa
armada, frente al hecho de que el defensor del imputado es el abogado de la
cana, frente a la película (¿qué película? preguntarán cínicamente algunos
jueces), es posible pasar por alto que esa patente NO ESTABA en la primera
pericia?; y que no digan que el perito no se fijó porque ese dato era esencial
porque había sido mencionado por la víctima del robo desde el inicio;
14) El
segundo voto tiene por probado que los policías se identificaron como tales
porque en una grabación se oyen sirenas; una falacia de antología: la grabación
ES POSTERIOR al momento en que Carrera
fue sorprendido por el siniestro Peugeot 504 negro;
15)
Vayamos al 504 negro; ¿lo vieron?; si no lo vieron véanlo (porque en el fallo
"no se ve" … y ese es el truco) ¿alguien en su sano juicio creería
que es un móvil policial?, ¿y si le agregamos a un chabón de civil con barba y
pelo largo y un arma asomando por la ventana? ¿Podemos reprochar que alguien se
asuste y salga disparando con su auto, aunque no reciba ningún tiro en el
labio? ¿Y si el "móvil" tuviera una luz azul "policial" en
el techo, qué? ¿no es eso, acaso, un factor para asustarse más?;
16) El
segundo voto dedica varias líneas a defender el accionar de la cana, a
justificar que hayan exhibido armas, etc.; el problema es que ése no es el
punto; no se está juzgando a la cana sino a Carrera;
la cana pudo tener (o no) razones para exhibir armas; pero lo que importa en
este caso es que las exhibieron a lo bestia (como hacen siempre y como siempre
los jueces lo justifican y alientan) y que Carrera
creyó que era víctima de un ataque; eso es lo único que cuenta, salvo que, en
lugar de juzgar a Carrera,
queramos hacer otra cosa…;
17) El
segundo voto invierte la carga de la prueba respecto de los dichos de Carrera sobre el lugar al que se dirigía
e infiere, de la supuesta no acreditación, su autoría en los hechos imputados;
no hay mucho para decir;
18) El
segundo voto dice que no es verosímil que Carrera
creyera que estaba siendo asaltado en el contexto que se encontraba pero, a la
vez, afirma que ES VEROSÍMIL qué hiciera semejante zafarrancho en ese mismo contexto
(eso le pasa por no leer —mejor dicho, por no entender— el voto de Zaffaroni en este mismo caso ver
considerando 15);
19) Sin
desperdicio, por lo falaz y circular, el segundo párrafo de la página 92 del
segundo voto;
20)
Respecto de los disparos 14, 19 y 15 (pág. 103), el segundo voto dice que
"no es posible descartar" que hayan sido efectuados por Carrera; y USA ESO EN CONTRA DE CARRERA;
un típico argumento a lo Mauro Viale
que, además del absurdo jurídico que importa, contradice frontalmente el
razonamiento del considerando 12 del voto de Zaffaroni;
21) Le
achacan tener un arma a porque: a) un testigo (que declaró en policía y en
instrucción) dijo que la vio en su mano; b) la policía dice que la vio en su
mano; PERO: a) el arma no coincide con la descripta por las víctimas del robo;
b) el arma estaba con el seguro puesto (¿cómo disparó?); c) el testigo fue
"elegido" por la cana y declaró ante la cana (la misma cana que echó
a otros testigos); d) el arma no tiene huellas de Carrera (no está probado que las tuviera); la policía
decidió no tomar las huellas; e) Carrera
no tiene restos de deflagración de pólvora en sus manos (no está probado que
los tuviera); la policía decidió no hacer la pericia; f) el vehículo de Carrera no presenta restos de
deflagración de pólvora (no probaron que los tuviera); g) como bien dice el
considerando 14 del voto de Zaffaroni,
la tenencia del arma contradice el accionar del "otro caco" que
supuestamente borró y se llevó los rastros del robo;
22) el
segundo voto da a entender (pag. 110 último párrafo) que es posible que en el
robo se hayan utilizado dos armas color negro pero que, después, OPORTUNAMENTE,
el "otro caco" (el que desapareció misteriosamente o, tal vez, se
transformó en el HOMBRE INVISIBLE) se las halla llevado, dejando (OH
CASUALIDAD) un arma plateada en poder de CARRERA …; otra inversión de la carga
de la prueba;
22 bis)
Se afirma que el disparo en el labio no fue tan grave como para dejado
inconsciente o semi inconsciente; este es un típico argumento de laboratorio,
de asceta, de nube de cristal ¿qué habría que hacer para que los jueces
entiendan lo que es que te peguen un tiro en la jeta?;
23) El
tercer voto (el voto culpógeno) se escuda tanto en la falta de inmediación (lo
hace más de 10 veces) y en la imposibilidad de verificar la credibilidad de los
testimonios (es determinante la excusa en la pág. 161, anteúltimo párrafo) que
termina siendo nulo por violar la doctrina de "Casal" que la Corte
Suprema, expresamente, le ordenó cumplir;
24) el
tercer voto descarta el acto reflejo porque considera que Carrera pudo "percibir lo que
ocurría a su alrededor" a pesar de que esto no contradice lo primero;
25)
Luego se mete en la discusión sobre los actos automatizados que no tiene relación
con el caso;
26)
Para rematar enuncia un concepto novedoso de acción "con acto
reflejo" (pág. 138);
27) Y
termina descartando la inconsciencia absoluta sin decir casi nada de la
inconsciencia relativa que elimina la imputabilidad (ver en especial págs. 142
y 143);
28)
Llama la atención que el tercer voto haga numerosas citas doctrinarias de Zaffaroni y que, a la vez, contradiga
frontalmente (para peor sin mencionarlo) el voto de Zaffaroni en esta causa!!!!!!!;
29) El
tercer voto incurre en una contradicción palmaria cuando, a la vez, absuelve
por estado de necesidad disculpante respecto del abuso de abuso de armas (que
en su lógica debería ser una tentativa de homicidio) pero descarta la eximente
para los homicidios culposos a pesar de que en éstos el disvalor de acción es
menor y, por ende, la proporción que debería existir con el suceso amenazante;
30) Según el fallo de la Casación, Carrera no
se lastimó al chocar porque venía fuertemente aferrado (con sus dos manos) al
volante del automóvil; sin embargo afirman (en otro pasaje del fallo para que
no se note la contradicción) que Carrera
mientras conducía disparaba hacia atrás (ya le sacamos una mano al volante);
además se afirma (el tercer voto es muy claro) que Carrera estaba aferrrado al arma después del choque;
pregunto: ¿cómo hizo para amortiguar el golpe por estar aferrado al volante e,
instantes después, estar aferrado al arma? y pregunto también: ¿cómo hizo para
estar aferrado al arma (para tenerla en la mano siquiera) después de haber
recibido 8 disparos en pecho, rostro, ambos brazos y ambas piernas); esto es un
fallo contradictorio de manual;
31)
En relación con esto mismo es evidente que, si se afirma que Carrera tuvo el arma en su mano es
porque: a) o bien miente quien así lo afirma (testigos "civiles",
policías, jueces) porque eso física y lógicamente imposible; o b) le
pusieron el arma sobre su mano; en cualquiera de los dos casos estamos ante una
irregularidad insalvable.
Para finalizar
El que
lee el fallo no puede conectarlo con el hecho real que ocurrió, con la masacre
de Pompeya, con la película, con la denuncia de armado de pruebas, con el
fusilamiento del que Carrera fue
víctima, con el mamarracho policial, con el hecho Nº 1 (que silencian para
evitarle una mancha más al tigre). El fallo representa la típica alienación de
los juristas (alguno preguntará, a qué juristas me refiero…).
El
fallo deja flotando una pregunta que de por sí lo invalida ¿Puede cualquier
operador judicial de buena fe pasar por alto semejante realidad? ¿No deberían
por lo menos citar la película para refutarla? Sabemos que así puede actuar un
robot, una computadora, un gestor de papeles, el tuerto en el país de los
ciegos, el burócrata que defiende un sueldo de más de 50 lucas mensuales, eso
lo sabemos todos, pero estoy preguntando otra cosa, ¿puede hacerlo un operador
judicial de buena fe? …
Más
aberrante es esto cuando en uno de los votos se pretende "mojarle la
oreja" a la película (sin nombrarla), invirtiendo el argumento del gran
premio de Hungría y cuando en otro se la reduce (también sin nombrarla) a una mera
versión de irregularidades.
Estas
referencias demuestran que los jueces conocieron el contexto del caso, las
irregularidades, la película que las demuestra y que, conscientemente, no
tomaron nada de eso en cuenta ni siquiera para refutarlo.
UN
FALLO VERGONZOSO.
*Frase robada a mi amigo Alberto Bovino quien a su vez la robó (invertida) de la cultura
popular alemana.
4 comentarios:
Muy bueno. Entristece que el destino de este proceso lo haya determinado la policía desde el minuto uno, sostenido en el tiempo por la banda de los corporativos.
En el punto 15) decís: "¿y si le agregamos a un chabón de civil con barba y pelo largo y un arma asomando por la ventana?"
¿Barba y pelo largo son agravantes o se te escapó? Consulto porque soy portador de ambas cosas.
No son agravantes (de qué podrían serlo?) ni se me escapó. Son indicadores de que los tipos no lucían como canas, ya que los canas en general lucen bien afeitados, con pelo corto y, a lo sumo, con un bigote bien feo y grueso que se dejan "colectivamente" para que no los reconozcan en las causas por apremios.
Nunca vi un fiscal de casación que meta un extraordinario contra una condena a 15 años. Y es que no hay cuestión federal que lo ampare para agravar la situación de Carrera. No puedo más que sostener que se hizo un REF que se sabe inadmisible, con el solo fin de dar un golpe de efecto mediático. Apoyo corporativo a jueces y polis. El multimedios opositor ya lo está manijeando en contra (con canaletas que ahora tiran el agua para el otro lado) sin dudas en la creencia de que el Gobierno lo va a usar de bandera para impulsar Justicia Legítima. Tiene que explotar la marcha.
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