El voto de Sal Llargués —al que Piombo adhirió— es realmente insostenible,
además de varios calificativos más. En tres párrafos revoca parcialmente el
fallo impugnado y recalifica como abuso sexual simple (art. 119, primer
párrafo, CP).
Eso sí, antes
de revictimizarlo, reconoce la necesidad de proteger el interés superior del
niño.
Según Piombo, esto es una persecución política
para quedarse con las dos vacantes en la cámara. Podría tener un poco de
dignidad y reconocer que el fallo es malísimo, que se equivocó.
El casador
puede decir lo que quiera, pero lo cierto es que consideró atenuante que el
abusador era buena onda.
Y, también,
descartó la agravante porque es dudoso que la minúscula “impronta” que le quedó
al niño sea consecuencia del simpático abusador.
¿Y qué relación hay entre las "improntas" y lo "gravemente ultrajante"? Ninguna, no es una exigencia del tipo penal la cuestión de la "impronta".
Lo que también es cierto que en el voto de Sal Llargués al que Piombo adhirió sí se tiene en cuenta la elección sexual del niño como atenuante:
Y para cerrar este fallo nauseabundo se agregó:
No hubo ningún "torcimiento" en el desarrollo sexual, ya que el niño tenía familiaridad con su sexualidad. O sea, era putito.
¿Persecución política? ¡Cuanta desvergüenza!
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