El Consejo de la Magistratura decidió posponer el análisis
de la denuncia del Doctor Alberto Bovino
sobre falsificación de firmas que involucra a dos jueces del Tribunal de Juicio
y el pedido de recusación del Presidente del Cuerpo —Doctor Gonzalo Sagastume— para la próxima sesión, en
virtud de la falta de quórum al momento del tratamiento.
Estuvieron presentes en la sesión de este miércoles el
Presidente Doctor Gonzalo Sagastume;
el Secretario, Ministro Jefe de Gabinete Lic. Sergio Daniel Araque; en representación de los
Colegios de Abogados de Ushuaia y Río Grande, los Doctores Clemente Vidal Oliver y José Rodas Fernández; y el Legislador Fabio
Adrián Marinello. No participaron
por haber anticipado su ausencia, el Vicepresidente Doctor Virgilio Martínez de Sucre y el Legisladora Jorge
Lechman.
Sin embargo el Consejo avanzó en la toma de conocimiento de
la ratificación de la denuncia formulada a través de la presentación de una
copia certificada ante escribano, fechada el 11/08/14. Atento a la recusación
que allí formuló Bovino contra el
Doctor Sagastume, el consejero
Fabio Marinello mocionó
solicitarle el informe normado en el art. 51 del Código Procesal Penal, moción
que es acompañada por los restantes consejeros.
Al dar las razones de por qué rechaza la recusación
planteada, el Presidente se refirió a que “la Ley 525 mal citada como nº 210,
establece en su art. 6 que el denunciante, en este caso el Dr. Bovino, no es parte del proceso, y por
ende no se encuentra legitimado para recusar”.
Usted lo dijo. Precisamente porque yo no soy parte es que
Ud. debe apartarse del tratamiento de esta denuncia. No temo que Ud. me pueda
perjudicar a mí. Temo que Ud. ya ha demostrado su intención de callar sobre
estos hechos y, por ese motivo es que debe apartarse, porque no será imparcial
y objetivo para resolver sobre los méritos de la denuncia. Es a los fueguinos
que le debe su apartamiento, no a mí. Por lo demás, esto no es un proceso
penal, no se escude Ud. en una regla pensada para supuestos de hecho
diferentes. No solo se le exige ser decente, también se le exige parecerlo.
Agregó además que “la norma excluye el dispositivo que
sobre el particular contempla el Código Procesal Penal”. Dijo que “por su
carácter, no puede responder aquella manifestación formulada en la presentación
que refiere a un hecho psicológico del denunciante, cuando dijo: ‘…ha llegado a
mi conocimiento que Ud. estaba enterado del problema de estas firmas antes de
la presentación de mi denuncia y que una de sus principales preocupaciones
consistía en sí yo sabía o no sabía estos hechos. Y Ud. nada hizo….’, estas
manifestaciones son de carácter tan genérico que sobre el particular no tengo
posibilidad de formular una aclaración al respecto”.
¿Hecho piscológico? Lo que le dije, Sr. Sagastume, es que Ud. le dijo a una
persona con quien se reunió que conocía los hechos denunciados. Y que una de
las preocupaciones que expresó sobre la cuestión fue si yo estaba o no estaba
enterado de estos hechos. No es un hecho
psicológico, es una proposición sobre su conducta previa a la denuncia. ¿Qué es
lo que no puede aclarar?
En cuanto a la nota periodística mencionada en la denuncia,
y que fuera emitida por el programa radial del periodista Gabriel Ramonet de FM Centro 100.7, luego de
hacer escuchar a los consejeros el audio de la misma, señaló que allí sólo se
refirió respecto al procedimiento que se tramita en este Consejo, y que ante la
requisitoria puntual del periodista las explicaciones fueron dadas en forma
potencial, sin referirse al hecho puntual sino ante el requerimiento periodístico.
Sagastume agregó en el informe que
la afirmación del denunciante no se condice con lo plasmado en dicha nota
periodística, y que no comparte lo señalado en el escrito de recusación,
considerando infundada la imputación que se le formula.
Yo no escuché ningún audio, y Ud. lo sabe. Lo que manifesté
es que había leído la nota publicada en internet. Así que empezamos mal. Los
hechos denunciados son muy graves, como lo puso de manifiesto la Asociación Pensamiento Penal, fundada y
dirigida por el Juez Mario Juliano.
La nota que remitió a este Consejo apoyando esta denuncia así lo expresa.
Luego de escuchado el informe el consejero Marinello se pronunció por el rechazo de
la recusación, en atención a los fundamentos que esgrime el consejero Sagastume. Ante ello, el consejero Vidal Oliver, propone a los restantes
consejeros que atento a que el cuerpo se ha quedado sin quórum debido a que el
consejero Rodas Fernández no
participa del tratamiento del tema, en razón de cumplir las funciones de Fiscal
Acusador, se posponga el tratamiento y resolución para la próxima reunión;
moción que es acompañada por los restantes miembros del cuerpo.
El doctor Sagastume
volvió a pedir la palabra y solicitó que sin perjuicio de lo resuelto por el
resto de los consejeros, en tanto entiende que en la presentación de fecha
11/08/14, el Dr. Bovino le
adjudica la comisión de un delito penal, peticiona que se disponga el envío de
copia de dicha presentación al Fiscal Penal en turno de este distrito, a fin de
que adopte las medidas que estime pertinentes.
Según el orden del día, estaba previsto dar tratamiento
como primer tema al “Acuerdo del Superior Tribunal de Justicia para la
designación del Doctor Guillermo Jorge González
como Juez Interino del Tribunal de Juicio en lo Criminal Distrito Judicial
Sur”. Los consejeros prestaron acuerdo a dicha designación, para suplir al
Doctor Roberto Magraner.
La repercusión pública que ha tenido esta denuncia expresa
el legítimo interés de los fueguinos por saber si esas firmas son falsas o no
lo son. Hasta el momento, ha sido Ud. con su conducta, quien no ha demostrado
ninguna preocupación por aclarar si los graves hechos denunciados son ciertos.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario