18 ago 2011

SERVINI DE CUBRÍA NO TE QUIERE DEJAR VOTAR

Para garantizar que votemos… ¡no nos dejará votar!








El artículo 37 de la Constitución Nacional dice en su primer párrafo:

Artículo 37. Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia. El sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio.

De esta cláusula constitucional, María Romilda Servini de Cubría (aka Atendini que Tapaba) sacó la irracional conclusión de que ella tenía facultades para cercenar de un plumazo estampado en un acta, que ella podía eliminar nuestro derecho a votar en las elecciones de octubre.

Lo paradójico es que parece no haber leído el principio del párrafo, donde se nos “garantiza el pleno ejercicio” del sufragio, entre otros derechos políticos.





TEXTO PARCIAL DE LA NOTA DE INFOBAE


"Sólo pueden participar de las elecciones generales aquellas agrupaciones que hayan obtenido como mínimo un total de sufragios igual o superior al 1,5% de los votos válidamente emitidos […]. En tal sentido, debo velar con extrema dedicación por el cumplimiento de la obligación constitucional de votar […] Esta participación pierde virtualidad, si las entidades políticas se ven imposibilitadas de intervenir en las elecciones generales por no haber obtenido el mínimo de votos exigidos en los comicios primarios", argumentó el acta.


Por ello, para garantizar la asistencia que ya es obligatoria por ley, la magistrada resolvió que "aquellos ciudadanos que no cumplan con su deber de sufragar […] y no justifiquen su omisión […] en el plazo de 60 días, no podrán votar en las elecciones generales del 23 de octubre de 2011, en el distrito Capital Federal".


Esta sanción se sumará, además, a las ya contempladas por el Código Nacional Electoral, que prevé impedir al infractor "realizar cualquier gestión o trámite durante un año ante los organismos estatales, nacionales, provinciales o municipales" y "desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección".










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