20 ene 2010

MALDITO CUESTIONARIO

CUESTIONADA DE HOY: MARÍA BELÉN MORETTI





1. ¿Cómo llegaste a estudiar abogacía?

Me inscribí en el CBC (Ciclo Básico Común) de Derecho y de Ciencias Políticas realice los dos a la misma vez, luego me definí por estudiar primero Derecho porque comprendiendo las normas seria más sencillo luchar por aquellas causas justas.



2. ¿Cuál dirías que son los principales vicios de la enseñanza del derecho en tu universidad, y si podés contarnos a quien consideraste tu mejor y tu peor profesor/a y por qué razones?


Según mi apreciación los principales vicios están relacionados con las formas ortodoxas en la enseñanza del derecho, formas estrictamente positivistas y enciclopedistas, claro que hay excepciones pero por lo general los alumnos no se sienten motivados de concurrir a una cursada cuando lo dictado en las clases tiene similares contenidos que los establecidos en los manuales básicos de enseñanza del derecho. En este sentido sigue siendo como sostiene Hernandez Arregui un centro de poder de la clase dominante, que como sabemos es antinacional y extranjerizante (o como diría Jauretche “cipaya”).


Tuve el honor de tener a grandes maestros y maestras a lo largo de mi carrera la Prof. Monica Pinto en Derechos Humanos y Garantías, el Prof. Dante Scaglione en Derecho Internacional Publico, el Prof. Francisco Castex en Derecho Penal, la Prof. Lambois en Derechos Reales, no podría considerar como mal profesor/a sinceramente a ninguno de los docentes que han intervenido en mi formación, en mayor o menor medida de cada uno aprendí algo.


2. ¿En que sentido condicionó tu carrera y tu trabajo profesional el hecho de ser una mujer? ¿Creés que en la metodología de la enseñanza que impera en nuestra facultad se hace algo en relación al género?


El hecho de ser mujer no condicionó mi carrera ni mi trabajo profesional, considero que el rol que la mujer ha padecido en el siglo pasado ha permitido en éste siglo —citando a Eva Duarte de Perón— encontrar a aquella mujer que piensa, juzga, rechaza o acepta.



4. Contanos brevemente lo más bizarro, lo más injusto y lo más agradable que te sucedió durante tus estudios universitarios.


Lo más bizarro, ir caminando por un pasillo de la universidad y quedarme perpleja al ver como alumnos/as y docentes brindaban con unas copas de champaña dentro del aula al finalizar una cursada; lo más injusto un examen de Derecho Comercial libre en donde el docente al terminar mi exposición me dijo que sabia los contenidos de la materia pero en condición de libre la calificación numérica no podía ser superior a 4; lo más agradable una representación de un juicio por jurados en el cursado de la materia.



5. Estás en el medio de un juicio oral, el abogado de la contraparte, repentinamente, formula una planteo de nulidad totalmente inesperado. Ni siquiera entendés de qué se trata. El presidente del tribunal te da traslado y debés contestar en ese momento, ¿qué harías?


Yo tomaría la palabra y diría:


- Entiendo que no debe hacerse lugar al planteo de la contraria en razón de que no resulta éste el momento oportuno para realizar un planteo nulificante, que bien pudo haberse interpuesto en etapas anteriores del proceso. Indudablemente, el objetivo de la contraparte o, mejor dicho, de su patrocinante, es entorpecer el camino al esclarecimiento de la verdad que, no debemos olvidar, debe ser nuestro objetivo principal dado nuestro carácter de operadores del sistema de justicia. El planteo de la nulidad por la nulidad misma no debe tener favorable acogida, y en esto resulta conteste abundante doctrina y jurisprudencia. Por otro lado, no demuestra la parte contraria cuál es el gravamen real que causa la medida impugnada, y esto trae como consecuencia indudable el rechazo in limine del planteo. Considero que el Excelentísimo Tribunal que V.S. preside debe rechazar las argumentaciones respecto de las cuales se me corrió traslado, en el entendimiento de que ésta será una decisión justa que dé por tierra con planteos mezquinos que tienen un fin distinto que el que debemos perseguir: la justicia.


En todo caso, si el Tribunal hace lugar al planteo de nulidad, por lo menos nuestro cliente sabrá que pusimos esfuerzo en defenderlo, nuestro buen nombre quedará a salvo y hasta es posible que el cliente agradezca el esfuerzo y considere a los miembros del tribunal arbitrarios y tendenciosos, o simplemente que están entongados. Muchas veces los argumentos que resultan totalmente inconsistentes para los jueces, resultan motivo de felicitación por parte de los legos.



GRACIAS CUATRI, ME ENCANTÓ HACERLO!!!!!!


16 comentarios:

MORETTI MARÍA BELÉN dijo...

FUÉ UN PLACER, GRACIAS AB!

fahirsch dijo...

"lo más injusto un examen de Derecho Comercial libre en donde el docente al terminar mi exposición me dijo que sabia los contenidos de la materia pero en condición de libre la calificación numérica no podía ser superior a 4"
Aberrante.

Anónimo dijo...

Esos son lo que nos avergüenzan frente atodos. Ese tipo ni siquiera tiene pretensiones docentes, es un mediocre y enfermo que cree canalizar la frustración pasando por encima de un muchacho o muchacha que en ese momento está en una situación de debilidad frente a él.

Saludos, Cuatri1

Anónimo dijo...

Ese tipo es un hijo de puta.

Cuatri4

PS: Dejá de racionalizar la arbitrariedad, hermanito nº 1.

Pip. dijo...

Si, una guachada lo del docente en las mesas libres. A muchos docentes no les gusta tomar libres porque piensan que su materia (la que sea, que es siempre la más importante) no puede rendirse libre, hay que cursarla. Entonces desalientan a los alumnos de esta manera. De alguna manera es menos meritorio estudiar solo y bien, que cursar como un autómata y rendir exámenes de manera mediocre.

También están los que no ponen más de 4 en un recuperatorio. O los que no toman recuperatorio si el alumno no se presentó a la fecha del examen.
Lo que pasa ahí es que, por un lado (si obligas a presentarse en la primera fecha) estás obligando a un alumno a que se presente cuando no está preparado en lugar de alentarlos a que sean responsables y no pierda su tiempo ni el del docente presentándose antes. (Además, seamos sinceros, el que rindió horrible, en el recuperatorio ya cuenta con una presunción en su contra).
Por el otro, no le estás dando la posiblidad real de que mejore, porque si no aprobó en la primera fecha y sabe que no se va a sacar más de 4, no se va a matar mucho en estudiar, y si aprobó justo el examen no le das la posibilidad de completar lo que le faltó y demostrar que lo hizo.

Me parece un desastre: si el reglamento general de cursos lo permite, los docentes no tienen por qué ponerse a hacer interpretaciones que perjudiquen a los alumnos. Es una guachada.

Una vez un docente de la administrativo, hace 4 años nos dijo “hay que apelar a la responsabilidad del alumno”. Y estoy de acuerdo, apelar a la responsabilidad, y no cagarlo con el reglamento. Un 10 es 10, un 4 un 4, sea parcial, final, libre o recuperatorio.

Disculpas por las palabrotas. Estas injusticias (como alumna, como ayudante alumna y ahora como ayudante) me siguen poniendo loca.

Anónimo dijo...

La respuesta 5 es una verguenza. Si quiere clientes hagánle el favor de borrar esa respuesta!

Saludos,
Agustín

Alberto Bovino dijo...

Querida Pip:

Tenés absoluta razón en que a muchos de nosotros no nos gusta tomar exámenes libres.

Afortunadamente, en mi caso no es una exigencia porque como el curso de "Garantías" lo doy en el Departamento de Derecho Público, y yo soy profesor del Departamento de Penal, no me exigen que tome exámenes libres. Y en Penal, al menos en mi experiencia, siempre llamaron a nuestro titular, Julio Maier, para que tomara libres de "Régimen". Y yo lo acompañé tres o cuatro veces. Afortunadamente, en ninguna de esas ocasiones se presentó el estudiante que había pedido mesa de examen.

Por supuesto que no estoy de acuerdo con eso de la "importancia de la materia", o con reglas a priori absurdas como la de "si rendís libre, no podés sacar más de 4". Eso no sólo es arbitrario sino contrario al régimen vigente en la Facu.

No poner más de 4 por ser un recuperatorio es otra regla arbitraria e ilegítima.

Lo de tomar el recuperatorio si no se presentó al parcial no creo que sea un derecho. La verdad es que no sé que dirá el reglamento, pero no creo que permita "recuperar" a quien no dio examen. De todos modos, yo sí los dejo hacerlo, pero les aclaro que no podrán recuperar el recuperatorio.

Agustín, la respuesta 5 es un caso hipotético y me gustaría verte en sus zapatos en una situación así. Lo que piense de por qué lo hizo no es relevante, lo único que importa es lo que hace.

saludos,

AB

Pip. dijo...

AB, estamos de acuerdo con lo de los recuperatorios. El reglamento dice que el alumno que no asiste tiene derecho al "examen complementario" (recuperatorio), con lo cual quedaría excluída la posibilidad de recuperar ese examen.

Ojo, yo no digo que haya que resignar calidad ni exigencia en ninguna instancia. Porque tampoco estoy de acuerdo con tomar recuperatorios más fáciles que el exámen.

Me encanta que haya un lugar donde charlar amistosamente de estas cosas.

Saludos!

Max dijo...

Pip y AB, me parece que el caso del recuperatorio, a mi modo de ver, es distinto y puede generar alguna situación conflictiva que desconozco si el reglamento contempla.
Pero, imaginemos el caso de un alumno que se presenta al examen en la fecha establecida y obtiene como nota un 5 por ejemplo, ya que el tiempo con que contó para estudiar solo le permitió llegar a eso.
Su compañero que había podido estudiar igual que él, decide no presentarse y hacerlo directamente en el recuperatorio, esto es, una o dos semanas después, obteniendo como calificación un 9.
En definitiva, ambos tienen como nota un 5 y un 9 respectivamente, habiendo contado el segundo con una semana o dos más para preparar el examen.
Creo que es ésta diferencia la que algunos docentes erróneamente intentan subsanar imponiendo la irracional regla de no poner más de 4 a aquellos que aprueben el recuperatorio.
Me parece que la desigualdad está. Pero la mejor forma de subsanarla sería permitirle también rendir el recuperatorio a aquellos que aprobaron pero no están conformes con la nota obtenida. Claro que aquí debería regir la prohibición de la “reformatio in peius” quedando como nota final la mejor de ambas.
Saludos.

Pip. dijo...

Max, justamente, si el que rindió una semana antes lo hizo porque eligió libremente presentarse ese día, pudiendo hacerlo una semana después, no me parece una situación injusta.

En definitiva es el costo de oportunidad: uno elige algo y esta sacrificando otras posibilidades. En este punto, me parece importante que puedan ellos tomar esa decisión, y hacerse cargo (no decir después "el otro tuvo una semana más").

Buen finde para todos!
:o)

Max dijo...

Pip, me motivaste a leer el reglamento que como estudiante jamás había hecho.
Bien, según surge del art. 9 el docente tiene el “deber” de reevaluar a los alumnos que no alcanzaron los cuatro (4) puntos en alguno de los exámenes parciales de la materia.
Por su parte el art. 11 da derecho a una evaluación complementaria a aquellos alumnos que “no hubiesen podido asistir” al examen parcial.
Más allá de cuál sea la aplicación práctica de estos preceptos, no parece existir -por lo menos reglamentariamente- esa libre elección que señalas, ya que la circunstancia que habilitaría el derecho a rendir directamente el complementario parece ser no haber podido y no, no haber querido.
Eso me conduce a pensar que no sería descabellado (o por lo menos no antirreglamentario) que el docente exija al alumno que se presente directamente al examen complementario, acredite las causas que le impidieron asistir al primer examen.
Creo que no es lo mismo dar un examen en una fecha o a la semana siguiente y si en la práctica así funciona se pueden dar situaciones de desigualdad, que desde luego no pueden subsanarse con el castigo de no ponerle más de 4, sino como te decía antes, brindándole igual posibilidad a los que aprobaron el examen y no están conformes con la nota, o tras leer el reglamento, exigiendo se acredite la imposibilidad de asistir.
¿Me transformé en un "vigilante"?
Díganmelo!!!! Si es así.
Beso grande.

Anónimo dijo...

Lo que hace? una respuesta de manual!!..

No consigue nada, salvo sí (lo que ella pretende) que el cliente se quede "contento".

Saludos.
Perdón si mi opinión suena vehemente, es con absoluto respecto.

Agustín

Alberto Bovino dijo...

Agustín:

es un caso hipotético, no sabemos qué consgue o deja de conseguir.

Podemos hacer muchas cosas, lo único que no podemos hacer es quedarnos callados o mostrarnos confundidos (a menos que el "mostrarse confundido" sea una estrategia útil en la situación particular).

Todo bien con que nos des tu opinión, ésa es la idea.

Saludos, AB

Anónimo dijo...

Agustín, no suena vehemente, suena pedante.

Saludos,

Maxi.

Anónimo dijo...

Jaja! Cómo se van a enojar con la respuesta 5 si es la que dan muchas veces los jueces para resolver las nulidades!
Una vez planteé la nulidad de una indagatoria (en la que yo no había participado) argumentando que era confusa, que no se entendía el hecho que se le imputaba y en calidad de qué? La respuesta de la Cámara... "La circunstancia de que el imputado haya declarado, es una clara demostración de que comprendía el hecho que se le imputaba." Espectacular!
Muy bonita la muchacha que responde, inteligente y, por sobre todo, peronista!!!

Fran Vader dijo...

Belen es un honor que me compares con MOnica y la Dra Lambois, no creo merecer ese sitio pero igual gracias
Pancho