2 ene 2011

Entrevista a Leticia Kabusacki




LA SOCIEDAD CIVIL Y EL RESTO DE MUNDO


Leticia Kabusacki, especialista en derecho de familia y salud sexual y reproductiva, miembro de ELA (Equipo Latinoamericano de Justicia y género), una de las ONG informantes de la reunión de la Cedaw


Entre los hechos relevantes de este año figuran sin dudas las recomendaciones y duras críticas a la Argentina que realizó luego de la reunión de julio en Nueva York la Cedaw, el comité de las Naciones Unidas que se ocupa de monitorear que los Estados cumplan con la realización de los derechos humanos de las mujeres. Este año, la Organización de Naciones Unidas, entre otros puntos, instó al Gobierno a “garantizar” la aplicación de la Guía para la Atención Integral de Abortos no Punibles. Se trataba de una herramienta fundamental tanto para que las interesadas tuvieran conocimiento de sus propios derechos como para que los agentes de salud y de justicia aplicaran sin reparos y sin dilaciones las leyes vigentes. Esta fue tal vez la mayor contramarcha en este asunto. Volviendo a la relación nada casual entre matrimonio igualitario y ley de aborto, fue justamente en julio cuando se promulgaba el primero, cuando el ministro de Salud, Juan Manzur, anunciaba que la Guía, que en su actualización prevé la práctica del aborto en casos de violación con la sola exigencia de una declaración jurada o una denuncia policial de la mujer, estaba en vigencia. Al día siguiente negaba haber firmado la resolución.


¿Cuál fue la recomendación concreta de la Cedaw en relación a los derechos reproductivos?

–Luego de evaluar las respuestas del Estado nacional y también de escuchar muy atentamente los informes de las 10 organizaciones pertenecientes a la sociedad civil del país que estuvimos allí presentes, la Cedaw observó que la Argentina debe hacer lo necesario para reducir el número de muertes maternas, adecuar y modificar su ley para que las mujeres tengan garantizado su acceso a la salud sexual y reproductiva. Esto incluye que se eliminen los obstáculos para la realización de abortos no punibles.


¿Se hace referencia a la necesidad de modificar la legislación?

–El Comité de la ONU expresó su preocupación por la legislación restrictiva del aborto del artículo 86 del Código Penal y también por la interpretación inconsistente por parte de los tribunales cuando se trata de abortos no punibles. Otra gran advertencia gira en torno de la falta de datos concretos. No hay datos, no hay información estadística discriminada por género, lo cual es muy importante, porque no hay modo de leer la realidad sin estos datos. La pobreza, por ejemplo y en relación a lo que venimos señalando, afecta de manera distinta a las mujeres y a los hombres. También se advierte que faltan medidas para que las provincias tengan igual acceso a los servicios de salud más allá del sistema federal y la calidad de éstos.


¿Cuál es el alcance que tienen estas recomendaciones de la Cedaw?

–Lo primero que hay que destacar es que esta Convención, que cumple 20 años, lo que hizo desde el momento en que se creó fue poner en evidencia que los derechos de las mujeres por las cuales está velando son parte de los derechos humanos. Y así es como se lee internacionalmente; por lo tanto, los países que no los cumplen están atentando contra estos derechos. Luego, sobre el alcance, hay que tener en cuenta que una vez que un país aprueba uno de estos tratados –y Argentina ha sido uno de los primeros países latinoamericanos en hacerlo–, los incorpora a su plexo normativo. Esto es, tienen carácter constitucional. El tratado de derechos humanos que fue incorporado es ley, y toda la legislación argentina, incluyendo la de las provincias, debe ajustarse a esta norma.


¿Qué beneficios trae a un país la forma de estos tratados y qué perjuicios no cumplir con ellos?

–El beneficio es el de pertenecer a un grupo de naciones que favorecen el desarrollo. Se trata de un beneficio económico, ya que se existen programas concretos para favorecer el desarrollo. A su vez se considera que no es posible para un país desarrollarse cuando la mitad de su población, en este caso las mujeres, se encuentran en situación de riesgo, también moral.


¿Y existe alguna relación concreta entre los ciudadanos particulares y estas leyes? ¿Se puede recurrir a estos organismos internacionales por ejemplo cuando en tu país no te permiten realizar un aborto que tu propia legislación permite?

–Argentina aprobó en el año 2007 el protocolo facultativo de la Cedaw. Esto hace que las personas afectadas puedan recurrir directamente para manifestar su queja una vez agotadas las instancias domésticas que incluye la apelación a la Corte Suprema. Ya hay casos presentados ante la Iberoamericana de la OEA. De hecho esto ocurrió en el año 2006 en el caso conocido como “L.M.R., responsabilidad internacional de Estado Argentino por inobservancia del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”. Una chica de La Plata de 19 años con discapacidad intelectual que había sido violada por un familiar a la que le negaban su derecho a abortar.


¿La perspectiva del informe de la Cedaw es desoladora?

–No es desolador, es una advertencia fuerte a incumplimientos puntuales del Estado, entendiendo como Estado a todos los poderes y las instituciones públicas como los hospitales, por ejemplo. Es documentado, basado en informes muy serios y exhaustivos. Se destacan muchas cosas buenas de la Argentina, realizadas sobre todo durante el gobierno anterior, que sentaron las bases, la estructura, para que la situación de las mujeres mejore. Aquí se ha hecho mucho para promover la no discriminación de la mujer, entre otras cosas se ha creado en 2004 el Consejo Nacional de la Mujer, se avanzó mucho en la regulación y el blanqueo de las empleadas domésticas, la Asignación Universal por Hijo es otro punto importantísimo y destacado por el organismo. Lo que se está reclamando es la puesta en marcha de toda una estructura ideal y muchas veces sin recursos suficientes.

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