1 nov 2010

¿QUÉ VENDE EL "VERAZ"?

PUBLICIDAD ENGAÑOSA: NO
NOMBRE MENTIROSO: TODO BIEN


¿Qué vende el Veraz?





¿Quién puede saberlo?


El daño generado por figurar en el VERAZ
no puede paliarse solo con la verificacion de los datos

En la causa “Hilbert Beatriz Ismaela c/ Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ daños y perjuicios”, la actora había demandado a la entidad bancaria por haberla incluido erróneamente como morosa en los registros del Banco y de Veraz, señalando que a pesar de haber cumplido rigurosamente con las cuotas del crédito que tenía con dicha institución, inclusive efectuando pagos por adelantado, fue incluida en los registros mencionados sin motivo alguno.

La actora explicó en su demanda que como consecuencia de los daños y perjuicios que ello le produjo promovió demanda contra la accionada, la que fue desestimada por no haberse acreditado el daño material invocado, por lo que en la presente causa demanda el daño moral padecida que no fue reclamado en la mencionada causa.

La sentencia de primera instancia rechazó la excepción de prescripción y de cosa juzgada opuesta por la entidad bancaria demandada e hizo lugar a la demanda, condenando al banco a que abonara a la actora una suma de dinero en concepto de indemnización.

Ante la apelación presentada por la demandada, los jueces que integran la Sala K, explicaron en el presente caso corresponde determinar la procedencia del daño moral, lo que a contrario de lo expuesto por la demandada, constituye una pretensión distinta de la resuelta en la mencionada causa, debido a que no tiene relación con el daño material, lo que motivó el rechazo de la excepción de cosa juzgada opuesta por la recurrente.

Tras destacar que “resulta indiscutible que el daño se configuró y que tuvo su causa en la anotación y difusión de la condición de la actora, que como fuera señalado era errónea”, los jueces resolvieron que dicha “situación no se puede paliar con la rectificación del error incurrido, toda vez que el daño pese a la corrección, de todos modos se consumó”.

Por otro lado, la Sala K también resaltó que la configuración del reclamado daño no resulta afectada por la circunstancia de que la actora no acreditara el daño material, debido a que “la situación de encontrarse en el registro con calificación de deudora, más allá de lo expuesto, constituye por sí un desmérito y un agravio que justifica ampliamente la extensión del resarcimiento en función de la reparación integral y plena”.

Nota completa en Abogados.com.ar



El problema que generan las bases de datos personales sensibles va más allá del eventual perjuicio respecto del perjudicado directamente. En primer término, cada una de las veces que recurrí a Veraz para obtener información, llegué a la conclusión de que gran parte de la información faltaba.

Hace poco, un íntimo amigo que conozco desde mi infancia tuvo un problema con la empresa. La información sobre procesos judiciales pendientes que aparece en el Veraz solo identifica a las personas por el nombre y apellido, no se verifica que no se trate de un homónimo. Pues bien, en el informe de Veraz de mi amigo —que, como yo, tiene un nombre común pero un apellido no tan común— aparecía que en la ciudad donde ambos nacimos —Concepción del Uruguay—, un homónimo había sido demandado por un incumplimiento contractual o algo similar.

Supongamos ahora que uno está pidiendo un crédito y le sucede lo mismo, ¿cómo se arregla? No será Veraz quien lo hará, lo deberemos hacer nosotros. ¿Está bien que una empresa con ese nombre gane dinero vendiendo infrmación y, al mismo tiempo, cuando esa información no es correcta, seamos nosotros quienes debemamos afrontar los costos?

AB

2 comentarios:

asd dijo...

Cuestión espinosa si las hay. Creo que pocos se atreven a pegarle a equifax, u otras empresas que se dediquen a brindar informes comerciales, dada la amplia percepción de utilidad que tiene para el giro comercial de gran parte de la actividad privada en nuestro país. Pienso que la idea generalizada es que los que sufren perjuicios por ser erróneamente incluidos en sus informes son "colaterales", o "riesgos asumibles" dada la necesidad de las empresas de informes fiables. No es más que otro caso dónde se privilegia el interés de una gran empresa(como si no le bastase su propio capital para defenderse).

Alberto Bovino dijo...

Estimado Mauryen:

Coincido en parte contigo. Una cosa es que el Veraz se equivoque e informe que me sacaron la atrjeta Visa porque no la pagué, y el error consista en que ya he regularizado la situación. Mal o bien, el hecho sucedió, y la información está desactualizada. En ese supuesto, no es tan injusto para el investigado que deba aclarar su situación real.

Otra cosa es que en un país como el nuestro, en el cual por motivos varios —entre ellos el uso de un solo apellido como regla— los homónimos abundan, se les permita informar de datos judiciales sin necesidad de demostrar que se trata de ese Jorge Pérez y no de otro.

Por más que se aclare que no se garantiza la identidad, si alguien debe decidir entre contratar con dos candidatos, uno de ellos con un informe de demanda judicial de un homónimo, y el otro no, seguramente el primero se verá perjudicado.

Saludos,

AB