MALDITO TU ERES
El cardenal Jorge Bergoglio declarará el lunes en el juicio a los represores de la ESMA. El testimonio del jefe de la Iglesia Católica fue solicitado por el abogado Luis Zamora, después de que la catequista María Elena Funes relatara que los sacerdotes jesuitas Orlando Yorio y Francisco Jalics fueron secuestrados por la Armada luego de que el entonces principal de la Compañía de Jesús les quitara su protección.
Bergoglio no declarará como imputado sino como testigo. Amparado en el privilegio que el Código Procesal prevé para los “altos dignatarios de la Iglesia”, el cardenal dará su testimonio en privado, en su oficina de la Curia porteña, rodeado sólo por los jueces y los abogados que intervienen en el proceso.
FUENTE: Página /12
UPDATE a pedido del amigo Fahirsch
Por supuesto, está lleno de privilegios. Y lo más grave es que están previstos para aquellas personas cuyas declaraciones deben estar mucho más sometidas al escritunio público que las de un testigo común. Pero como esto es el reino del revés... aquí va el primer párrafo del art. 250 del Código Procesal Penal de la Nación.
Tratamiento especial.
Artículo 250: No estarán obligados a comparecer el presidente y vicepresidente de la Nación; los gobernadores y vicegobernadores de provincias y del territorio nacional; los ministros y legisladores nacionales y provinciales; los miembros del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y de los tribunales militares; los ministros diplomáticos y cónsules generales; los oficiales superiores de las fuerzas armadas desde el grado de coronel o su equivalente, en actividad; los altos dignatarios de la iglesia y los rectores de las universidades oficiales.
2 comentarios:
"…Código Procesal prevé para los “altos dignatarios de la Iglesia”
Preguntas: ¿Hay otros privilegiados en el Código Procesal? ¿No es una violación del art.16 de la Constitución Nacional?
No le comprenden las generales de la ley????
Abrazo
Martín de Neco
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