Creo que al final me “concedieron” las copias simples del expediente que había solicitado. Pero lean ese título aquí debajo:
Sí, efectivamente, en el orden del día del Consejo de la
Magistratura fueguino el primer e importantísimo tema a tratar era “definir si
me facilitarían fotocopias del expediente”. Tan importante que la nota lleva
ese título.
En primer lugar, ¿qué es lo que tienen que “definir” o “analizar”?
El expediente es público. ¿Será que Sagastume
cree que es de él, ya que no se lo mostró ni a los demás consejeros, a pesar de
que debía hacerlo por mandato legal?
¿Qué es lo que no se entiende del concepto de “publicidad” por el
que tanto se rasgaron las vestiduras para justificar la prohibición de
transmitir en vivo el audio de la sesión del 11 de septiembre? Realmente, la
“infotocopiabilidad” de los expedientes me tiene recontra harto.
Sin embargo, esto no es nada comparado con la continuación de Sagastume interviniendo en calidad de
Presidente del Consejo en el trámite de la denuncia. ¿Con quién habrá cursado
derecho procesal en la universidad? Porque se nota que el concepto de
“imparcialidad” no fue un tema a estudiar…
Sagastume no puede continuar interviniendo luego de que
él mismo se ocupara de informar a los demás consejeros, que “iniciaría acción
por injurias” en mi contra. Y en esta cuestión no importa que aún no me haya
querellado o demandado civilmente. Puede hacerlo al día siguiente de rechazar
mi recurso extraordinario. Tampoco importa que haya desistido de hacerlo
—porque alguna persona razonable lo convenció de que no sería una buena
medida—.
Lo único que resulta relevante es que haya decidido, al analizar mi
conducta —en verdad, mis dichos—, perseguirme penal o civilmente, decisión que
demuestra cómo influyeron en su ánimo mis opiniones sobre su conducta
funcional. Si aún no comprende que debe apartarse, entonces sí que no entiendo
qué hace en el Superior Tribunal…
No hay comentarios.:
Publicar un comentario