SI ESTO NO ES MAL DESEMPEÑO...
Ya habíamos informado sobre las nuevas andanzas de Catucci
y Cía. S.A. en una entrada reciente.
Sin embargo, creemos que lo sucedido es un hecho de tanta gravedad que merece
comentarios adicionales y, además, no podemos dejar que caiga en el olvido.
El juez de primera
instancia Luis María Cabral
ha sido designado miembro subrogante permanente
de la Cámara Federal de Casación Penal. Sí, como leyeron, Cabral es juez de primera instancia,
porque es juez de un tribunal de juicio (Tribunal Oral en lo Criminal Nº 9), es
decir que ejerce su jurisdicción como tribunal de grado. El hecho (meramente
formal) de que los jueces de juicio, en nuestro sistema nacional, posean la
jerarquía de "camaristas" no los hace menos jueces de primera
instancia, pues ellos intervienen en el trámite
ordinario de los juicios penales como primer tribunal competente de
grado.
¿Y cómo sucedió eso? Pues parece que los jueces Madueños, Catucci, Figueroa y Gemignani votaron por la permanencia permanente de Cabral en el tribunal, mientras que Hornos —quien había convocado al acuerdo
especial— faltó y Borinsky se
abstuvo. Ledesma, David y Slokar votaron en contra.
Los fundamentos para ajustar el tornillo que une a Cabral con su silllón de la Sala I de la
Cámara de Casación, jurídicamente, no
existen. Se trata de un invento de nuestra querida amiga Liliana Elena Catucci, que nos ha asombrado una vez
más con su imaginación prevaricadora al inventar la figura del juez
"subrogante permanente".
Nota de Irina Hauser en Página/12
Según relata Irina Hauser
en la nota citada, Ángela Ledesma
advirtió el contrasentido de la expresión "subrogancia permanente",
pues los subrogantes son, por definición, transitorios. A pesar de ello, Ana
María Figueroa quiso hacer bien
sus deberes y apareció con citas de derecho internacional para justificar el
esperpento. Como si esto fuera poco, Cabral
concurrió y estuvo presente durante todo el acuerdo. Los cuatro votos a su favor y la abstención de
Borinsky evitaron la necesidad de que el permanente tuviera que votar a favor de su propia designación. Agradecemos especialmente a Borinsky su gentil aporte.
Está claro que lo advertido por Ledesma es correcto, y que la expresión "subrogante
permanente" es un oxímoron que reúne dos conceptos de significado
contradictorio (v. gr., "silencio atronador"). Y, como todo oxímoron,
al reunir términos contradictorios obtiene un nuevo significado: Luis María Cabral (a) el casador a la carta.
Veamos ahora los "fundamentos" de los votos
del acuerdo especial de 11 de junio de 2013.
Como puede apreciarse a simple vista, en el acta no se reprodujo argumento jurídico alguno para justificar la designación a la carta del soldado heroico. En el voto disidente, en cambio, sí se justifican ciertas razones.
En el voto de Ledesma, David y Slokar, en cambio, se cita el régimen legal vigente: el art. 31 del decreto-ley 1.285/58 y el artículo 2 de la ley 26.376:
ARTICULO 2º —
En caso de subrogancia por
recusación, excusación, licencia, vacancia u otro impedimento de los
integrantes de las Cámaras de Casación o de Apelación, Nacionales o Federales, se aplicará el procedimiento previsto en
el artículo 31 del Decreto-Ley Nº 1285/58 (ley 26.376, párr. I).
Artículo 31. - La Cámara
Federal de Casación Penal, la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y
Correccional de la Capital Federal, los tribunales orales y las cámaras
nacionales de apelaciones en lo criminal y correccional federal, en lo criminal
y correccional y en lo penal económico se integrarán por sorteo entre los demás miembros de aquéllas; luego del mismo modo, con los jueces de la
otra Cámara en el orden precedentemente establecido y, por último también por sorteo, con los jueces de
primera instancia que dependan de la Cámara que debe integrarse (Decreto-Ley Nº 1.285/58, texto según
ley 26.371).
Veamos entonces:
• ¿Se trata de un
caso de subrogancia? Sí
• ¿Se trata de un
caso de subrogancia por vacancia? Sí
• ¿Es aplicable el
art. 31 del decreto-ley nº 1.258/58? Sí
• ¿Se aplicó? No
• ¿Fue un error? No
¿Qué debía hacer la Cámara Federal de Casación Penal?
Exactamente lo que se señala en la disidencia, esto es, sortear al subrogante
entre los demás miembros de esa Cámara.
Por este motivo, el diputado Carlos Kunkel
presentó una denuncia, el 28 de junio, contra el mismo Cabral y contra los jueces que
permitieron su designación (Catucci,
Borinsky, Figueroa, Riggi, Madueño y Gemignani)
por la comisión de los delitos de abuso de autoridad, nombramiento ilegal y aceptación
ilegal de cargo público.
Nota en Página/12
La denuncia fue sorteada y recayó en el tribunal de
María Romilda Servini de Cubría.
Dicen que Cabral está
asustadísimo...
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