18 mar 2017

LA OMISIÓN DE SENTENCIA EN USHUAIA






El caso que me llevó a Ushuaia hace varios años (2013), finalmente, ha llegado a su último episodio. Para no defraudar a su público, el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur —esta vez integrado por los jueces García Arpón, Pagano Zavalía y Bembihy Videla— ha ignorado una vez más el derecho vigente.

Aclaro, antes que nada, que yo renuncié a la defensa del Sr. Félix Donamaría luego de una audiencia  que se realizó el 7 de septiembre de 2015, en la cual el tribunal apretó a mi cliente para que aceptara la omisión de debate —que es el nombre más adecuado que en Tierra del Fuego denomina al juicio abreviado—.

La regla que organiza la omisión de debate es el artículo 324 del CPP Tierra del Fuego:

Omisión del debate
Artículo 324.- Cualquiera fuese la posición asumida por el imputado en orden a su culpabilidad, cuando el Ministerio Público Fiscal estime suficiente la imposición de una pena no mayor a tres (3) años de privación de libertad, de multa o de inhabilitación, aun en forma conjunta, dentro del plazo previsto por el artículo 323 podrá manifestar tal apreciación y proponer omitir el debate. La propuesta y su trámite no suspenderán el plazo referido en el primer párrafo del artículo precedente, a los fines allí contemplados. Si estuviese de acuerdo con ello la parte querellante, se conferirá vista al imputado quien, dentro de los cinco (5) días, podrá expresar al Tribunal su conformidad con la petición. Ratificada la manifestación en forma personal ante el Tribunal de juicio, por el imputado y su defensor, el proceso será llamado para resolver, dentro de los tres (3) días, si corresponde omitir el debate. Si el imputado actuase con asistencia  de la defensa pública, la ratificación deberá ser prestada con la intervención del Defensor ante el Superior Tribunal de Justicia, cuando el mismo hubiese delegado su actuación. Si el Tribunal de juicio también considerase innecesario el debate y adecuado el límite de la condena estimada por el Ministerio Público Fiscal, inmediatamente comenzará a deliberar hasta dictar sentencia. Dará a conocer ésta en audiencia pública, que tendrá lugar dentro de los tres (3) días de dictado el pronunciamiento.

El Tribunal podrá absolver o condenar, según corresponda, fundando su resolución en la prueba ya incorporada; pero la condena nunca podrá superar la pena mayor requerida por el agente fiscal o la parte querellante.

Rechazada la petición, la estimación sancionatoria expresada no constituirá limitación alguna a la cuantía de la pena que resulte procedente.

La existencia de varios imputados en un mismo procedimiento no inhibirá la aplicación de esta regla a alguno de ellos.

Como ya habíamos dicho, el 7 de septiembre de 2015 todos los imputados dieron su “conformidad” para omitir la realización del debate. Los jueces que integraron el tribunal fueron Pagano Zavalía, García Arpon y Guillermo Jorge González.

Terminada la audiencia, Pagano Zavalía anunció que se debían retirar para resolver la solicitud de omisión de debate.

Pues bien —y aquí entramos en el resbaladizo terreno del prevaricato fueguino—, estos tres señores parece que se olvidaron de que debían resolver este caso. Tanto se olvidaron que hasta se les fue del tribunal el juez Guillermo Jorge González antes de que se dignaran a recordar el caso que decidiría la suerte de, al menos, 15 imputados.

Repentinamente, el 24 de febrero de 2017, esto es, 18 meses y quince días más tarde de realizada la audiencia, García Arpón, Pagano Zavalía y Bembihy Videla han decidido “omitir el debate”. El mismo día “deliberaron” y dictaron sentencia, que en el caso del Sr. Félix Donamaría, resultó condenatoria.






Lo extraño —e ilegal— no es solo el “pequeño plazo” que se tomaron, sino, además, que Bembihy Videla resolvió lo discutido en una audiencia a la que no acudió. Si bien no debe confundirse el principio del juez natural con el de identidad física del juzgador, cuando se realiza una audiencia, sí rige la exigencia de identidad física del juzgador. Sin embargo, en el derecho fueguino no andan con esas pavadas, y da lo mismo quién acuda a la audiencia y quién resuelva, porque así lo consideran Pagano Zavalía y García Arpon. A estos dos jueces se les atribuye la frase: “se va a acabar el curro del Estado de derecho”.

Próximamente nos enteraremos cómo el Superior Tribunal rechaza los planteos de los defensores, justificando —otra vez— la grosera ilegalidad del Tribunal de Juicio en lo Criminal de Ushuaia.

Y lo terrible es que a nadie le parecerá escandaloso que los jueces se aparten de esta manera del derecho vigente que deben aplicar y hacer respetar. Ya no es un problema de interpretación, ni de plazos “ordenatorios”. Se ha dictado una resolución sobre la responsabilidad penal de 15 personas 18 meses y medio más tarde, y uno de los jueces no podía intervenir en la decisión porque no estuvo en la audiencia, y luego repartió penas para todos y todas sin haber visto jamás a los imputados.


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El texto legal es claro y exige que quienes estuvieron en la audiencia —no otros— resuelvan dentro de tres días si corresponde omitir el debate. En caso de que consideren admitir la omisión del debate, el tribunal inmediatamente comenzará a deliberar hasta dictar sentencia. Entre esos “tres días” e “inmediatamente”, el plazo es sustancialmente más breve que el año y medio y 15 días que se tomaron los jueces del Tribunal de Juicio de Ushuaia para resolver. Nada impediría, por otra parte, que se hubieran tomado veinte meses, o tres años, porque ellos hacen lo que les viene en gana, y nadie les exige que respeten el derecho vigente.



2 comentarios:

Christian Rubilar dijo...

Pedi la destitucion, asi se exige el cumplimiento del derecho vigente, y despues te defiendo yo cuando te fabriquen 12 causas penales.

Alberto Bovino dijo...

Ya los denuncié porque en sus resoluciones aparecían firmas falsas, y nada... Yo ya no tengo nada que ver con todo esto. Solo tengo un recurso extraordinario federal pendiente ante el Superior Tribunal por otro caso, para el cual ya estoy reparando la queja porque no me lo van a conceder. El problema es de los fueguinos...