La postulación del abogado Carlos Horacio de Casas para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
que realizó el gobierno ha sido objeto de muchísimas impugnaciones. Entre
ellas, probablemente la más fuerte sea la nota enviada a la Canciller Susana Malcorra por 134 organizaciones.
Impresionante la cantidad de organizaciones y, además, su amplio
arco temático e ideológico. Quien alguna vez haya participado en la redacción o
firma de una nota/solicitada/presentación de este tipo, conocerá lo difícil que
resulta obtener un texto que satisfaga a todas las personas u organizaciones
que firman.
La impugnación ha sido presentada por organismos históricos de
derechos humanos, centros de estudio, organizaciones sindicales, bibliotecas,
organizaciones religiosas, centros universitarios, agrupaciones de abogados,
colectivos de género, asociaciones por la diversidad sexual, organizaciones
campesinas, y ONGs de perfil liberal tales como la Asociación por los Derechos
Civiles (ADC), Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y Poder
Ciudadano, entre otras tantas.
En la impugnación se afirma que “corresponde que el Estado
argentino retire la postulación de Carlos Horacio de Casas”. Sus fundamentos:
Tal como hemos expuesto a lo largo de esta
presentación, Carlos Horacio de Casas no reúne los requisitos establecidos en
el art. 34 de la CADH para integrar la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos. Es sumamente preocupante que la Argentina haya presentado un candidato
con los antecedentes, posicionamientos y la trayectoria hasta aquí descriptos
que, además, ha brindado información
falsa a la prensa para defender su nominación (destacado agregado).
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La gran repercusión que ha tenido esa impugnación ha generado una
vergonzosa editorial de La Nación. En ella se realiza una fuerte defensa del candidato del gobierno y se
cuestiona el contenido de la impugnación con argumentos falsos o absurdos. En
primer término, el editorialista nos muestra su amplitud y nos enseña que “es
esperable que en una democracia existan impugnaciones”. Sin embargo, no sería
propio de una democracia “rechazar a un candidato no por sus méritos y
trayectoria, sino porque no se adapta
a la mirada y necesidades de los otros” (destacado agregado).
1. Perfil y trayectoria del
candidato
Según La Nación, el candidato es una persona independiente del
gobierno “con una probada trayectoria jurídica y de servicio público”. Sin
embargo, no se explica en qué consiste esa trayectoria. Solo menciona un caso
en el que el candidato participó ante la Comisión Interamericana que “se
convirtió en un hito en materia de prisión preventiva”. Se refiere al caso “Peirano Basso” (Informe Nº 86/09, Caso
12.553, Jorge, José y Dante Peirano Basso,
República Oriental del Uruguay, del 6 de agosto de 2009). El diario elogia al
candidato, en este sentido, por haber
participado en este caso, que demuestra su experiencia como usuario
real del sistema y, además, por su
preocupación por un tema de importancia (la prisión preventiva). Es
decir que La Nación sí toma en cuenta, para destacar la trayectoria de de Casas, el interés que ha defendido en
un caso concreto.
Sin embargo, se cuestiona severamente que las asociaciones que
impugnaron al candidato tengan en cuenta los intereses que ha defendido en
su trayectoria profesional. Lo de las asociaciones es “ideología y
preconceptos”; la opinión de ellos, en cambio, se funda en “la razón”.
Tampoco se menciona que carece de antecedentes académicos en
derechos humanos. Toda su formación —según surge del currículum que el mismo
candidato ha subido a su página profesional— se vincula al derecho penal, derecho penal económico y derecho empresarial. Ha
sido el mismo candidato quien definió su perfil profesional como un perfil ajeno
al campo de los derechos humanos. El hecho de haber litigado con éxito un caso
trascendente ante la Comisión Interamericana no significa que su trayectoria lo
haga idóneo para ser miembro de la Comisión Interamericana.
2. Opiniones personales
El segundo punto de la impugnación consiste en la opinión personal
del candidato, que resulta contraria a varios estándares internacionales en
materia de derechos humanos.
Así, en la presentación de las asociaciones se citan varias
opiniones que el candidato sostiene a título personal a favor de restricciones
ilegítimas de diversos derechos. Para citar solo dos ejemplos, está a favor de
la vigencia de la figura penal del desacato —figura que representa una clara
violación a la libertad de expresión para el sistema interamericano—, tal como
surge de una publicación suya sobre el tema.
Por otra parte, en la misma publicación, que nada tiene que ver con
ese tema, se pronuncia en contra de
otorgar personería jurídica a la Comunidad Homosexual Argentina (CHA).
Por ello es que las asociaciones dijeron, sobre este tema:
A partir de concepciones discriminatorias, el
artículo de Carlos Horacio de Casas propugna la intervención del Estado para
restringir indebidamente derechos fundamentales. Estos posicionamientos lo
descalifican para integrar la CIDH en tanto la misión de este organismo es, justamente,
impulsar el reconocimiento y protección estatal de estos grupos y derechos.
Si esto no es apoyar la impugnación en “los méritos y la
trayectoria del candidato”, no sabemos qué es.
3. Falsear información sobre
su defendido: un militar acusado por delitos de lesa humanidad
El 4 de febrero, algunas ONGs de derechos humanos habían expresado
su preocupación por la falta de trayectoria del candidato en la defensa de
derechos humanos, y por el hecho de que su única participación en el proceso de
memoria, verdad y justicia hubiera sido la defensa particular del militar Gómez Saa. En respuesta al rechazo de
esos organismos, el candidato dio varias entrevistas periodísticas en las
cuales dio “datos falsos e inexactos” sobre su motivo para defender al militar.
Entre otras cuestiones, el candidato afirmó que: a) el militar
“era inocente, tal como lo declaró la justicia”; b) “se había opuesto al golpe
militar”; c) le habían “dictado una falta de mérito y luego lo sacaron del
proceso por problemas de salud”; y d) “lo echaron del ejército” en 1977.
En la presentación de las 134 asociaciones se demuestra, por el
contrario, que la justicia jamás declaró la inocencia del militar —más allá de
que siempre conservó, técnicamente, su estado de inocencia en virtud de la
presunción de inocencia—. Luego de dictada su falta de mérito en el caso, la
Cámara Federal de Mendoza la revocó y dictó su procesamiento. A continuación,
fue acusado y la causa fue elevada a juicio por privación ilegítima de libertad
y torturas. Sin embargo, en la primera audiencia el juicio se suspendió en
razón de la incapacidad sobreviniente de Gómez
Saa por cuestiones de salud.
También se ha demostrado que no existe indicio alguno para afirmar
que se opuso al golpe de Estado, pero sí existen elementos que indican que sí
fue parte del esquema de la mal llamada “lucha contra la subversión”. Por
último, se indica que recién pasó a retiro el 4 de diciembre de 1979. Con lo
cual resulta claro que de Casas, para defender su candidatura, faltó
intencionalmente a la verdad.
Pero un hecho que llama poderosamente la atención es que tanto el
mismo candidato como el diario aclaren que el
militar “era inocente”. El hecho de que fuera materialmente inocente o
culpable es irrelevante para justificar la decisión de tomar un caso, ¿o acaso
los culpables no tienen derechos?
4. ¿A quién defiende La
Nación?
En un párrafo, la editorial pone en claro de qué acusa a las
asociaciones que impugnaron la candidatura de Carlos H. de Casas.
Pero la cuestión de fondo, en verdad, es
más compleja, tanto en lo institucional como en los ataques y en la difamación
que se llevan adelante contra
abogados a los que se intenta demonizar y difamar en función del cliente
que ellos, en el ejercicio de su plena libertad profesional y de conciencia,
decidieron asesorar. El objetivo no es otro que desvirtuar el principio de defensa efectiva de los derechos
individuales y sociales de los representados. La principal crítica que
se le hace al doctor De Casas no es otra que la de defender a un militar
acusado de haber sido represor durante la última dictadura (destacado agregado).
La mala fe del diario es manifiesta. En ningún momento se ha cuestionado
el derecho de defensa de nadie. En todo momento se hace referencia al perfil
del candidato, y es natural, si se habla de trayectoria, analizar a qué se
dedica un candidato en su actividad profesional.
No se trata de un defensor público, que es neutro a la elección de
los casos. Se trata de un abogado particular que se dedica profesionalmente al
derecho penal económico por elección, en defensa de intereses corporativos, y
completamente ajeno al campo del derecho internacional de los derechos humanos.
¿Nos parecería razonable designar en un ente regulador de servicios
públicos a quien se ha dedicado toda su carrera profesional a defender los intereses
de las empresas prestatarias del servicio? El rechazo de un candidato con dicha
trayectoria, ¿implicaría cuestionar el derecho de defensa de las empresas?
Aquello que La Nación llama “probada trayectoria jurídica y de
servicio público” carece completamente de vinculación con los derechos humanos.
Su defensa del candidato del gobierno solo expresa su voluntad de defender derechos
e intereses de las mismas personas que defiende y ha defendido el candidato. Es
evidente, en este sentido, que La Nación salió a apoyar agresivamente al
candidato porque parece que él sí se adapta a “su mirada y sus necesidades”.
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3 comentarios:
No se puede plantear todo con una vista tan subjetiva. Cuando mandaron a Zaffaroni que era mas K que Máximo no dijeron ni mu al respecto.
Antonio
Tenés razón, solo puede ir alguien de su ideología. Tiene que pensar como Ud. y actuar como Ud.
Ud. sí es intachable (no es irónico esto), así que imagino -nunca sabré por qué gente honesta e inteligente sostienen a delincuentes- que quiere a alguien como a Zaffaroni. Z piensa como ud en varias cosas, es "defensor" de los DDH y tiene prostíbulos, juró como juez en la dictadura, no puede justificar su plata, no pagaba (siendo que es rico) impuestos y nunca firmó como juez de la corte (y eso que reinaba su ausencia laboral) ni una sola causa relacionada a delitos sexuales (y las mujeres abogadas nada dicen al respecto!!!), solamente las "retenía" intentando prescriban.
Por favor, un día, dejémonos de joder y tratemos de tirar para adelante con honestidad. La destrucción del sentido común (discutamos este concepto si quieren...pero pretendo sostener una posición así que utilizo el término) nos está arruinado.
Saludos
Fernando
Zaffaroni también fue cuestionado (http://www.lanacion.com.ar/1796864-zaffaroni-entre-los-candidatos-cuestionados-para-llegar-a-la-corte-interamericana).
Todas las impugnaciones son juicios de valor sobre algún candidato, por lo que necesariamente son juicios "subjetivos".
AB
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