A continuación reproducimos una nota de opinión de Adrián Martín que resulta un excelente disparador
para reflexionar sobre diversas cuestiones relacionadas con la justicia penal. Pasemos
y leamos…
Juicios abreviados y
encarcelamiento preventivo
Por Adrián Martín (*)
Mucho se ha debatido en el
ámbito académico y judicial sobre la validez constitucional o no de los
llamados juicios abreviados o, más claramente, sobre la posibilidad de
renunciar al juicio y aceptar la condena que propicia el fiscal. Se ha dicho
que la garantía de no ser condenado, sino luego de un juicio previo, no podía
ser renunciada por nadie. Otros han respondido que todos los derechos pueden
ser renunciados libremente por sus titulares.
Sin embargo, y más allá de
esta discusión, lo que ocurre en ciertas oportunidades es que esa renuncia no
es libre. El recurso que los operadores judiciales hacen de la prisión
preventiva, es decir, el hecho de encarcelar a alguien antes de considerarlo
culpable, opera también en favor de esos juicios abreviados. No son pocos los
casos en los que alguien detenido prefiere aceptar una condena rápida que le
posibilite salir en libertad, y no esperar encarcelado la realización del
juicio al cual tiene derecho.
Como se puede ver, la opción
no es sencilla para nadie que quiera discutir su responsabilidad sobre un
delito. En estos casos, el interrogante sobre el margen de libertad y
voluntariedad de esa renuncia al juicio es el tema central. No es posible, sin
apelar a eufemismos, decir que quien renuncia al juicio para poder obtener el
derecho a la libertad lo hace libremente cuando, en caso de querer garantizar
su derecho al juicio, tendría que esperarlo varios meses o años en condiciones
de encierro.
Tal vez no sea la cuestión
central a debatir la existencia o no de esos juicios abreviados, sino antes que
ello la decisión de los operadores del derecho —muchas veces fomentados o
atemorizados por los medios masivos de comunicación— de imponer privaciones de
libertad sin condenas previas.
La prisión preventiva en
nuestro país ha aumentado notablemente en proporción a las personas condenadas.
Existen más de dos personas sin condena por cada condenado. Sin dudas, la
lentitud de los juicios puede ser una explicación —lo que debe urgentemente ser
modificado por adecuadas reformas procesales—, pero esa no es la razón
principal. Se puede observar cómo en diversas provincias que han modernizado su
régimen procesal, y donde el juicio puede llevarse a cabo en un breve lapso de
tiempo, de todas formas, se incluyen modificaciones legales que permiten más
cantidad de supuestos de encarcelamiento durante el proceso. La cuestión es
preocupante.
Esas normas y prácticas
vulneran los más elementales derechos humanos, tal como ya lo han dicho los
organismos internacionales, pero además sostienen una idea equivocada que
pareciera considerar al juicio como una instancia superficial y anecdótica. El
juicio ha perdido el lugar central donde se va a discutir si una persona debe o
no tener una condena. Es la denuncia o la mera intervención policial lo que
pareciera generar el efecto de condena y, en consecuencia, el pedido de
detención posterior opera en forma ineludible.
Seguramente, una mejor
información permitiría a los ciudadanos comprender cuáles son los derechos y
garantías en juego que, en definitiva, son los derechos de todos. Reflexionar
sobre estas cuestiones es un deber ineludible de los comunicadores, pero
también de las instancias judiciales y legislativas. Tal vez una de las formas
más adecuadas de aportar a esta empresa desde el ámbito jurídico sea abrir el
servicio de justicia a sus propios destinatarios y, sin dudas, la
implementación del juicio por jurados es un canal que desde hace varias décadas
exige ser explorado.
(*)
Presidente de la Asociación Pensamiento Penal. Juez de Cámara Tribunal Oral de
la Capital Federal. Profesor e investigador UAI. Docente de la UBA. Nota de opinión publicada en El Diario de La Pampa.
¿Y? ¿En que se parecen?
Ése es otro tema…
2 comentarios:
Se parecen en que con ninguna de las dos se puede hacer una limonada... :-D
En que son una especie, carecen de vuelo, hacen ruido....
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