¿LA MUERTE DE LOS MANUALES DE DERECHO?
Leyendo hace un rato el último post de Tomás Marino, en donde se menciona una obra de Zaffaroni que viene acompañada por un disco compacto con videos (una muestra aquí abajo), y recordando vagamente una conversación sobre la "muerte de los manuales" con Martín Böhmer, se me ha ocurrido plantear como posible tema de debate si es posible hoy en día continuar dando clases tomando como bibliografía básica un manual tradicional.
También me vino a la mente las limitaciones que sentí en el último paper que escribí. Es mi retardada ponencia para el Encuentro de Blawgers que llegó solo para ser publicada. Dado el tema central del breve trabajo —sin pretensiones teóricas—, esto es, contar una experiencia concreta del uso de los blogs para dar una materia en la Facultad, muchísimas citas eran enlaces a los blogs, y el lenguaje verbal no me alcanzó para describir la experiencia educativa vivida (éste es el blog de ese curso).¿Será cierto eso de la muerte de los manuales? ¿Alcanza un libro de texto como los manuales a cubrir las necesidades que un curso de derecho requiere?Les dejo la inquietud. Saludos, ABovino
6 comentarios:
Alberto: en mi opinión,y poniendo como ejemplo la materia derecho penal, la utilización del Manual de Zaffaroni con el complemento de algunas lecturas específicas es más que satisfactoria. Expido mi voto: no han muerto los manuales.
Saludos!
Julián
Creo que es difícil hablar en general, por eso voy a hablar de la Argentina. Me parece que los manuales funcionaban cuando eran el penúltimo eslabón de una cadena que comenzaba con la práctica más o menos compartida de un derecho creado de acuerdo a la ideología formalista de la codificación. Una vez que el Código disciplinó la práctica a través de varios años de imposición jurisprudencial y de la reforma de la enseñanza del derecho en 1874 la doctrina se tomó casi cincuenta años para atreverse a escribir el primer tratado. Los manuales vienen después, como una forma de enseñar ese derecho destilado y compartido a través de los años.
Desde la aparición de la democracia constitucional y con ella de la globalización y el pluralismo de fuentes, la actitud francamente activista de los tribunales y algunos otros rasgos novedosos de nuestro sistema nos encontramos en un momento de transición.
En momentos como este los manuales, llamados a destilar una práctica ya hecha coherente por los abogados y los tribunales y articualda por los tratados, no encuentran todavía su lugar, si alguna vez vuelven a tenerlo.
Cuando podamos articular el nuevo derecho argentino, el que surge de la inclusión de los derechos humanos, de la democracia, de la desregulación y de la globalización (por nombrar algunos de los fenómenos nuevos), tal vez podamos destilarlos en manuales. Por ahora, el trabajo inmenso que nos espera es teorizar, articular y criticar esta realidad que se metamorfosea impúdicamente ante nuestros ojos.
Es por eso que creo que los nuevos materiales deben meter la práctica en las aulas, obligar a sopesar argumentos, hacer chocar los reclamos de autoridad contradictorios de las diferentes fuentes, entender el lugar de los hechos y de las narraciones de los hechos. Hasta que hayamos creado un trasfondo suficientemente denso y suficientemente compartido como para tratar de poner una parte en palabras, sabiendo que lo importante está en el desarrollo de las destrezas para trabajar a partir de él va a ser difícil crear materiales perdurables.
Todo un desafío para trabajadores full time!
y toodo eso q tiene q ver c la utilidad de los manuales?
Julián:
Más que satisfactorio no es igual a lo ideal. Y no estamos hablando aquí de tal o cual Manual en particular, sino del concepto de "manual".
Creo entender que lo que dice Martín B. es que las continuas transformaciones del derecho vigente no son épocas propicias para textos de ese tipo, más allá de que puedan ser complementados. Por otro lado, está claro que en el Manual no se incluyen ejericicios vinvulados al aprendizaje de destrezas técnicas que el abogado necesitará.
Anónimo, a mi juicio, ése es el punto que estamos discutiendo. Por las raones, creemos que la versión tradcional está agotada, que no nos permitiría enfrentar el aprendizaje en el estado actual de la práctica jurídica.
Saludos,
AB
Igualmente, que larguero que es MB, por Dios!
A mí no me parece, y creo que dice cosas que nos deben hacer pensar mucho en varios temas sobre enseñanza del derecho. Es más, fueron sus opiniones las que generaron el riquísimo debate de las siglas varias de A/F/J/PQDC.
Gracias por tu opinión.
Saludos, AB
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