Caricatura de Jean Plantureux, dibujante de Le Monde
Finalmente llegó el día de la votación del proyecto de
ley de interrupción voluntaria del embarazo, y los senadores se ocuparon de deshacer
la posibilidad de sanción de un reclamo histórico de los movimientos de
mujeres. De todas maneras, será imposible que el derecho al aborto legal,
seguro y gratuito pueda ser negado más allá de lo que duren los mandatos de los
senadores que votaron en contra.
Lo que es cierto es que quienes se opusieron a la iniciativa
ya no podrán mirar para otro lado cuando la legislación actual continúe siendo
la causa de que las mujeres que deban realizar abortos clandestinos sufran o mueran.
La votación del 8 de agosto permitirá, ahora, que se haga responsables a los
senadores que frustraron la aprobación del proyecto.
Luego de un debate esclarecedor en Diputados y, bastante
menos esclarecedor en el Senado, nadie puede invocar ya el desconocimiento de
las consecuencias que la legislación vigente desde 1921 produce en los cuerpos
y en los derechos de las mujeres.
Frente a la militancia del movimiento por el aborto legal
y de las mujeres feministas, las iglesias tuvieron que generar marchas opuestas
de color celeste. No se deben menospreciar los resultados que obtuvieron, y en
tan poco tiempo, ya que parecieron despertar luego de la media sanción en Diputados.
Sin embargo, no se puede discutir que la mayoría ya se ha puesto verde y esa
elección, segura y afortunadamente, no tiene vuelta atrás.
El ejecutivo, ahora, parece querer satisfacer "a
medias" el reclamo de las mujeres, con algunas decisiones normativas en el
anteproyecto de código penal. En una nota de Página/12 de hoy se puede leer:
Por lo pronto, el
anteproyecto que elaboró la comisión de expertos incluye modificaciones que
intentarían “lograr un equilibrio que contempla todos los derechos
constitucionales en juego: el derecho a la vida y el derecho a la libre
disponibilidad del cuerpo de la mujer y a su autonomía personal”, explicó ayer
el juez Mariano Borinsky, presidente de la Comisión de Reforma del Código Penal
Argentino.
El
intento de alcanzar una especie de "justo medio" aristotélico entre
los reclamos de los quienes quieren mantener la situación vigente y quienes reclaman
el derecho al aborto legal solo puede estar condenado al fracaso. Veamos cómo
se alcanzaría ese "equilibrio".
El artículo 88 del anteproyecto de reforma establece que “se
impondrá prisión de uno a tres años a la mujer que causare su propio aborto o
consintiere en que otro se lo causare”. Borinsky explicó que de acuerdo a la
propuesta, la tentativa de la mujer embarazada de causar su propio aborto no es
punible. El juez podrá disponer que
la pena se deje en suspenso o eximirla de ella, teniendo en cuenta los
motivos que impulsaron a la mujer a cometer el hecho, su actitud posterior, la
naturaleza del hecho y las demás circunstancias que demuestren la
inconveniencia de aplicar pena privativa de la libertad.
De esta manera, se reduciría la escala penal –hoy
es de 1 a 4 años de prisión y ahora sería de 1 a 3 años– y, si se impone alguna
sanción, esta podría quedar en suspenso. El
anteproyecto deja a criterio de cada juez la decisión de eximir o no de pena a
la mujer. “No hay que minimizar el hecho de que es la única eximición
de pena en todo el Código penal”, dijo al respecto Borinsky.
En primer
término, debemos señalar que con el aborto uno no puede estar "medio"
de acuerdo, del mismo modo en que no se puede estar "medio" de
acuerdo con la tortura o la esclavitud. Además, esta propuesta ni siquiera
podría significar que se ha hecho un mínimo esfuerzo por equilibrar los
derechos en juego que Borinsky menciona.
El
aborto, si bien se reduce su pena en 1 año, sigue siendo delictivo para la
mujer gestante. El hecho de dejar la decisión de no aplicar la pena no genera
un derecho, ya que se deja librado a la "sana" discreción del juez.
Por el mismo precio, se garantiza el reino del prejuicio y la arbitrariedad,
pues los criterios mencionados en el texto son tan amplios como inapropiados.
Además,
la propuesta exige que aun en los casos de no aplicar pena alguna, la mujer
deba sufrir parte o todo el procedimiento penal. Y la aplicación de la pena
dependerá de los mismos jueces que supieron judicializar los pedidos de aborto
por las causales legales. De ese modo, exigieron algo absolutamente innecesario
y ajeno a su competencia: el permiso judicial para utilizar una causa de
justificación. Es como exigirle a quien pretende defender su vida frente a una
agresión que, antes de eso, tramite un permiso judicial. Un absurdo. En
conclusión, la propuesta generará más inseguridad jurídica que la de la
situación actual.
Por lo
demás, aun si para la mujer fuera directamente no punible el hecho de
interrumpir voluntariamente su embarazo,
la subsistencia de la figura delictiva para el profesional que realiza la
intervención impedirá la desaparición de la práctica clandestina, que es la
fuente de peligro para la vida y la integridad de las mujeres. Es decir que la
propuesta no se hace cargo del grave problema de salud pública que esas prácticas
clandestinas representan.
1 comentario:
Sera ley !! no fue el momento pero llegara ! gracias por el post muy bueno.
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