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Este mes ha salido un libro
especialmente llamativo. Nos referimos al libro Forum shopping reloaded,
de Pablo Slominsqui. Es llamativo por varias razones.
En primer término, porque es un
libro sobre los jueces que no solo está escrito para abogados, sino también
para personas que quieran saber sobre las prácticas reales de nuestro
majestuoso poder judicial.
En segundo lugar, resulta
llamativo porque ha sido escrito por un abogado litigante (que continúa
litigando) que no siente temor alguno en realizar una evaluación severamente
crítica de las prácticas judiciales imperantes.
Conocemos a nuestro poder judicial
y su absoluta intolerancia hacia la exposición crítica de su funcionamiento. Esa intolerancia genera temores y represalias
que, por lo general, ocultan lo peor de las prácticas cotidianas del poder
judicial, especialmente en el caso de los operadores que trabajamos en ese
ámbito.
En este sentido, Pablo Slonimsqui señala
hoy, en una nota de opinión (Juzgado por el enemigo) en Perfil, el
silencio de varios profesores de derecho respecto del "caso de los
cuadernos":
Los estudiantes de Derecho deberían conocer a
este juez para entender cómo eran los tribunales en el Medioevo. Y quiero
decirles a mis profesores de la UBA que valoraré muy positivamente conocer su
opinión sobre este caso. No los escuché hablar fuerte y claro...
Más adelante agregó una frase que
indica su opinión sobre la calidad del juez del caso de los cuadernos:
El presidente de la Corte se fotografió días
pasados con Bonadío. Si esto es cierto, imagino que lo eligió porque Oyarbide
está ahora fuera de la Justicia. Siempre me asombró cómo alguna vez pudo estar
adentro.
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Pablo comienza por aclarar la gran
diferencia entre el concepto tradicional del forum shopping del derecho
internacional privado del forum shopping "argentino".
En el derecho internacional
privado, se autoriza el forum shopping, que algunos traducen como "búsqueda
del foro más conveniente". Así, cuando hay varios países con tribunales
competentes para resolver el conflicto, el demandante puede elegir el que más
le conviene, ya que la elección determina el derecho aplicable. Es decir que lo
importante es la elección del derecho, no las personas que intervendrán en la
decisión que resuelve el conflicto.
El forum shopping a la
argentina, en cambio, es bien diferente:
... lo
que interesa elegir aquí es la persona que habrá de intervenir en el trámite de
un juicio, que eventualmente podrá manipularlo en tal o cual dirección, con
absoluta prescindencia de la ley formal o material que corresponda aplicar.
Terrible definición. Lo único
relevante es la persona que intervendrá con el poder de manipular el caso en la
dirección que el forum shopper pretende. ¿Por qué? Por esa prescindencia
de la ley formal o material que nuestros jueces se permiten a sí mismos
impunemente.
Entre
las prácticas que se incluyen en el libro, tenemos abogados denunciantes seriales,
elección del destacamento policial, jueces que se investigan a sí mismos, abogados
chorros, la "familia" judicial, elección del juez que está de turno,
juez y secretario protectores de contrabandistas, prácticas del Consejo de la
Magistratura, jueces y servicios de inteligencia, etcétera...
El
único factor común es la mala fe y la intención de jugar sucio sobre la
determinación de los posibles actores del proceso. Todo para lograr la
intervención de actores que por cualquier motivo resulten favorables al forum shopper.
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El propio autor define los
contenidos de la obra, que expone un fenómeno que excede ampliamente los
ejemplos que cita, del siguiente modo:
Esta nueva edición de Forum Shopping, reloaded (recargado) nos enfrenta con más casos que
han sido escogidos por ser representativos de un universo mayor, que
permanentemente sorprende con alguna nueva variante de creatividad al servicio
de la trampa. Incluir todos los episodios de manipulación judicial que
trascendieron en los últimos años habría requerido, como mínimo, cinco tomos de
mil páginas cada uno.
Esta obra habla tanto de los
jueces como de la actuación de los litigantes.
Muchas, muchísimas son
las formas mediante las cuales se puede lograr, de manera ilegítima, que
determinado funcionario intervenga o deje de intervenir en un caso. Algunas
sutiles, otras brutales. Alguna utilizando (y desnaturalizando) herramientas
procesales vigentes; otras, mediante ejercicios notables de imaginación. Y muchas
veces, como se verá, de manera desprolija, ignorando cualquier previsión legal,
como si los códigos procesales no existiesen y cada uno pudiese hacer lo que
mejor le venga en gana en el momento que mejor le parezca.
En el camino, los litigantes no
quedamos muy bien parados, sea porque hayamos promovido la situación, sea
porque debamos sufrirla:
Los abogados, que por su especial tarea profesional
deberían estar interesados en el control de la actividad jurisdiccional, son,
en algún caso, los representantes de intereses poderosos y partícipes
necesarios en los delitos de corrupción. Y las más de las veces —cuando no lo
son—, lo usual es que prefieran tratar de enmendar una sentencia dictada con
motivo de una prevaricación o cohecho a través de los recursos pertinentes —si
los hubiera—, que embarcarse en una ardua tarea de denuncia y prueba de esos
delitos, que puede suponerles la animadversión de todo el juzgado, o de otros
jueces, con el consabido perjuicio para causas futuras.
Arbitrariedades medievales son soportadas por todo
el mundo con elegante resignación. Enterados de una situación aberrante, nos
encogemos de hombros y damos la espalda. Ausencia de todo compromiso y
neutralidad ante los acontecimientos.
En la convicción de que no tiene sentido rebelarse,
puesto que eso supone una pérdida de tiempo y de energías, se construye una
visión del mundo con el primordial propósito de justificar todo lo que se ha
dejado de enfrentar en este territorio.
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El autor realiza una descripción y
un análisis de un extenso número de casos que demuestran la variedad, la gravedad
y la impunidad de estas prácticas de selección y manipulación de la
jurisdicción, en la que pueden intervenir tanto las partes como los jueces. Si
bien en algunos casos se trata de situaciones formalmente no ilegales, en otros
se trata de la comisión de graves delitos.
También da cuenta de la dificultad
para controlar y sancionar a los jueces que intervienen en estas prácticas. Entre
otros, cita el siguiente caso:
Uno de los
ejemplos más patentes de cómo funciona el corporativismo judicial se reflejó en la investigación referida
a la participacion del juez Eduardo Riggi en una trama de corrupción mediante la cual se pretendía que la
sala III de la Cámara Federal de Casación Penal revocara el procesamiento y la prisión preventiva de los integrantes de la Unión
Ferroviaria (UF) involucrados en el crimen de Mariano Ferreyra. Como vimos,
durante la investigación judicial se conoció una maniobra ideada para manipular el sorteo de
Casación y lograr que la causa se radicara en Sala III. Por su responsabilidad
en la maniobra, en septiembre de 2012 fueron procesados Octavio Araoz de
Lamadrid, Juan José Riquelme, Ángel Stafforini, José Pedraza y Luis Ameghino Escobar. Pero ningún magistrado quiso investigar a sus colegas.
Desde el
inicio mismo de la investigación, se excusaron 14 jueces de primera instancia y
10 camaristas que tenían que intervenir.
También nos informa sobre la
intervención (o su ausencia) del Consejo de la Magistratura:
Este organismo [el
Consejo de la Magistratura] seguramente no será recordado por los pocos jueces
que destituyó, sino por los muchos jueces que no destituyó. Y por haber sido
utilizado para ejercer presión sobre ellos.
En este contexto, tampoco se
olvida de señalar el tremendo poder que el sistema le otorga a la policía:
La
policía, que conoce —y bien— el orden de turnos de los jueces, puede demorar o
adelantar la noticia de inicio de actuaciones para asignar el caso a un juez
determinado, que a su vez solo sabrá del caso lo que la policía quiera que
sepa. Los ladrones también conocen los turnos de los jueces.
...
En este
escenario, la elección del juez que habrá de intervenir en un caso queda
prácticamente sujeta al libre albedrío de la policía, que elegirá al juez según
el grado de relación y de confianza que tenga con quien será el director de
todo el proceso, el juez que controlará su actuación.
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Sin embargo, quienes salen más
perjudicados por la exposición pública de esta serie de casos que caben bajo la
misma etiqueta son los jueces. Y si es así, es porque hacen méritos suficiente
para que así sea. Entre otras cuestiones, se señala:
• Así, la independencia de los jueces es vista
como garantía de una justicia no subordinada a razones de Estado, a intereses políticos
contingentes o a
cualquier otro interés extraño a la administración de justicia.
Quien crea que en nuestro país los
jueces actúan de esta manera está para que lo encierren, aislado, de modo que
nadie sufra un contagio nuevo y
peligroso.
• Difícil encontrar
jueces —la cantera local está seca de talentos– que resuelvan sus casos sin
tomar en consideración las consecuencias personales que podrían sufrir si su
decisión no fuera bien recibida en alguno de los tantos ámbitos con posibilidad
de perjudicarlos; jueces que sean independientes del poder político, de los
intereses económicos de las grandes empresas, de los medios de comunicación
concentrados, de sus superiores o de su grupo de pertenencia.
• La arbitrariedad,
el poder de fuego de la falta de límites, la sufre el ciudadano de a pie...
• Eso, sin dejar de señalar que en nuestro medio los únicos que pueden
darse el lujo —y a veces se lo dan— de no saber como funciona el código
procesal son los jueces.
Un muy buen libro, documentado y valiente, que expone las
trampas y el juego sucio de quienes intervenimos de algún modo en el servicio
de justicia. Un libro que muestra esa justicia real que la gente sufre y no la que
los jueces solo declaman. Un libro que quienes se sienten interesados en el
servicio de justicia no pueden dejar de leer.
Nada como la frase dicha al propio
autor por un juez federal:
Si la gente nos conoce, no sale a
la calle.