12 oct 2016

AISLAMIENTO Y JUICIO PARA TODOS Y TODAS...






LA PRIMERA


[En el pabellón de una cárcel]



—Cobani*, la concha de tu madre, ¡otra vez rompiendo los huevos en el pabellón!

Dijo el preso refiriéndose al guardia que acababa de entrar en su pabellón. Y el agente penitenciario lo acusó para que le impusieran 5 días de confinamiento solitario. El tribunal pidió la opinión del fiscal para decidir si ratificaba o anulaba la sanción.

Afortunadamente, el fiscal no coincidió con el “cobani”, y así dictaminó:



Recuerdo que cuando era alumno pupilo en el Colegio Ward nos podían sancionar y no dejarnos salir el fin de semana —salíamos el sábado al mediodía, y debíamos regresar el domingo por la noche—  si decíamos “palabras soeces”. “Soez” significa “bajo, grosero, indigno, vil”. En ese entonces me parecía completamente desproporcionada la sanción en relación a la "infracción", que no era más que largar alguna puteada. Pero lo de los 5 días de aislamiento francamente es terrible.

* Guardiacárcel en lunfardo.







OTRA DE TERROR



Es el caso de una vendedora ambulante, una señora analfabeta. La requisan porque “”exhibía algo que asustaba”. Tenía 100 CDs truchos en la mochila.

Los policías, para justificar sus medidas, mencionaron las molestias y el temor que la exhibición podría haber causado en el público que circulaba por la vía pública.

La procesaron, le sacaron los discos y elevaron a juicio. La fiscalía planteó la “insignificancia” del hecho (además, le echó la culpa a los verdaderos responsables...).





¡¡¡¡A juicio???? Un delirio, ¿cómo se les ocurre, en primer lugar, detener a la señora, luego procesarla, y finalmente remitir su caso a juicio?

¿Qué le pasa a estas personas? ¿Cómo pueden utilizar el poder que tienen como funcionarios del Estado para tomar medidas como éstas? En este caso, el preso y la señora “tuvieron suerte” porque intervino un fiscal pensante en las dos oportunidades. ¿Qué sucede con los casos en que estas arbitrariedades delirantes se concretan, y que no conocemos?









1 comentario:

Anónimo dijo...

Qué sucede?. Terminan después de años, y negada la prescripción correspondiente, en la CSJN. Y, luego de que el Alto Tribunal ponga un 280, la causa queda "ahí", en el limbo. En el medio, las personas, citadas, detenidas, demoradas, estigmatizadas.