LA PRIMERA
[En el pabellón de una cárcel]
—Cobani*,
la concha de tu madre, ¡otra vez rompiendo los huevos en el pabellón!
Dijo el
preso refiriéndose al guardia que acababa de entrar en su pabellón. Y el agente
penitenciario lo acusó para que le impusieran 5 días de confinamiento
solitario. El tribunal pidió la opinión del fiscal para decidir si ratificaba o
anulaba la sanción.
Afortunadamente,
el fiscal no coincidió con el “cobani”, y así dictaminó:
Recuerdo
que cuando era alumno pupilo en el Colegio Ward nos podían sancionar y no
dejarnos salir el fin de semana —salíamos el sábado al mediodía, y debíamos
regresar el domingo por la noche— si
decíamos “palabras soeces”. “Soez” significa “bajo, grosero, indigno, vil”. En
ese entonces me parecía completamente desproporcionada la sanción en relación a la "infracción", que no era más
que largar alguna puteada. Pero lo de los 5 días de aislamiento francamente es
terrible.
* Guardiacárcel
en lunfardo.
OTRA DE
TERROR
Es el caso
de una vendedora ambulante, una señora analfabeta. La requisan porque “”exhibía
algo que asustaba”. Tenía 100 CDs truchos en la mochila.
Los
policías, para justificar sus medidas, mencionaron las molestias y el temor que
la exhibición podría haber causado en el público que circulaba por la vía pública.
La
procesaron, le sacaron los discos y elevaron a juicio. La fiscalía planteó la “insignificancia”
del hecho (además, le echó la culpa a los verdaderos responsables...).
¡¡¡¡A
juicio???? Un delirio, ¿cómo se les ocurre, en primer lugar, detener a la señora, luego
procesarla, y finalmente remitir su caso a juicio?
¿Qué le
pasa a estas personas? ¿Cómo pueden utilizar el poder que tienen como
funcionarios del Estado para tomar medidas como éstas? En este caso, el preso y
la señora “tuvieron suerte” porque intervino un fiscal pensante en las dos
oportunidades. ¿Qué sucede con los casos en que estas arbitrariedades
delirantes se concretan, y que no conocemos?
1 comentario:
Qué sucede?. Terminan después de años, y negada la prescripción correspondiente, en la CSJN. Y, luego de que el Alto Tribunal ponga un 280, la causa queda "ahí", en el limbo. En el medio, las personas, citadas, detenidas, demoradas, estigmatizadas.
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