28 sept 2016

JURADOS EN BAHÍA BLANCA: DEFENSORES 10 - FISCALES 3






El Fiscal General de Bahía Blanca, Juan Pablo Fernández, cargó nuevamente contra los juicios por jurados, luego de conocerse la absolución de Walter Ullman por el homicidio de Walter Maillet.

El mismo fiscal del caso, Eduardo Zaratiegui, reconoció que en el caso había duda razonable, y elogió el trabajo de la defensa. Agregó que no creía que la absolución se debiera a la presencia del jurado. Si bien él personalmente está en desacuerdo con los juicios por jurados, entiende que los resultados de los juicios “no depende de esta modalidad de enjuiciamiento”.

El Fiscal General, al conocerse la décima absolución sobre trece casos resueltos en Bahía Blanca por el jurado, sentenció:

“Atrasan más de 160 años porque, si bien son constitucionales, fueron establecidos en 1853, cuando no había abogados”.

“En la Provincia se estructuraron de una forma muy particular. Aquí todos los jurados son ajenos al conocimiento del derecho, donde cuatro le pueden imponer su voluntad a otros ocho”.

"Los juicios por jurados no fueron instaurados para tener resoluciones pensadas. No es un avance en materia de República, es un retroceso. La República implica mejores razones para la toma de decisiones y esta modalidad no las da, porque los miembros no explican sus decisiones, las cuales terminan siendo arbitrarias", expuso en otro tramo de la entrevista radial.

Luego, Fernández explicó cuáles son, a su criterio, las incongruencias al evaluar la materia: "Creo que hay que absolver y condenar cuando corresponda. Los jurados se rigen bajo una íntima convicción y muchas veces se encuentra motivada por empatía e instinto porque desconocen el derecho. Con esto se vuelve al oscurantismo en materia judicial".

Las declaraciones del Fiscal General son bastante previsibles. De todas maneras, resultan un tanto particulares. El “atraso” del juicio por jurados nos resulta hasta gracioso. Lo mismo podría decirse de otras instituciones, tales como la prohibición de la esclavitud y de los tormentos. Se trata de cuestiones también atrasadas 160 años... Lo del "oscurantismo judicial" es impagable... Quiere volver a la Inquisición y tilda de oscurantista al juicio público comprensible para todos...

La cuestión del desconocimiento del derecho también es interesante. Otro fiscal de Bahía Blanca cuestiona al jurado poniendo como ejemplo los casos de legítima defensa, supuestos en los cuales la cuestión jurídica sería compleja aun para los abogados. Primero, no debemos olvidar que ese “desconocimiento” es, precisamente, lo que los habilita a intervenir como jurados.

Más allá de ello, si coincidiéramos con esas opiniones, deberíamos admitir que estamos en serios problemas. Instituciones como la legítima defensa, por ejemplo, son utilizadas en situaciones en las cuales la persona debe actuar en el momento, sin tiempo de consultar con un abogado. Si los requisitos de la legítima defensa no fueran comprensibles, la posibilidad de defenderse frente a alguna agresión ilegítima no tendría aplicación práctica. Sin embargo, jamás hemos escuchado que alguien afirmara algo semejante.

El problema real no es el desconocimiento del derecho. El problema sería que las prohibiciones penales fueran incomprensibles para la población en general. Si así fuera, la aplicación de las sanciones penales carecería de toda legitimidad.

Lo que caracteriza la opinión del Fiscal General es la absoluta falta de crítica de la actuación de los acusadores en los juicios. Se cuestiona hasta el hecho de que la defensa elija estratégicamente si decide ir o no a juicio por jurados. ¿Qué se pretende, que la defensa actúe en perjuicio de su cliente? El problema parece ser otro.

Desde el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) tienen una postura contundente: creen que existe ineficiencia en las investigaciones de los fiscales y pruebas de cargo "débiles", que ponen en duda al jurado y lo llevan a decidir por la no culpabilidad.
"Que las absoluciones en Bahía superen largamente la media provincial habla mucho más acerca del esfuerzo que les resta hacer a los fiscales por presentar prueba y casos más sólidos y a capacitarse en litigación oral que a la destacable labor del jurado o a las formas de rendir el veredicto", sentenció el INECIP.
Desde una nota de opinión, publicada el pasado lunes en La Nueva., el doctor José Luis Ares, juez en lo Correccional y docente de la UNS, sostuvo que "si un litigante cree tener un asunto sólido y le va mal al presentarlo ante el jurado, lo que debería hacer la próxima vez es preparar mejor el caso, con más y mejor prueba, afinar argumentos, clarificar conceptos". Para Ares, el jurado bonaerense "goza de buena salud".

La necesidad de preparar el caso de manera adecuada al juicio por jurados fue destacada, además, en un fallo de la casación bonaerense.

El fallo tampoco se priva de advertir a los operadores sobre la necesidad de litigar los casos en forma preparada y responsable, dominando técnicas de litigio adecuadas tanto para las etapas preparatorias y de juicio, como para la etapa recursiva.

Lo que le molesta, seguramente, al Fiscal General Fernández, que repentinamente reclama por resoluciones fundadas —muchas de sus resoluciones no lo son—, es que el jurado no corre a socorrer al fiscal cuando su trabajo no alcanza para obtener una condena... Lo que el Fiscal General debería hacer es aprovechar estas experiencias para que todos los fiscales mejoren sus técnicas de litigio, y para que la presentación del caso ante un jurado no resulte una desventaja para los acusadores públicos.




6 comentarios:

Anónimo dijo...

Muy buen artículo, interesantes estas primeras discusiones que agregan la dimensión de la experiencia con estos juicios por jurados en PBA.
Comparto, especialmente, la refutación del reclamo de "conocimientos jurídicos" como supuesto requisito ineludible para una decisión justa; me siguen pareciendo absurdas las ficciones sobre las leyes penales; estas, si no obligan en consciencia y se refieren a lo que cualquiera -o la enorme mayoría- tiene por actos que dañan el derecho de todos, son síntoma de un sistema extraviado.
Pero me gustaría Alberto conocer tu opinión sobre el argumento de la ausencia de motivos expresados en los veredictos, desde la perspectiva de la defensa y las garantías de un acusado que tiene que discutir la decisión, independientemente de lo que has dicho sobre la eventual falta de autoridad de los fiscales -en su reclamo análogo- que no preparan bien su caso. IRV.

Alberto Bovino dijo...

No creo que la ausencia de motivación de los veredictos te impida defender correctamente. En los sistemas anglosajones, las cuestiones procesales que deciden los jueces se pueden recurrir igual que en nuestro sistema. De hecho, creo que en la práctica discuten muchas más cuestiones procesales que aquí, si no, no podrías estudiar por fallos como lo hacen ellos. En las dos materias que yo cursé sobre investigación y juicio en los EE.UU., ni siquiera usamos las leyes. Todo lo estudiamos sobre la base de fallos, y en los manuales había muchos más que no vimos.

En cuanto a las cuestiones sustantivas, discuten los mismos problemas que discutimos nosotros, solo que de otro modo, en lenguaje comprensible, y a partir del contenido de las instrucciones. De todas maneras, supongo que la percepción de estas cuestiones solo se puede tener con la práctica en el marco de éste y de ese sistema.

Por otro lado, no sé hasta qué punto la “motivación” opera como garantía de algo en nuestro sistema. En primer lugar, por la baja calidad de gran parte de las resoluciones judiciales. Se ordenan intervenciones telefónicas, allanamientos, prisiones preventivas dictando resoluciones que están lejos de ser motivadas. En muchas sentencias las pruebas no se valoran, solo se enuncian.

Estamos entrenados para fundar pedidos o decisiones en razones legítimas, más allá de cuales sean las razones reales. Esta práctica es muy jodida, ya que permite cubrir de legalidad decisiones motivadas en razones no explicitadas.

Saludos,

AB

Anónimo dijo...

Muchas gracias por tu respuesta. Nuevamente muy interesante esa perspectiva de la experiencia, en este caso la de tus estudios en EEUU.
Creo que habría que tener más a mano en estos pagos, para estudio y entrenamiento, esos antecedentes y modelos donde el juicio por jurados es centenario.
Por ejemplo, el conocimiento sobre el modo y el alcance de los recursos y el control de las decisiones en esos sistemas, donde supongo que nadie se entrega o deja de cuestionar veredictos o sentencias sin real fundamento; esto teniendo en cuenta que se trata de uno de los más extendidos argumentos contra estos juicios.
Es cierto lo de la muy frecuente fundamentación aparente de dictámenes y sentencias en Argentina, con abundante tapadera legal y, peor todavía, una selva de teoremas de dogmática jurídico-penal, debajo de lo cual es difícil o imposible -muchas veces parece a propósito- encontrar el hecho, la relación causal y un auténtico juicio de culpabilidad.
Las únicas reformas con sentido y validez a mi juicio serían las que fomenten el realismo y limiten ese extremo método deductivo y sus presupuestos legales/doctrinales.
El derecho está en el caso, y creo que lo primero que se percibe, y lo hace cualquiera, es la injusticia, más que los "claros modelos legales o dogmáticos de justicia"; la ley y sus comentarios, incluso los precedentes, son herramientas para que las partes, con el juez, afinen la resolución justa del asunto.
Por eso, más allá de los prejuicios culturales que cargo con el juicio por jurados, atrae el método inductivo al que prácticamente obliga la intervención de legos en el veredicto y puede despejar la hojarasca que tapa esa médula del hecho, la relación causal y la culpabilidad.
Supongo que lo seguiremos viendo "andando".
Muchas gracias, Saludos.
IRV.

Alberto Bovino dijo...

Ignacio, además, más allá de los fundamentos políticos que puedan tener los juicios por jurados, creo que todas las consecuencias que produce para las formas procesales son positivas.

No entra la información del expediente; el fiscal debe presentar todo el caso íntegramente; el lenguaje debe ser castellano y no dialecto legal; influye en la organización y las técnicas de presentación de la prueba...
Saludos,

AB

lorena dijo...

Es imposible comparar el nivel de educación y cultura del estadounidense y el argentino; el argentino no está preparado porque no se compromete, tira la basura en cualquier lado, deja tirada la caca de sus mascotas en la vereda, jamás entenderá que el peatón tiene prioridad, concurre a votar en las elecciones sólo porque lo obligan, ni hablar de las ausencias si son convocados como autoridades de mesa y si le toca ejercer como jurado lo único que le importa es irse a su casa, en 15 minutos deciden sobre inocencia o culpabilidad, es materialmente imposible que deliberen y discutan el caudal de pruebas presentadas en tan poco tiempo. Por lo menos tendría que darse la oportunidad de recurrir el fallo, aunque sea una vez.

Alberto Bovino dijo...

También es imposible comparar a los jueces, fiscales y abogados argentinos y estadounidenses. Un recurso contra la decisión absolutoria no tendría sentido en un régimen de jurados, pues la idea central consiste en que el Estado debe conseguir el acuerdo del jurado para poder condenar al acusado.

Una manera de combatir la anomia que señalás correctamente es precisamente lograr que el régimen de jurados funcione. No podemos exigir que la institución funcione bien en un solo día, máxime cuando los funcionarios estatales encargados de la persecución penal aún no han hecho los deberes.

En cuanto al escaso tiempo de deliberación, puede significar muchas cosas. Lo que es seguro es que los miembros de los tribunales colegiados no deliberan.

Saludos,

AB