26 jun 2014

DIVORCIO TECNOLÓGICO EN USHUAIA



Muy buena noticia, al fin un poco de cordura en un tribunal. Más allá de lo positivo de la noticia, fíjense en algunos detalles.
En primer término, pareciera que el de la idea fue el abogado de una de las partes. Sin embargo, éste no es mencionado. Sí figuran, en cambio, los nombres del juez y del fiscal.

Sin embargo, lo que parece en joda es la descripción del uso de la “herramienta de apoyo tecnológico”. Decir que se pudo lograr una comunicación por Skype “merced al trabajo en conjunto” y “desplegado” por los empleados del juzgado y la oficina de informática, no los deja muy bien parados a los que “desplegaron” el trabajo… Pero bueno, igual es un avance.

UNA ISLA SIN DERECHO: EL SUPERIOR TRIBUNAL FUEGUINO Y LA PRISIÓN PREVENTIVA





Realmente increíble (por lo mala) la jurisprudencia en materia de prisión preventiva en Ushuaia.



















24 jun 2014

RECATATE, LOCO. CON LOS COMPAÑEROS JUECES NO SE JODE...







Una magnífica nota del Pagina/12 de ayer, de la periodista Irina Hauser, recibió como título 





La gran padaroja

Cuando los imputados por coimeros son seres muebles semovientes de la categoría de integrantes de la Cámara Nacional de Casación Penal [disculpen mi falta de actualización, no la tengo a Figueroa para que me corrija de que se trata, en realidad, de la “Cámara FE-DE-RAL de Casación Penal”], ninguno de sus pares desea investigar e imputar la autoría del cohecho pasivo.

Es decir, reclaman para sí la competencia para investigar y juzgar los delitos cometidos por sus pares, pero cuando las papas queman todos se abren de piernas y nadie investiga.

Cuando se trata del juicio por jurados, en cambio, estos muebles semovientes desconocen y desprecian el derecho de todo habitante a ser juzgado por sus pares, esto es, los vecinos de lugar, los jurados. Y también asumen con entusiasmo la tarea de reemplazar a los pares del imputado, interviniendo en calidad de élite ilustrada e informada en las bondades del saber jurídico.

Las consecuencias “positivas” para los miembros de la corporación son evidentes. Rechazan la posibilidad de que las chusmas populares puedan juzgar a algún miembro de la corporación que sufren a diario. Además, asumen jurisdicción que no les correponde para, por ejemplo, criminalizar hechos de protesta social, delitos contra la propiedad sin violencia, etcétera.

De allí que sea tan válida la queja de Irina Hauser respecto a estos mecanismos de protección que los propios jueces usan en beneficio de sus amigos jueces.

“No caben dudas ahora de que sí existe una imputación formal y concreta en la causa contra los magistrados”, dice la resolución de Ormaechea, en alusión al camarista de Casación Eduardo Riggi, su ex compañero Gustavo Mitchell (quien renunció en medio de la investigación en su contra) y a Mariano González Palazzo, un camarista del crimen que compartía tribunal con ellos como subrogante. Se los acusa, explica, de haber participado en una maniobra que tenía como objetivo beneficiar en una resolución a integrantes de la patota de la Unión Ferroviaria (UF) que estaban presos por el asesinato de Ferreyra, y así evitar que la causa avanzara contra la cúpula del gremio. 

Repentinamente, aquellos jueces que suelen rechazar sin remordimiento alguno recusaciones de cualquier tipo, aun en aquellos casos en los cuales el peso del temor fundado de parcialidad es evidente, parecen iluminarse y finalmente adoptar un concepto amplio y protector del derecho convencional a contar con un tribunal imparcial. Irina agrega:

Uno de los ejemplos más patentes de cómo funciona el corporativismo judicial y de los beneficios de pertenecer a esa gran familia puede apreciarse en un hecho actual: ningún juez quiere investigar a sus colegas de la Cámara de Casación Penal involucrados en un intento de soborno destinado a favorecer al dirigente ferroviario José Pedraza, en la causa del asesinato de Mariano Ferreyra. En los tres años y medio que lleva la causa, se excusaron diez jueces de primera instancia y diez camaristas que tenían que intervenir.

Esta causa bien podría llamarse la “causa de sobornos sin sobornados”. ¿De qué manera se puede garantizar que los jueces sean perseguidos penalmente dejando de lado los nefastos resultados del corporativismo? ¿Se puede?

Por el asesinato de Ferreyra ya fueron condenados hace más de un año Pedraza, su número dos, la patota de ferroviarios y un grupo de policías federales. Pero los intentos por hacer naufragar aquella investigación, detectados casi desde el inicio, siguen impunes.





13 jun 2014

LISANDRO BARRAU: A DIEZ AÑOS DE TU AUSENCIA








Hace diez años, en la madrugada del 13 de junio, el agente Tarditti de la PFA disparó por la espalda a Lisandro Barrau y lo mató.

Lisandro conducía una moto y en la esquina de Bonpland y Guatemala, dos agentes policiales intentaron que la moto se detuviera. Como no se detuvo, el agente Tarditti, que ya había desenfundado su arma, disparó a una zona vital de la espalda del joven Lisandro Barrau y causó su muerte.

Según declararon los policías, intentaron detener a Lisandro porque él “no llevaba casco”. Pero eso es falso. Hacía rato que venían controlando la moto porque un sábado a la noche, “sospechosamente” andaba dando vueltas por Palermo Soho, Hollywood o como se llame. Antes de eso, el mismo Tarditti había detenido y requisado al amigo de Lisandro, por ser “sospechoso” de salir de un bar e ingresar a otro que estaba muy cerca un sábado a la noche. ¿Sospechoso de qué? Curiosamente, el agente le preguntó al amigo “sospechoso” si conocía a quien conducía la moto.

Ese mismo día se inició la causa contra Tarditti, quien, luego de su indagatoria fue procesado por homicidio doloso agravado por haber sido cometido por un agente policial en ejercicio de sus funciones. A partir de allí, el fiscal de instrucción, la querella, el juez de instrucción, la sala de la Cámara de Apelaciones, el fiscal de Cámara, el fiscal de juicio y los tres miembros del tribunal de juicio coincidieron en mantener y condenar por esa calificación.

Pero Catucci y Bisordi, en un fallo vergonzoso, intentaron salvar a Tarditti cerrando el caso y calificando el hecho como homicidio culposo. Después de acudir a la Corte Suprema, logramos que se anulara esa decisión y que se resolviera nuevamente el recurso de casación de la defensa.

El recurso, que debería haber confirmado la primera sentencia, terminó en un reenvío a nuevo juicio. El juicio comenzó, finalmente, el 22 de noviembre de 2012. La inmensa demora en la realización del segundo juicio se la debemos a Catucci & Bisordi S.A. 

El 22 de marzo de 2013 la querella presentó sus alegatos (se pueden ver aquí). 

Personalmente, creo que en el segundo juicio nos había ido mejor que en el primero, y la condena se presagiaba como condenatoria. Pero ahí fue el tribunal de juicio quien protegió a Tarditti, y volvió a discutir el carácter de homicidio culposo del hecho, y así condenó. Para colmo de males, el culposo estaba prescripto y Tarditti salió libre.

El 16 de abril de 2013, tras casi 9 años de espera, la familia Barrau debió sufrir nuevamente la arbitrariedad de la injusticia, debió pagar con su dolor las negligencias, las resoluciones irracionales, las decisiones de mala fe, y la protección a la violencia estatal respecto de las cuales la justicia fue la exclusiva responsable.

La última resolución judicial que la familia Barrau toleró fue la dictada por ese tribunal de juicio, en la cual los jueces Grieben y Decaria, con total desvergüenza, se colocaron, una vez más en este caso, del lado de la violencia estatal. El tercer juez fue Adrián Martín quien redactó una digna y fundada disidencia.

Hoy, a diez años de ese asesinato, acompañamos a Elba, a Felicitas y a Manuel, y recordamos a Lisandro, ese joven a quien no pudimos conocer, y cuya muerte la justicia se negó a repudiar.

Y recordamos especialmente que en esos nueve años de injusticia y arbitrariedad, la Sra. Elba Barrau fue un ejemplo de entereza, integridad y paciencia que, además, confió en esa justicia que se negó a proteger sus derechos y los de su hijo Lisandro, otra víctima de la violencia estatal.

Porque la Sra. Elba Barrau es una verdadera Señora que no necesita que la llamen “Doctora” para reconocerle su tremenda dignidad.