11 dic 2012

ZAFFARONI Y EL JURADO: UNA RELACIÓN POCO FELIZ




UNA EXPRESIÓN MÁS DE LA RESISTENCIA JUDICIAL
A LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA




I

El tema de la institución del juicio por jurados es uno de esos temas que divide aguas. O uno está a favor, o está abiertamente en contra. La participación de ciudadanos no profesionales en derecho en la toma de decisiones de la justicia penal no es una cuestión frente a la cual reaccionamos con indiferencia.


Sin embargo, no se trata de nuestras preferencias; se trata de un mandato constitucional. Por otra parte, la gran mayoría de las críticas que se formulan al jurado no tienen en cuenta varios aspectos fundamentales. Veamos. Zaffaroni dice, en primer término:


El ministro de la Corte Suprema Eugenio Zaffaroni, salió ayer a cuestionar el proyecto para instaurar juicios por jurado en la Provincia. Para Zaffaroni, la iniciativa “no tendrá un efecto positivo”, y “desmitificó” lo que “vemos por televisión” respecto a su funcionamiento en los Estados Unidos.

...

Zaffaroni detalló que “el jurado tradicional de Estados Unidos no funciona tampoco” y esclareció que “es mentira” lo que se ve por televisión, ya que en los allí “el 96% de los casos se resuelve por juicio abreviado. Es decir se negocia por así decir y tiene un carácter extorsivo”.


En este aspecto, se deja de lado de manera simplista el hecho de que el funcionamiento de la justicia penal estadounidense está determinado —en el contexto de un sistema jurídico propio del common law— por el papel que cumplen los fiscales en el ámbito de la persecución penal pública. En primer término, los fiscales estadounidenses son funcionarios del poder ejecutivo, ejercen una discrecionalidad prácticamente sin límites en la política de persecución penal y sus decisiones —la mayoría de ellas— no son revisables judicialmente.


Las grandes diferencias entre nuestro sistema jurídico y de los EE.UU., y de las prácticas concretas de persecución penal propias de un fiscal argentino y de su colega estadounidense no pueden ser ignoradas a la hora de "vaticinar" la suerte que podría correr esta institución en nuestra administración de justicia. Por último, el ministro de la Corte deja de lado por completo el "carácter extorsivo" que en ciertos supuestos y en diversas regulaciones procesales de nuestro país produce la aplicación generalizada del "juicio abreviado".


II

Otra de las críticas formuladas por Zaffaroni dice así:


Así, aunque admitió que la Constitución establece que debe haber juicios por jurado, “también es cierto que incorpora la declaración Americana de Derechos Humanos y exige el doble conforme”.

Al abundar sobre el tema, el ministro del alto tribunal explicó que debe haber “por lo menos dos instancias, y que la segunda sea de revisión y es incompatible con el juicio por jurados que emite un veredicto sin fundamentarlo”.


En este punto debemos señalar, en primer lugar, que la exigencia del "doble conforme" y la existencia de una "segunda instancia" no son la misma cosa. La revisión amplia exigida por el art. 8.2.h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el art. 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos no exige, en modo alguno, una "segunda instancia".


Por otra parte, lo que es más impotante, no es cierto que no pueda existir una revisión amplia en un juicio por jurados del tipo clásico. De hecho, muchas personas que sostienen tal afirmación desconocen el sistema recursivo del régimen estadounidense. En ese sistema existe una revisión estricta del cumplimiento de las reglas procesales —el derecho procesal penal se toma bastante más en serio que en nuestro medio—, la posibilidad de revisión del contenido de la información de los medios de prueba ingresados durante el juicio —la transcripción completa de lo que se dice en el juicio es una práctica regular—, y el significado que se da a las reglas del derecho sustantivo a través del control de las intrucciones al jurado. Por otra parte, en los supuestos en los cuales el caso presentado por el fiscal no cumple con estándares mínimos en materia probatoria, la defensa puede solicitar al juez que el caso no se someta a la discusión del jurado.


Pero más allá de ello, el régimen recursivo no depende exclusivamente de las reglas jurídicas que lo organizan sino, además y especialmente, de quienes ocupan los cargos de los órganos de justicia. Es por ello que la CSJN debió obligar en reiteradas oportunidades a la Cámara Nacional de Casación Penal en su anterior integración a que cumpla con su deber convencional en el tratamiento del recurso de casación. Con jueces de la calaña de Bisordi, Catucci, Riggi, Capolupo, Mitchell y otros de los llamados "esperpentos", siempre fue imposible cumplir con las exigencias del doble conforme.


III

Pero lo que más nos llama la atención de la crítica esbozada por el ministro Zaffaroni es lo siguiente:


“El juicio por jurados puro, primero es caro. En segundo término no sé qué se va a hacer en procesos complejos, ¿van a tener encerrados un año a los jurados adentro de una pieza? Eso no se va a poder hacer”, reflexionó el magistrado.

Como conclusión, evaluó que la medida “va traer más inconvenientes que otra cosa”, y que, por otra parte, “no estamos acostumbrados y no hay gente dispuesta a ser jurado con facilidad”.


Al primer punto podríamos agregar que todo juicio es caro. Si condenara directamente la policía, seguramente nos ahorraríamos muchísimo dinero de los contribuyentes. Más allá de este falso argumento, lo cierto es que no sabemos cómo se ha determinado que el juicio por jurados es "caro", y "caro" en relación a qué. Se deja de lado, en este punto, que la supuesta carestía del juicio no representa ninguna modificación o disminución del costo del resto del procedimiento.


Así, por ejemplo, se deja de lado que en un proceso con jurados clásico no existen 2.000 jueces de instrucción, 2.000 fiscales de instrucción, 1.200 defensores oficiales, más infinidad de escribientes, relatores, meritorios, oficiales de segunda, tercera y cuarta, etcétera, etcétera, etcétera. El juicio por jurados clásico presupone una profunda simplificación y desformalización de la etapa de investigación, que es el cancer de nuestro procedimiento.


Por otra parte, en cuanto al argumento a los procesos "complejos" que menciona Zaffaroni, el roblema no sería el jurado sino la imposibilidad de nuestro procedimiento vigente de dar trámite a cualquier caso de mediana complejidad. Los abogados litigantes, jueces y acusadores, todos quedamos atrapados en cualquier juicio extenso.Lo que hay que solucionar es cómo tramiatr estos juicios en un plazo razonable, y no eliminar el jurado y, al mismo tiempo, dejar el estado de cosas en la misma situación, naturalizando los juicios orales de meses o años...


Por último, el hecho de que "no estamos acostumbrados" es un hecho, no un argumento. Y por supuesto, si nunca adoptamos el juicio por jurados, jamás nos acostumbraremos.


8 comentarios:

CP dijo...

<> Sin palabras...

El Titán dijo...

Coincido con Zaffaroni pero no solo por esos argumentos sino porque el jurado popular me suena peligroso, fácilmente manipulable, plagado de preconceptos construidos en los medios masivos de comunicación, etc.
PD: qué buena peli Doce hombres en pugna, qué gran director, qué actorazo Fonda!

Anónimo dijo...

Y los jueces profesionales no son fácilmente manipulables? no están plagados de preconceptos? no miran la TV, leen diarios y escuchan la radio? Chicanas baratas. No hay que subestimar la capacidad racional de cualquier ciudadano que haya adquirido información adecuada y suficiente durante un juicio (el mismo tipo que opina de una manera ante lo que ve en la TV, seguramente estará en condiciones de revisar esa opinión al adquirir mayor y mejor información), y su carácter accidental le dará mayor predisposición para escuchar y analizar los planteos de las partes. Por el contrario, los jueces profesionales demuestran cotidianamente carecer de pautas básicas de racionalidad y sentido común, tienen los casos decididos desde antes de la celebración del debate (en función del expediente escrito), fallan con un ojo en el ascenso y el otro en el Consejo de la Magistratura, Etc. Digamos las cosas sin pelos en la lengua: quienes se oponen al juicio por jurados, o ignoran cómo suelen llevar a cabo su tarea los jueces profesionales y cómo funciona el sistema de jurados, o directamente son aristocráticos y desconfían del pueblo.
160 años de justicia profesional en manos de los "iluminados" (abogados)... y aquí estamos (justicia en crisis, deslegitimada, inoperante, burocrática, irracional, arbitraria, Etc.).
La película es buenísima (pero con jueces profesionales no hubiese existido deliberación).

Anónimo dijo...

la pelicula es apologetica del procedimiento penal norteamericano, en el cual un sujeto se sobrepone a la oposicion visceral de 11 personas que lo agreden personalmente y lo contradicen y encima el "heroe" se ocupo de investigar por fuera de la sucedido en el juicio -su conviccion se produce mas por fuera de lo que sucedio en el mismo que por lo poco que se menciona de el-
Yo no conozco una persona asi mas alla de las que veo en el cine, asi que por favor evitemosla para hablar en serio del juicio por jurados.

Igual es muy entretenida.

Alberto Bovino dijo...

La ilustración del afiche de la película es solo una ilustración, no tiene que evr con el contenido del comentario. Saludos,

AB

Unknown dijo...

Entiendo que respecto a este tema en particular los profesionales del derecho se sientan "reticentes" a la hora de hablar del Juicio por Jurados, pero creo que es parte del conservadurismo propio de nuestro Poder Judicial.
Por otro lado, todos los argumentos que escuché en contra de este sistema me suenan muy parecidos (salvando las diferencias) a los que se esgrimían antes de la sanción de la Ley Saenz Peña o del voto femenino en 1947 (si la memoria no me falla).
Coincido con Alberto respecto del acostumbramiento y hago y me tomo el atrevimiento de transcribir una reflexión del Dr. Bigalli en una reciente conferencia: "...ya conocemos los resultados que tenemos con un sistema de justicia profesionalizado, y deja mucho que desear, no sabemos que resultados va a dar el juicio por jurados, pero bien podrían ser mejores".
Un abrazo
Nicolas Hermann

fahirsch dijo...

"Hacete amigo del Juez
-No le dés de qué quejarse;-
Y cuando quiera enojarse
Vos te debés encojer,
Pues siempre es güeno tener
Palenque ande ir a rascarse".

"Nunca le llevés la contra
Porque él manda la gavilla-
Allí sentao en su silla
Ningün güey le sale bravo-
A uno le da con el clavo
y a otro con la cantramilla".

140 años atrás el verso ya reflejaba una opinión popular sobre los jueces (y la justicia).
Hoy el sentimiento popular es similar: no hay respeto por la "Justicia". Y es que el pueblo no forma parte de ella.
Hace 100 años atrás la ley Saenz Peña comenzó el proceso de integrar a todos en la elección de las autoridades.
El equivalente en lo que hace a la justicia, es el juicio por jurados. De por sí no va a resolver los problemas judiciales ni la lentitud, ni la falta de seguridad. Pero si va a lograr un sentido de pertenencia que actualmente no existe

fahirsch dijo...

Anónimo 19:41 : la pelicula NO es "apologetica del procedimiento penal norteamericano".
En Estados Unidos (y en Gran Bretaña) el juicio por jurado no se discute, es un por supuesto que ni siquiera requiere de un artículo de la Constitución.
Es un película del Heroe individualista que lucha por lo que cree justo y termina venciendo aun contra todo el mundo. En este caso en un jurado.