El 28 de julio de 2016 el casador Gemignani había denunciado
y ordenado detener a la prosecretaria del tribunal, María Elena Expucci, por el
delito de desobediencia. La prosecretaria fue puesta en libertad inmediatamente
y la causa fue desestimada por inexistencia de delito. El fiscal Juan Pedro
Zoni, que había intervenido, pidió que el Consejo
de la Magistratura evalúe la conducta del casador para determinar si hubo mal
desempeño de sus funciones y comisión de delito.
Como si esto fuera poco, la prosecretaria lo
denunció por privación ilegal de libertad agravada (ver nota).
Al día siguiente, luego de ver el escándalo que se armó por su abuso de poder,
el casador agregó que la prosecretaria tenía una "expresión de
encubrimiento"... (ver nota)
Alejandro Rúa describió este sainete en Twitter del siguiente
modo:
Finalmente, la Cámara Federal sobreseyó a Gemignani, que
ni siquiera había sido indagado. Irina Hauser escribió hoy en Página/12:
Para los
camaristas Leopoldo Bruglia y Mariano Llorens, su colega Gemignani no cometió
ningún delito y lo que hizo fue ordenar una detención en flagrancia. A la vez,
como para matizar la defensa corporativa, mandaron el caso al Consejo de la
Magistratura –casi una cosquilla– para que analice si cometió una falta
disciplinaria.
...
Gemignani terminó sobreseído sin
siquiera haber sido indagado por el juez Rodolfo Canicoba Corral. La fiscal
Ochoa había pedido que declare como sospechoso y había considerado que la orden
de detención e incomunicación contra Expucci había sido “infundada” como el
acatamiento de la orden verbal por parte de los policías. “Esa orden de
detención solo puede ser entendida como una situación de abuso de poder en una
relación desigual” que remite a los “lamentablemente no superados patrones
culturales de violencia hacia las mujeres”. Invocaba, entre sus argumentos, la
Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia
contra las Mujeres y las convenciones internacionales sobre violencia y la
discriminación contra las mujeres. Además, la fiscal sostuvo que Gemignani no
era el juez competente para tomar medidas por ser quien denunciaba una supuesta
desobediencia.
Después de ese
pedido de indagatoria, Gemignani recusó a Ochoa por participar de una de las
manifestaciones de “Ni una Menos” que tuvo adhesión de gran cantidad
trabajadoras judiciales en Comodoro Py. Pero Gemignani interpretó que Ochoa
“participó y condujo un escrache por violencia de género contra mi persona,
materializado en la puerta de mi despacho”. “Aniquiló mi inocencia, mi dignidad
humana y el debido proceso que me amparan”, la acusó. La recusación llegó hasta
Casación, ya que la Cámara Federal había decidido rechazar analizarla. Pero los
casadores Carlos Mahiques y Riggi dijeron que, aunque no se pueden apelar
recusaciones de fiscales, ésta tenía “las particularidades” que adjudicaban a
las “graves anomalías” señaladas por Gemignani que podían implicar su falta de
“objetividad e imparcialidad”. El fiscal de Casación, Javier De Luca, dijo que
no había ni un testimonio o prueba que permita calificar que Ochoa participara
de un “escrache”.
Este episodio permite hacer dos breves reflexiones. En primer lugar, llama
poderosamente la atención que los casadores Mahiques y Riggi hayan abierto el
recurso de casación por el incidente de recusación. Mucho más aún el hecho de
que hayan hecho lugar a la recusación, ya que como regla rechazan las
recusaciones. Una vez más, los casadores hacen "justicia a la carta" para
los amigos. Es que no se trata de cualquier imputado. El imputado, en este
caso, era uno de ellos. Como tal, los derechos de un casador sí deben
protegerse, no es un negrito (un civil) más como regularmente sucede. Se trata
de otro Casador Federal, así, con mayúsculas...
Este hecho pone de manifiesto el carácter corporativo de los casadores
(indebidamente) llamados a resolver en el incidente de recusación.
En segundo término, este absurdo episodio señala otro problema. ¿Qué
sucede cuando los jueces deben juzgar a sus pares por hechos que ellos también
podrían cometer?
Se trataba del ejercicio abusivo de la facultad de detener a una
persona a quien se imputa un delito. ¿Y quién intervino en ese proceso? Otros
jueces que también ejercen cotidianamente esa misma facultad. Y que últimamente
andan un tanto desbocados en estas cuestiones...
En este contexto, ¿qué imparcialidad pueden tener esos jueces? ¿Qué grado de confianza puede tener la población respecto de su
intervención en estos casos?
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No olvidemos,
además, los problemas de independencia interna que tienen nuestros jueces. Ello
implica que si un buen juez quiere investigar seriamente un eventual hecho punible cometido por un
"superior", esto podría tener un costo muy alto. En palabras de
Zaffaroni:
... los cuerpos colegiados que ejercen una dictadura interna y que se
solazan aterrorizando a sus colegas, abusan de su poder en forma cotidiana. A
través de este poder vertical satisfacen sus rencores personales, se cobran en
los jóvenes sus frustraciones, reafirman su titubeante identidad, desarrollan
su vocación para las intrigas, despliegan su egolatría, etc., mortificando a
quienes por el mero hecho de ser jueces de diferente competencia son
considerados sus ‘inferiores’.
La actuación de Bruglia, Llorens, Riggi y Mahiques, en este caso en
particular, no habla muy bien de su aptitud para intervenir imparcialmente en
estos asuntos. Por el contrario, lo que muestra es, una vez más, la sólida
protección que hacen de los derechos de los privilegiados, que ellos niegan de manera sistemática
al resto de las personas...
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